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Subvenciones a empresas editoriales para la traducción al catalán

17/06/2008
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Resolución CMC/1848/2008, de 28 de mayo, por la que se da publicidad al Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Institución de las Letras Catalanas de convocatoria de concurso público para la concesión de subvenciones a empresas editoriales para la traducción al catalán de obras literarias en otras lenguas correspondientes al año 2008 (DOGC de 16 de junio de 2008). Texto completo.

RESOLUCIÓN CMC/1848/2008, DE 28 DE MAYO, POR LA QUE SE DA PUBLICIDAD AL ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA INSTITUCIÓN DE LAS LETRAS CATALANAS DE CONVOCATORIA DE CONCURSO PÚBLICO PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A EMPRESAS EDITORIALES PARA LA TRADUCCIÓN AL CATALÁN DE OBRAS LITERARIAS EN OTRAS LENGUAS CORRESPONDIENTES AL AÑO 2008.

Considerando el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Institución de las Letras Catalanas, adoptado en la sesión celebrada el 13 de febrero de 2008, que aprobó la convocatoria de concurso público para la concesión de subvenciones a empresas editoriales para la traducción al catalán de obras literarias en otras lenguas correspondientes al año 2008,

Resuelvo:

Que se publique íntegramente en el DOGC el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Institución de las Letras Catalanas de 13 de febrero de 2008, por el que se convoca concurso público para la concesión de subvenciones a empresas editoriales para la traducción al catalán de obras literarias en otras lenguas correspondientes al año 2008, que figura como anexo a esta Resolución.

Anexo

acuerdo

de 13 de febrero de 2008, de la Junta de Gobierno de la Institución de las Letras Catalanas, por el que se convoca concurso público para la concesión de subvenciones a empresas editoriales para la traducción al catalán de obras literarias en otras lenguas correspondientes al año 2008.

Visto el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Institución de las Letras Catalanas, adoptado en la sesión del 13 de febrero de 2008, por el que se aprueban las bases que han de regir la concesión de subvenciones a empresas editoriales para la traducción al catalán de obras literarias en otras lenguas;

De acuerdo con los artículos 92.4 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y el artículo 6 de la Ley 20/1987, de 12 de noviembre, de creación de la Institución de las Letras Catalanas, la Junta de Gobierno acuerda:

.1 Se convoca concurso público para la concesión de subvenciones de la Institución de las Letras Catalanas a empresas editoriales para la traducción al catalán de obras literarias en otras lenguas.

.2 Las subvenciones que prevé esta convocatoria se rigen por las bases aprobadas por el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Institución de las Letras Catalanas de 13 de febrero de 2008, publicadas en el DOGC núm. 5123, de 2.5.2008, y por la normativa general de subvenciones.

.3 La dotación máxima de las subvenciones previstas en esta convocatoria es de 100.800 euros, distribuidos de la siguiente manera: un importe máximo de 70.560 euros con cargo a la posición presupuestaria D/470000100/4420 del presupuesto del año 2008, y un máximo de 30.240 euros con cargo al presupuesto del año 2009. Este gasto de alcance plurianual ha sido autorizado en el Acuerdo de Gobierno de 29 de abril de 2008.

Estas dotaciones máximas pueden ser ampliadas en función de las solicitudes recibidas y de las disponibilidades presupuestarias.

.4 El plazo de presentación de las solicitudes es de un mes desde la publicación de este Acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

.5 La solicitud se debe formalizar mediante una instancia que facilita la Institución de las Letras Catalanas (Portal de Santa Madrona, 6-8, 08001 Barcelona), dirigida al director de la Institución de las Letras Catalanas. Dicha instancia también se puede obtener en Internet en la página: http://www.gencat.cat/cultura/subvencionsILC, y se puede presentar en el Registro del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación (Rambla de Santa Mònica, 8, 08002 Barcelona) o en cualquiera de los registros y oficinas que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

.6 La Junta de Gobierno resuelve sobre la concesión de las subvenciones, que tramita la Institución de las Letras Catalanas, teniendo en cuenta la valoración efectuada por una comisión asesora. La concesión se notifica a las personas interesadas en el plazo de seis meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. En la notificación ha de constar que la resolución no agota la vía administrativa y que se puede interponer recurso de alzada ante el consejero o la consejera de Cultura y Medios de Comunicación en el plazo de un mes a contar desde la recepción de la notificación. Transcurrido el plazo de seis meses sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa, los/las solicitantes pueden entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.

.7 Contra este Acuerdo, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el consejero o la consejera de Cultura y Medios de Comunicación en el plazo de un mes desde su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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