Diario del Derecho. Edición de 26/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 12/11/2008
 
 

Plan de Acción Integral para las Mujeres con Discapacidad en Andalucía 2008-2013

12/11/2008
Compartir: 

Acuerdo de 14 de octubre de 2008, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Acción Integral para las Mujeres con Discapacidad en Andalucía 2008-2013 (BOJA de 11 de noviembre de 2008). Texto completo.

ACUERDO DE 14 DE OCTUBRE DE 2008, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN INTEGRAL PARA LAS MUJERES CON DISCAPACIDAD EN ANDALUCÍA 2008-2013.

Las mujeres con discapacidad, por razón de su rol de género y de su discapacidad afrontan desigualdades en relación al acceso y control de los recursos, el disfrute de sus derechos y su situación y posición social con respecto al empleo, la educación formal, las relaciones afectivas, así como su auto-percepción y la imagen que de ellas presentan los medios de comunicación y la sociedad en general.

El diagnóstico de la situación de las mujeres con discapacidad en Andalucía reafirma la necesidad de que la Administración Pública adopte una estrategia activa para eliminar los factores estructurales que devienen en desigualdades sociales manifiestas. Por este motivo el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ha venido trabajando, junto con el movimiento asociativo de personas con discapacidad, en la incorporación de la perspectiva de género en sus intervenciones. De hecho, en la sesión constitutiva del Consejo Andaluz de Atención a las Personas con Discapacidad, celebrada el día 11 de diciembre de 2000, se creó la Comisión especial sobre “Mujeres con discapacidad”.

Finalizado el Plan de Acción integral para las Personas con Discapacidad en Andalucía (2003-2006), se sigue haciendo evidente la múltiple discriminación de las mujeres con discapacidad, suponiendo éstas el 58% de la población con discapacidad andaluza.

El Estatuto de Autonomía de Andalucía, en su artículo 10.3.16.º, incluye como objetivo básico de la Comunidad Autónoma “la integración social, económica, y laboral de las personas con discapacidad”. Por su parte, en su artículo 14, prohíbe toda discriminación en el ejercicio de los derechos, el cumplimiento de los deberes y la prestación de los servicios contemplados en su Título I, y además, recoge una mención expresa a la prohibición de discriminación ejercida por sexo o discapacidad.

Además, el Estatuto de Autonomía, en el artículo 37.1.5.º, recoge, entre sus principios rectores, “La autonomía y la integración social y profesional de las personas con discapacidad, de acuerdo con los principios de no discriminación, accesibilidad universal e igualdad de oportunidades, incluyendo la utilización de los lenguajes que les permitan la comunicación y la plena eliminación de las barreras”. En cuanto a políticas de empleo, en el artículo 169 manifiesta que “Los poderes públicos establecerán políticas específicas para la inserción laboral de las personas con discapacidad y velarán por el cumplimiento de las reservas previstas en la legislación aplicable”.

El I Plan de Acción Integral para las Mujeres con Discapacidad en Andalucía (2008-2013), pivota sobre la necesaria transversalidad de las actuaciones de las instituciones públicas, así como sobre la necesidad de un plan específicamente dirigido a las niñas y mujeres con discapacidad, un plan que no sólo obligue a la Administración, sino también al tejido asociativo y que tenga como destinataria a la sociedad en su conjunto.

Este Plan tiene como punto de partida el análisis de la situación diferencial que, por razón de género, ocupan las mujeres y los hombres en la sociedad. El objetivo de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres se constituye en objetivo transversal de todas las medidas contenidas en el Plan. Además, considera las necesidades y demandas específicas de las mujeres con discapacidad, otorgándoles prioridad y estableciendo medidas concretas, acciones positivas, que contribuyan a compensar las desigualdades de género que se suman a las que devienen por razón de discapacidad.

El Plan de Acción Integral para las Mujeres con discapacidad en Andalucía 2008-2013 se complementa con el Plan de empleabilidad para las personas con discapacidad, de ahí que en el área de igualdad en el empleo se remita a este otro Plan, coincidentes en el período de ejecución.

En su virtud, previo informe del Consejo Andaluz de Atención a las Personas con Discapacidad y de conformidad con lo establecido en el artículo 27.10 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejera para la Igualdad y Bienestar Social, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 14 de octubre de 2008,

ACUERDA

Primero. Aprobación y ámbito de aplicación.

Se aprueba el Plan de Acción Integral para las Mujeres con Discapacidad en Andalucía 2008-2013, que se incorpora como Anexo al presente Acuerdo, siendo su ámbito de aplicación la totalidad del territorio de la Comunidad Autónoma.

Segundo. Habilitación normativa.

Se faculta a la Consejera para la Igualdad y Bienestar Social para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.

Tercero. Entrada en vigor.

El presente Acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Anexos

Omitidos.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana