ORDEN DE 26 DE JULIO DE 2004, DE LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN POR LA QUE SE FIJAN LOS PRECIOS PÚBLICOS DE LOS SERVICIOS QUE PRESTA EL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES E INVESTIGACIÓN
En virtud de las facultades establecidas en el artículo 180 de la Ley 13/1998, de 29 de mayo, de tasas y precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y de acuerdo con el Decreto 161/1998, de 21 de julio, por el que se determinan los bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en la Comunidad Autónoma del País Vasco, se dictó la Orden de 24 de mayo de 2004 (BOPV de 23 de junio) de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación por la que se fijan los precios públicos de los servicios que presta el Departamento de Educación, Universidades e Investigación.
En dicha Orden no se incluyen los precios públicos correspondientes al aprendizaje de idiomas por medio de sistemas multimedia.
Por ello, habiéndose informado favorablemente el expediente correspondiente por el Departamento de Hacienda y Administración Pública Disposiciones Generales DISPONGO:
Artículo 1.– Se modifica el artículo 1 de la Orden de 24 de mayo de 2004 que queda redactado de la siguiente forma:
“El objeto de la presente Orden es fijar la cuantía de los precios públicos de los servicios de enseñanzas no universitarias que, siendo susceptibles de regulación, se prestan en la actualidad en la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como de los servicios prestados en el Complejo Educativo de Eibar, de los derechos de examen para la obtención del certificado EGA y de los Títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional Específica, de los impresos de solicitud de becas y ayudas para estudios universitarios, de material didáctico del Centro de Educación Básica a Distancia (CEBAD) y de matrícula y material didáctico para el aprendizaje de idiomas por medio de sistemas multimedia “.
Artículo 2.– Se añade un nuevo artículo a la Orden de 24 de mayo de 2004 que quedará redactado como sigue:
“Artículo 8.– Aprendizaje de idiomas por medio del sistema multimedia.
Los precios públicos a aplicar para la matriculación y venta de material didáctico para el aprendizaje de idiomas por medio del sistema multimedia serán los siguientes:
a) En concepto de matrícula 45 euros. El pago de este importe se efectuará mediante intermediación de entidad financiera y se efectuará en el momento de la matriculación.
b) Venta de material didáctico en soporte CD.
Por cada idioma (inglés, francés, alemán o italiano) se abonarán 29 euros (IVA incluido). El pago de este importe se efectuará mediante intermediación de entidad financiera y se efectuará en el momento de la matriculación.” DISPOSICIÓN FINAL
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.