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SUBVENCIONES DESTINADAS A LOS PROYECTOS QUE CONTENGAN MEDIDAS DIRIGIDAS A LA CREACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO

22/10/2004
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Resolución TRI/2827/2004, de 14 de octubre, por la que se modifica la Resolución TRI/1382/2004, de 14 de mayo, de convocatoria de subvenciones destinadas a los proyectos que contengan medidas dirigidas a la creación de puestos de trabajo en el marco de los nuevos yacimientos de empleo que prevé el Decreto 286/2004, de 11 de mayo (código de la convocatoria Z10) (DOGC de 22 de octubre de 2004). Texto completo.

RESOLUCIÓN TRI/2827/2004, DE 14 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN TRI/1382/2004, DE 14 DE MAYO, DE CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LOS PROYECTOS QUE CONTENGAN MEDIDAS DIRIGIDAS A LA CREACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO EN EL MARCO DE LOS NUEVOS YACIMIENTOS DE EMPLEO QUE PREVÉ EL DECRETO 286/2004, DE 11 DE MAYO (CÓDIGO DE LA CONVOCATORIA Z10)

Vista la Resolución TRI/1382/2004, de 14 de mayo, de convocatoria de subvenciones destinadas a los proyectos que contengan medidas dirigidas a la creación de puestos de trabajo en el marco de los nuevos yacimientos de empleo que prevé el Decreto 286/2004, de 11 de mayo (código de la convocatoria Z10);

Considerando que, con la aprobación de la distribución de la reserva de eficacia por el Comité de Seguimiento del Objetivo 3 del Fondo Social Europeo, se ha incrementado la dotación de recursos asignados al programa de nuevos yacimientos de empleo para el ejercicio 2004, es necesario modificar el artículo 3 de la Resolución TRI/1382/2004, de 14 de mayo, respecto al importe máximo del programa correspondiente al ejercicio 2004.

Considerando que, de acuerdo con la Ley 6/2004, de 16 de julio, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2004, la dotación de este programa de ayudas para el ejercicio 2004 se hace con cargo a la partida presupuestaria 62.04.479.6201 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el año 2004;

Considerando el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;

Vistos los informes previos de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada, y en uso de las atribuciones que me son conferidas de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

Se modifica el artículo 3 de la Resolución TRI/1382/2004, de 14 de mayo, que queda redactado de la manera siguiente:

Importe y aplicación presupuestaria

El importe máximo destinado a la concesión de las ayudas para realizar proyectos de creación de ocupación correspondientes a las anualidades 2004-2005 y de los proyectos previstos en la disposición transitoria y de estimulación de la demanda correspondientes a la anualidad 2004 es de 10.440.047,90 euros cofinanciados con FSE y distribuidos de la manera siguiente:

4.440.047,90 euros a cargo de la partida presupuestaria 62.04.479.6201 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el 2004.

6.000.000 euros a cargo del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el 2005, en función de las correspondientes disponibilidades presupuestarias. Una resolución del consejero de Trabajo e Industria que se publicará en el DOGC determinará la partida presupuestaria a cuyo cargo se imputará el importe máximo correspondiente.

Disposición final

Esta Resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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