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Catálogo de las Carreteras

30/05/2008
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Decreto 98/2008, de 23 de mayo, por el que se aprueba el nuevo Catálogo de las Carreteras de titularidad de la Junta de Extremadura (DOE de 29 de mayo de 2008). Texto completo.

DECRETO 98/2008, DE 23 DE MAYO, POR EL QUE SE APRUEBA EL NUEVO CATÁLOGO DE LAS CARRETERAS DE TITULARIDAD DE LA JUNTA DE EXTREMADURA.

El artículo 7.1.4 del Estatuto de Autonomía de Extremadura establece que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de carreteras cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la Región. De acuerdo a dicho precepto se dictó la Ley 7/1995, de Carreteras de Extremadura, que en su artículo 5.2 dispone que: “El Catálogo de la Red de Carreteras de Extremadura se aprobará y modificará, en su caso, por Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Obras Públicas”.

Mediante el Decreto 109/1997 Vínculo a legislación, de 29 de julio, se aprobó la nueva denominación, categoría e identificación de las carreteras de titularidad de la Junta de Extremadura. En dicho decreto, en su Anexo I, se establecía el nuevo Catálogo de Carreteras de acuerdo a la nueva nomenclatura adoptada.

Posteriormente el Decreto 161/2000 Vínculo a legislación, de 27 de junio, aprobó el nuevo catálogo de las carreteras de titularidad de la Junta de Extremadura, debido, principalmente al traspaso de carreteras entre la Junta de Extremadura y las Diputaciones Provinciales de Cáceres y Badajoz.

El Catálogo anterior necesitaba una revisión, debido a la entrada en funcionamiento de las Autovías Autonómicas EX-A1 y EX-A2 así como a las transferencias de carreteras, eminentemente urbanas, a determinados ayuntamientos, que era necesario dar de baja. También se ha creído conveniente hacer una reestructuración de las carreteras de titularidad de la Junta para una mejor gestión de las mismas, así como revisar la denominación de las carreteras para su mejor identificación, principalmente para adaptarlas a la actual configuración de la Red de Carreteras del Estado, debido a la práctica conclusión de la A-66.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Fomento, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión de 23 de mayo de 2008, D I S P O N G O :

Artículo único. Aprobación del Catálogo de Carreteras de titularidad de la Junta de Extremadura.

1. Se aprueba el Catálogo de Carreteras de titularidad de la Junta de Extremadura en los términos previstos en el Anexo del presente Decreto.

2. La sustitución de elementos identificativos de las carreteras que sufren cambios se realizará de forma progresiva.

Disposición adicional única. Propuesta de Catálogo de Carreteras.

Las Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres, en el plazo de un año desde la entrada en vigor del presente Decreto, presentarán al Consejero de Fomento, para su aprobación por Decreto del Consejo de Gobierno, la propuesta de Catálogo de Carreteras con la nueva relación y nomenclatura de las carreteras.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Queda derogado el Decreto 161/2000 Vínculo a legislación, de 27 de junio, por el que se aprueba el nuevo catálogo de carreteras de titularidad de la Junta de Extremadura.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Anexo Omitido.

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