ORDEN UNI/330/2004, DE 17 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE RECONOCEN LA CREACIÓN DE LA ESCUELA UNIVERSITARIA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN Y LA IMPLANTACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE INGENIERO TÉCNICO O INGENIERA TÉCNICA EN INFORMÁTICA DE GESTIÓN DE INGENIERO TÉCNICO O INGENIERA TÉCNICA EN INFORMÁTICA DE SISTEMAS, EN LA UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE CATALUÑA
La Ley 11/1997, de 1 de octubre, de reconocimiento de la Universidad Internacional de Cataluña, establece en su artículo 2 los centros que configuran inicialmente esta Universidad, así como los estudios se imparten. Con la finalidad de ampliar su oferta docente, la Universidad Internacional de Cataluña ha solicitado al Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información el reconocimiento de un nuevo centro ubicado en Barcelona denominado Escuela Universitaria de Tecnologías de la Información y Comunicación y el reconocimiento de la implantación de los estudios de ingeniero técnico o ingeniera técnica en informática de gestión y de ingeniero técnico o ingeniera técnica en informática de sistemas en este centro.
De acuerdo con esta petición, de conformidad con lo que establecen la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña; la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades; el Decreto 258/1997, de 30 de septiembre, por el que se regula la Programación universitaria de Cataluña y los procedimientos de creación o reconocimiento y de reordenación de centres docentes universitarios y de implantación de enseñanzas; el Real decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de universidades y centros universitarios, con el acuerdo previo del Patronato Universitario de la Universidad Internacional de Cataluña, y a propuesta del director general de Universidades,
Ordeno:
Artículo 1
Se reconoce la creación de la Escuela Universitaria de Tecnologías de la Información y Comunicación de la Universidad Internacional de Cataluña, con domicilio en la calle Immaculada, núm. 22, de Barcelona.
Artículo 2
Se reconoce la implantación de los estudios de ingeniero técnico o ingeniera técnica en informática de gestión y de ingeniero técnico o ingeniera técnica en informática de sistemas en la Escuela Universitaria de Tecnologías de la Información y Comunicación de la Universidad Internacional de Cataluña.
Disposición adicional
Una vez homologados los títulos y cumplidos los compromisos adquiridos por la Universidad Internacional de Cataluña, el rector o rectora de esta Universidad solicitará a la persona titular del departamento competente en materia de universidades la autorización de inicio de actividades de los estudios, de acuerdo con el artículo 108 de la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña.
Disposición final
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOGC.