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CERTAMEN LITERARIO DE NARRACIONES CORTAS, PINTURA Y FOTOGRAFÍA

20/08/2004
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Orden de 2 de agosto de 2004, por la que se crea Certamen Literario de narraciones cortas, pintura y fotografía dirigido a todos los profesionales del Sistema Sanitario Público de Extremadura (DOE de 19 de agosto de 2004). Texto completo.

ORDEN DE 2 DE AGOSTO DE 2004, POR LA QUE SE CREA CERTAMEN LITERARIO DE NARRACIONES CORTAS, PINTURA Y FOTOGRAFÍA DIRIGIDO A TODOS LOS PROFESIONALES DEL SISTEMA SANITARIO PÚBLICO DE EXTREMADURA

La promoción de la cultura en su ámbito de actuación, es una preocupación permanente de la Junta de Extremadura. La Consejería de Sanidad y Consumo desea participar dentro de su ámbito competencial de esa preocupación del Gobierno Extremeño. Conscientes, de que el enriquecimiento cultural y la estimulación de las inquietudes artísticas y culturales a través de la participación de todas aquellos profesionales del Sistema Sanitario Público de Extremadura que lo deseen en los eventos de esta índole, que se impulsen desde esta Consejería, contribuye a complementar la formación de los profesionales en su vertiente más humana, que dadas las peculiaridades de nuestra labor prestacional, no deben descuidarse.

Por tanto, en consideración a todo lo anterior, en uso de las competencias atribuidas en la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Decreto 80/2003, de 15 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Consumo y se modifica su relación de puestos de trabajo de personal funcionario y personal eventual de la Junta de Extremadura D I S P O N G O Artículo 1.- Objeto.

Por la presente Orden, como parte de las actividades socio-culturales que nos competen y con el fin de fomentar y estimular la creatividad y la actividad artística y cultural del personal que presta sus servicios en la Consejería de Sanidad y Consumo y en el Servicio Extremeño de Salud, se crea el Certamen con las siguientes modalidades:

1. Narraciones Cortas 2. Pintura 3. Fotografía Artículo 2.- Destinatarios.

Podrán concurrir al Certamen, en cualquiera de sus modalidades, o en todas conjuntamente, todo el personal que preste sus servicios en la Consejería de Sanidad y Consumo y en el Servicio Extremeño de Salud, con independencia del tipo de vinculación laboral que mantengan.

Asimismo podrán concurrir quienes habiendo prestado dichos servicios en la Sanidad Pública Extremeña, estén actualmente jubilados.

Artículo 3.- Convocatoria.

El Certamen será convocado anualmente mediante Orden del Consejero de Sanidad y Consumo que será publicada en el Diario Oficial de Extremadura.

Artículo 4.- Jurado.

La composición y funciones del Jurado, para cada una de las modalidades se determinarán en la Orden de Convocatoria.

Artículo 5.- Obras.

Los participantes podrán presentar una única obra por modalidad, que será original, sin que haya sido publicada ni premiada.

Las restantes características de las obras se determinarán en la correspondiente convocatoria, de la Secretaría General, por la que se conceden ayudas para la realización de cursos de portugués durante el periodo 2004-2005, conforme al Decreto del Presidente 8/2004, de 1 de junio.

El Decreto del Presidente 8/2004, de 1 de junio, por el que se regula la convocatoria de concesión de ayudas para la realización de cursos de portugués en la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el período 2004-2005, publicado en el Diario Oficial de Extremadura nº 65, de 8 de junio, se inscribe en el marco de lo dispuesto en el artículo 6.2.h) del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, referente a las especiales relaciones que los poderes públicos de la región han de mantener con Portugal y en los Protocolos de Cooperación firmados, el 17 de enero de 1992 y el 27 de mayo de 1994, con las Comisiones de Coordinación de las Regiones portuguesas del Alentejo y Centro, respectivamente.

A la convocatoria del presente ejercicio 2004, dotada con 210.000 euros procedentes del Programa de la Iniciativa Comunitaria INTERREG III, se han presentado 179 proyectos, incluidos los pertenecientes a las solicitudes que han sido inadmitidas por extemporáneas y los de los solicitantes que han desistido de su solicitud al no haber subsanado en plazo.

Tramitadas las solicitudes, vista la Propuesta realizada por la Comisión de Valoración y al amparo de lo dispuesto en el artículo 9 de la misma norma.

Las obras premiadas pasarán a ser propiedad de la Junta de Extremadura, incluidos los derechos de autor, que se entienden cedidos por su participación, respecto de las premiadas, siendo devueltas, en la forma que establezca la Orden de convocatoria, aquellas obras que no sean premiadas.

Artículo 6.- Temática.

La Temática del Certamen será aquella que se fije en la convocatoria.

Artículo 7.- Premios.

El Certamen tendrá asignado, en cada una de las modalidades que lo componen, un primer, segundo y tercer premios, de distinta dotación económica en orden descendente, para cada una de las tres modalidades del Certamen, en la forma y con la cuantía que se establezcan en la convocatoria anual correspondiente.

Artículo 8.- Plazo de Resolución.

El plazo de resolución del Certamen será de tres meses a contar desde el día siguiente al de publicación en el Diario Oficial de Extremadura de su convocatoria.

Artículo 9.- Convocatorias.

Las convocatorias contendrán las Bases de cada Certamen para la anualidad correspondiente, y deberán recoger, entre otros, los aspectos siguientes:

Forma y plazo de presentación de las obras literarias, pictóricas o fotográficas. Cuantía de los Premios. Aplicación Presupuestaria de imputación del gasto.

Artículo 10.- Financiación.

La financiación del Certamen se hará con cargo a los créditos aprobados en los Presupuestos del Servicio Extremeño de Salud.

Disposición Final Única.- La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

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