RESOLUCIÓN CLT/2828/2004, DE 16 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE INCOA EXPEDIENTE DE DECLARACIÓN DE BIEN CULTURAL DE INTERÉS NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE ZONA ARQUEOLÓGICA, DEL YACIMIENTO ARQUEOLÓGICO DEL PLA D'ALMATÀ, EN BALAGUER, Y SE ABRE UN PERIODO DE INFORMACIÓN PÚBLICA
El 27 de julio de 2004 la Dirección General del Patrimonio Cultural ha emitido un informe en el cual propone incoar un expediente para la declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, del yacimiento arqueológico del Pla d'Almatà, en Balaguer.
Considerando los artículos 8 y 9 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán,
Resuelvo:
.1 Incoar expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de zona arqueológica, del yacimiento arqueológico del Pla d'Almatà, en Balaguer (Noguera). La delimitación de la zona arqueológica consta grafiada en el plano que figura en el expediente.
.2 Notificar esta Resolución a las personas interesadas, dar traslado al Ayuntamiento de Balaguer y comunicarle que, de acuerdo con el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, esta incoación comporta la suspensión de la tramitación de las licencias de parcelación, edificación o derribo a la zona afectada, y también la suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas. No obstante lo expuesto, el Departamento de Cultura puede autorizar la realización de las obras en las que sea manifiesto que no perjudican los valores culturales del bien. Esta autorización ha de ser previa a la concesión de la licencia municipal, salvo que se trate de licencias concedidas antes de la publicación de esta Resolución.
.3 Abrir un periodo de información pública de un mes a contar de la publicación de esta Resolución en el DOGC. Durante este periodo el expediente estará a disposición de todos aquellos que lo quieran examinar en la sede de los Servicios Territoriales del Departamento de Cultura en Lérida, rambla Aragón, 8, 25002, Lleida. Durante este plazo podrá alegarse lo que se considere conveniente sobre el expediente. Las alegaciones han de presentarse en la sede de los Servicios Territoriales antes señalada o en el Servicio de Arqueología de la Dirección General del Patrimonio Cultural del Departamento de Cultura (Palacio Moja), calle Portaferrissa, 1, 08002 Barcelona.
.4 Comunicar esta Resolución al Registro de bienes culturales de interés nacional para su anotación preventiva y dar traslado al Registro general de bienes de interés cultural de la Administración del Estado.