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  • EDICIÓN DE 08/11/2004
 
 

JUSTICIA CONSIDERA QUE LA UTILIZACIÓN DE JUECES SUSTITUTOS ES UNA MEDIDA EXCEPCIONAL DE LA QUE NO PUEDE ABUSAR

08/11/2004
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El Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, Ricardo Bodas Martín, ha recordado a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que la utilización de jueces sustitutos es una medida “absolutamente excepcional” de la que no puede abusar como está haciendo.

Ricardo Bodas ha señalado que esta excepción se ha convertido “en un regla cuyo precio no puede pagar este país” y que varias Comunidades Autónomas, entre ellas Cataluña, han superado con creces “el cien por cien” de lo presupuestado por este concepto.

El Director General de Relaciones con la Administración de Justicia ha contestado de este modo a la Sala de Gobierno del Alto Tribunal catalán que, a través de un comunicado, ha denunciado que, desde el 1 de septiembre, el Ministerio de Justicia no paga la nómina a los jueces sustitutos y a los Magistrados suplentes.

Ricardo Bodas Martín, no obstante, ha apuntado que este problema no es “específico de Cataluña, sino general” y que la partida para la sustitución de jueces viene dada por un presupuesto aprobado por el anterior Gobierno, por lo que no le parece razonable que se haga responsable al Ministerio de Justicia.

Así, el Director General ha explicado que en 2003 se presupuestaron 9,2 millones de euros para la sustitución de jueces y suplencias de magistrados, y que, sin embargo, se gastaron casi 38 millones de euros.

Para 2004, esta partida aumentó hasta 9,4 millones de euros pero, según Ricardo Bodas, el Ministerio se encontró que en septiembre “ya había alguna Comunidad Autónoma (entre ellas Cataluña) que superaba con creces el cien por cien de lo asignado”.

Por este motivo, el pasado 23 de septiembre, el Ministerio de Justicia envió un escrito a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña donde constataba la superación del presupuesto y pedía que sólo autorizasen sustituciones con carácter excepcional y cuando se considerase imprescindible para el funcionamiento de un órgano judicial.

Asimismo, comunicó al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña la imposibilidad de pagar estas sustituciones hasta diciembre próximo o enero de 2005 y que, al tener las mismas carácter excepcional, requerirán de la autorización del Director General de Relaciones con la Administración de Justicia para su inclusión en la nómina.

Ricardo Bodas ha querido dejar claro que estas sustituciones se abonarán porque, en su opinión, “los jueces sustitutos, que desempeñan su trabajo con honestidad, no tienen culpa de lo que está pasando” y que, pese a la falta de presupuesto, se seguirán autorizando sustituciones con carácter excepcional.

El Director General de Relaciones con la Administración de Justicia ha lamentado el abuso que se hace de estas sustituciones por parte de algunos Tribunales Superiores de Justicia y ha anunciado que, en cualquier caso, el Ministerio mantendrá una reunión con el Consejo General del Poder Judicial para buscar una solución negociada.

Mientras tanto, la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña considera que todas las llamadas de jueces sustitutos o magistrados suplentes que hace son imprescindibles y absolutamente justificadas y considera que la decisión de no pagar esta sustituciones “no sólo vulnera los derechos más elementales de los jueces sino también la Ley Orgánica del Poder Judicial”.

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