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  • EDICIÓN DE 21/09/2004
 
 

PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN CIVIL SOBRE TRANSPORTES DE MERCANCÍAS PELIGROSAS POR CARRETERA Y FERROCARRIL

21/09/2004
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Decreto 142/2004, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura sobre transportes de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril (DOE de 21 de septiembre de 2004). Texto completo.

DECRETO 142/2004, DE 14 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN CIVIL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA SOBRE TRANSPORTES DE MERCANCÍAS PELIGROSAS POR CARRETERA Y FERROCARRIL

La Norma Básica de Protección Civil, aprobada por el Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, como complemento y desarrollo de la Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil, incluyó entre los riesgos susceptibles de originar una situación catastrófica, y que por ello debían ser objeto de planificación especial, el concerniente al transporte de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril, debido a la posibilidad de que un accidente de circulación o ferroviario en que, directa o indirectamente, se encuentren involucradas mercancías catalogadas como peligrosas por sus características de producto, pueda generar consecuencias desastrosas para la vida y la integridad física de las personas y para el conjunto de elementos vulnerables situados en el entorno de la vía en que tales hechos se produzcan. La misma Norma Básica señala en su apartado 7.2 que los planes especiales se elaborarán de acuerdo con las Directrices Básicas relativas a cada riesgo.

El Real Decreto 387/1996, de 1 de marzo, aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el riesgo de accidentes graves en los transportes de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril, que tiene por objeto establecer los criterios mínimos que habrán de seguir las distintas Administraciones Públicas en la confección de este tipo de planes especiales, con la finalidad de prever un sistema que haga posible, en su caso, la coordinación y la actuación conjunta de los distintos servicios y Administraciones implicadas.

Por su parte, el Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura (PLATERCAEX), en el marco competencial que el ordenamiento jurídico atribuye a la Comunidad Autónoma, prevé específicamente la necesidad de elaborar un plan autonómico para hacer frente al riesgo derivado de posibles accidentes en el transporte de mercancías peligrosas dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La ubicación de Extremadura, debido a su situación geográfica (próxima a importantes focos industriales tales como Puertollano, Huelva y Sevilla) presenta un importante flujo de mercancías peligrosas que son transportadas fundamentalmente a través de las carreteras N-630 (Gijón-Sevilla) y la E-90.

Se justifica por tanto la necesidad de disponer en la Comunidad Autónoma de Extremadura de un Plan Especial de Protección Civil sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril, TRANSCAEXT, que asegure la intervención eficaz y coordinada de los recursos y medios disponibles, con el fin de limitar las consecuencias de posibles accidentes en dicho transporte sobre las personas, los bienes y el medio ambiente.

El Plan Especial de Protección Civil sobre Transportes de Mercancías Peligrosas fue informado favorablemente por la Comisión de Protección Civil de Extremadura con fecha 23 de junio de 2004.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Presidencia, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 14 de septiembre de 2004, Situación: Parcela 118 del polígono 2. Promotor: Amorin & Irmaos-V, S.L., en San Vicente de Alcántara....

Consejería de Sanidad y Consumo Concurso.— Anuncio de 7 de septiembre de 2004, de la Secretaría General, por el que se convoca a pública licitación, por el sistema de concurso la contratación del suministro “Adquisición de 37 monitores-desfibriladores”.

Expte.: S-04.017....................................................................

Anuncio de 27 de agosto de 2004, de exposición pública de propuesta de deslinde de vías pecuarias en el término municipal de Villarta de los Montes.

DISPONGO

Artículo único.

Se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura sobre Transporte de mercancías Peligrosas por Carretera y Ferrocarril (TRANSCAEX).

Disposición adicional única.

El texto del TRANSCAEX se remitirá, para su homologación, a la Comisión Nacional de Protección Civil, de conformidad con lo establecido en el art. 10 de la Ley 2/1985, de 21 de enero, de Protección Civil.

Disposición final única.

Se faculta a la Consejera de Presidencia para dictar las resoluciones que sean necesarias para el desarrollo y aplicación de este Decreto.

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