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CONVOCATORIA DE UN CURSO DE DIPLOMADOS EN SANIDAD PARA EL CURSO 2004-2005

10/09/2004
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Resolución SLT/2364/2004, de 30 de agosto, de convocatoria de un curso de diplomados en sanidad para el curso 2004-2005 (DOGC de 10 de septiembre de 2004). Texto completo.

RESOLUCIÓN SLT/2364/2004, DE 30 DE AGOSTO, DE CONVOCATORIA DE UN CURSO DE DIPLOMADOS EN SANIDAD PARA EL CURSO 2004-2005

En virtud de la disposición transitoria 6.6 del Estatuto de autonomía de Cataluña, la Generalidad asumió, con carácter definitivo y automático, a su entrada en vigor, las funciones y las competencias en el terreno del desarrollo de programas de formación de salud pública a que hace referencia el artículo 16.f) del Real decreto 2210/1979, de 7 de septiembre, de transferencia de competencias de la Administración del Estado a la Generalidad de Cataluña en materia de sanidad.

Dado que el Decreto de 15 de octubre de 1979 (DOGC núm. 33, de 1.11.1979) asignó al Departamento de Salud la titularidad de las competencias a que se refiere el Real decreto 2210/1979 citado;

Dado que el artículo 3 del Decreto de 15 de octubre de 1979 establece que corresponde a la consejera de Salud el impulso, el desarrollo y la aprobación de programas de formación en materia de salud pública;

Dado que la Ley 15/1990, de 9 de julio, de ordenación sanitaria de Cataluña, define el Instituto de Estudios de la Salud como el organismo de apoyo a los departamentos de la Generalidad y al Servicio Catalán de la Salud en materia de formación e investigación en ciencias de la salud, y que en su artículo 71.1.d) establece que son funciones del Instituto la formación, el reciclaje y el perfeccionamiento de los técnicos y los profesionales al servicio de la Administración sanitaria,

Resuelvo:

Artículo 1

Se convoca, en Barcelona, un curso de diplomados en sanidad para el curso 2004-2005 organizado por el Instituto de Estudios de la Salud. Este mismo curso se realizará también de forma descentralizada en Lleida con la colaboración de la Universidad de Lleida, y en Girona con la colaboración de la Fundación Universidad de Girona: Innovación y Formación.

Artículo 2

2.1 Pueden asistir al curso médicos, diplomados en enfermería, diplomados en trabajo social, farmacéuticos, veterinarios y otros titulados universitarios que realicen tareas profesionales directamente relacionadas con el ámbito de la salud pública y/o de la atención primaria de salud. El número total de plazas para la edición de Barcelona es de 40, y de 25 para la de Lleida y 25 para la de Girona.

2.2 Las personas inscritas en ediciones anteriores del curso de diplomados en sanidad en el ámbito del territorio de Cataluña que fueron declaradas no aptas o no se presentaron a las pruebas evaluadoras pueden inscribirse en la presente edición sin ocupar plaza.

Artículo 3

Las personas que quieran participar en el curso deben dirigir al director del Instituto de Estudios de la Salud, dentro del plazo de 30 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el DOGC, el impreso de solicitud debidamente rellenado, en que consten, además de los datos del solicitante, los documentos que deben adjuntar y un baremo de autoevaluación.

Artículo 4

4.1 Los impresos de solicitud de admisión al curso para las tres ediciones (Barcelona, Lleida y Girona) se facilitarán gratuitamente en las dependencias del Instituto de Estudios de la Salud (calle Balmes, 132-136, planta 6, 08008 Barcelona), a través de la web del Instituto de Estudios de la Salud (www.iesalut.es), así como en los servicios territoriales del Departamento de Salud de Barcelona (plaza de Catalunya, 20, 1er piso, 08002 Barcelona), Girona (c. del Sol, 15, 17004 Girona), Lleida (av. Alcalde Rovira Roure, 2, 25006 Lleida), Tarragona (av. de Maria Cristina, 54, 43002 Tarragona) y Les Terres de l'Ebre (c. La Salle, 8, 43500 Tortosa), así como en la Facultad de Medicina de la Universidad de Lleida (Departamento de Cirugía, av. Alcalde Rovira Roure, 80, 25006 Lleida), y en la Fundación Universidad de Girona: Innovación y Formación (pl. Jordi de San Jordi, 1, 17001 Girona) y se podrán utilizar fotocopias.

4.2 Los impresos de solicitud de admisión al curso deben ser rellenados a máquina o con letras mayúsculas y deben presentarse, junto con los documentos acreditativos de los méritos alegados, en las dependencias del Instituto de Estudios de la Salud, en las delegaciones territoriales citadas en el apartado anterior, en la Universidad de Lleida y en la Fundación Universidad de Girona: Innovación y Formación, o bien mediante cualquier otro medio admitido, de conformidad con el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Únicamente se considerarán los documentos citados en el impreso de solicitud de admisión.

Artículo 5

5.1 La selección de los aspirantes se hará atendiendo la documentación presentada por los candidatos, sin perjuicio de las disposiciones vigentes sobre esta materia que sean aplicables. Si se cree oportuno, se podrán efectuar pruebas selectivas complementarias.

5.2 La lista de admitidos se expondrá en el tablón de anuncios del Instituto de Estudios de la Salud, en las delegaciones territoriales antes citadas, en la Universidad de Lleida, en la Fundación Universidad de Girona: Innovación y Formación, y, a través de Internet, en la dirección http://www.iesalut.es, con antelación suficiente respecto al inicio de las clases.

5.3 La lista de seleccionados tendrá carácter provisional y los interesados podrán presentar reclamaciones en el plazo de quince días naturales contados a partir de su publicación en las dependencias indicadas. Las reclamaciones se dirigirán al director del Instituto de Estudios de la Salud en la dirección antes citada.

Artículo 6

6.1 Transcurrido el plazo de reclamaciones, se dará publicidad a la lista definitiva de admitidos en los mismos lugares señalados en el artículo anterior. Los alumnos seleccionados deberán formalizar la matrícula del curso en un plazo de diez días naturales contados a partir de la publicación de la lista definitiva de admitidos.

6.2 El precio de la matrícula del curso es de 1.300 euros para los participantes descritos en el artículo 2.1 y en la disposición adicional de esta Resolución y de 185 euros para los descritos en el apartado 2.2. Estas cantidades deberán ingresarse en una cuenta corriente de una entidad bancaria que se indicará en la lista definitiva de admitidos.

6.3 La matrícula no se entenderá formalizada sin la realización previa de la transferencia bancaria.

Artículo 7

7.1 El programa consta de cinco módulos:

a) Introducción a la salud pública. Determinantes de la salud y la enfermedad. Organización sanitaria y políticas de salud.

b) Metodología y técnicas para la identificación, el estudio y el análisis de los problemas de salud. Sistemas de información sanitaria e indicadores de salud.

c) La comunicación científica.

d) Planificación sanitaria. Programas de salud.

e) Promoción y protección de la salud.

7.2 El curso comenzará en el mes de noviembre de 2004 y se desarrollará durante el curso 2004-2005.

7.3 Las actividades docentes se impartirán por la tarde, en el lugar y en las horas que se determinarán con antelación suficiente respecto al inicio del curso.

Artículo 8

8.1 La asistencia a las clases teóricas es obligatoria; será imprescindible la asistencia al 90% de las clases teóricas y la realización de un trabajo científico del ámbito de las ciencias de la salud para poder efectuar las pruebas de evaluación.

8.2 Las personas que se encuentren en la situación descrita en el artículo 2.2 no deberán asistir a las sesiones de los módulos.

Artículo 9

Durante el curso se realizarán pruebas escritas relacionadas con las materias de los módulos del programa y deberá presentarse el trabajo final, en el que se aplicarán los conocimientos adquiridos durante el curso.

Artículo 10

10.1 Se constituirá un tribunal de evaluación compuesto por el director del Instituto de Estudios de la Salud o la persona en quien delegue, que lo presidirá; el director del curso; los dos coordinadores de módulos, y el representante de la Escuela Nacional de Sanidad.

10.2 Realizadas las pruebas de evaluación, el tribunal hará pública la lista de aprobados en el tablón de anuncios del Instituto de Estudios de la Salud, la facultad de medicina de la Universidad de Lleida y en la Fundación Universidad de Girona: Innovación y Formación.

Artículo 11

Superadas las pruebas de evaluación y aprobada la tesina de final de curso, los participantes obtendrán el título de diplomado en sanidad, acreditado por el Instituto de Estudios de la Salud y la Escuela Nacional de Sanidad.

Disposición adicional

Por conveniencias del servicio, y con la finalidad de mejorar la formación del personal sanitario especializado del Departamento de Salud que lleva a cabo tareas en materia de programas de salud, el director del Instituto de Estudios de la Salud, a propuesta del secretario general del Departamento, de los correspondientes directores generales del Departamento y de los directores de área del Servicio Catalán de la Salud, podrá inscribir para seguir el curso a un número de personas no superior a diez. El personal interesado adjuntará a la solicitud el informe favorable del jefe de servicio o superior jerárquico del que dependa y estará sujeto a los mismos requisitos que el resto de participantes en cuanto a plazos de formalización de la solicitud de admisión y matrícula del curso.

Disposición final

Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC.

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