El Decreto Foral 55/2008 modifica la denominación del Organismo Autónomo Euskararen Nafar Institutua/Instituto Navarro del Vascuence (ENAI/INAV), para que dicho Organismo Autónomo pase a denominarse Euskarabidea/Instituto Navarro del Vascuence.
El Decreto Foral 183/2007, de 10 de septiembre, por el que se crea el organismo autónomo Euskararen Nafar Institutua/Instituto Navarro del Vascuence puede consultarse en el Libro Séptimo del Repertorio de Legislación de Iustel.
DECRETO FORAL 55/2008, DE 26 DE MAYO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO FORAL 183/2007, DE 10 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO AUTÓNOMO EUSKARAREN NAFAR INSTITUTUA/INSTITUTO NAVARRO DEL VASCUENCE (ENAI/INAV).
Mediante Decreto Foral 183/2007 , de 10 de septiembre, se crea el organismo autónomo Euskararen Nafar Institutua/Instituto Navarro del Vascuence (ENAI/INAV).
El Gobierno de Navarra considera adecuado, tras haber sido sometido al Consejo de Gobierno del citado organismo autónomo y al Consejo Navarro del Euskera/Euskararen Nafar Kontseilua, un cambio de denominación de dicho organismo.
De conformidad con el artículo 103 de la Ley de Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral, los organismos autónomos se crean por Decreto Foral del Gobierno de Navarra, que establecerá sus fines generales, su adscripción, sus estatutos, y su plan de actuación inicial, y de conformidad con el artículo 106 de dicha Ley Foral, la modificación de los estatutos se llevará a cabo por Decreto Foral del Gobierno de Navarra.
Procede en consecuencia aprobar mediante Decreto Foral la modificación de la denominación del Organismo Autónomo Euskararen Nafar Institutua/Instituto Navarro del Vascuence (ENAI/INAV), para que dicho Organismo Autónomo pase a denominarse Euskarabidea/Instituto Navarro del Vascuence, modificando a tal efecto sus estatutos.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintiséis de mayo de dos mil ocho,
DECRETO:
Artículo único.-Modificación de la denominación del Organismo Autónomo Euskararen Nafar Institutua/Instituto Navarro del Vascuence (ENAI/INAV).
Se modifican todas las referencias contenidas en el Decreto Foral 183/2007 , de 10 de septiembre, por el que se crea el Organismo Autónomo Euskararen Nafar Institutua/Instituto Navarro del Vascuence (ENAI/INAV) y en los Estatutos aprobados por el artículo 2 del mismo a la denominación del Organismo Autónomo como Euskararen Nafar Institutua/Instituto Navarro del Vascuence (ENAI/INAV), pasando a ser sustituidas por la denominación Euskarabidea/Instituto Navarro del Vascuence.
Disposición Final Única.-Entrada en vigor.
Este Decreto Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.