La Orden de 30 de mayo de 2008 modifica el anexo VII del Decreto 164/2005, de 16 de junio, por el que se regulan y determinan las oficinas de registro propias o concertadas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, se crea el Registro Telemático de la Xunta de Galicia y se regula la atención al ciudadano.
El Decreto 164/2005, de 16 de junio, por el que se regulan y determinan las oficinas de registro propias o concertadas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, se crea el Registro Telemático de la Xunta de Galicia y se regula la atención al ciudadano puede consultarse en el Libro Séptimo del Repertorio de Legislación de Iustel.
ORDEN DE 30 DE MAYO DE 2008 POR LA QUE SE DESARROLLA EL DECRETO 164/2005, DE 16 DE JUNIO, POR EL QUE SE REGULAN Y DETERMINAN LAS OFICINAS DE REGISTRO PROPIAS O CONCERTADAS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA, SE CREA EL REGISTRO TELEMÁTICO DE LA XUNTA DE GALICIA Y SE REGULA LA ATENCIÓN AL CIUDADANO.
El Decreto 164/2005 , de 16 de junio, crea el Registro Telemático de la Xunta de Galicia, que permite la presentación por vía telemática de solicitudes, escritos y comunicaciones. La presente orden incluye en el anexo VII del Decreto 164/2005 , de 16 de junio, un nuevo procedimiento, a fin de continuar impulsando el empleo de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en el desarrollo de la actividad de la Xunta de Galicia y en el ejercicio de sus competencias.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2º y disposición adicional primera b) y final primera del Decreto 164/2005, de 16 de junio, por el que se regulan y determinan las oficinas de registro propias o concertadas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, se crea el Registro Telemático de la Xunta de Galicia y se regula la atención al ciudadano, DISPONGO:
Artículo único.
1. Se incluye en el anexo VII del Decreto 164/2005 , de 16 de junio, y queda, pues, habilitado con los efectos previstos en su artículo 5.1º, el siguiente procedimiento:
* IN 842A Subvenciones correspondientes a acciones de comunicación y divulgación científica y tecnológica [Divercicencia] en el marco del Programa de comunicación y sensibilización social (CSS) del Plan Gallego de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica (Incite).
2. El procedimiento para la tramitación electrónica estará disponible en la dirección http://www.xunta.es/servicios/ Disposición final Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.