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NORMAS TÉCNICAS ESPECÍFICAS DE PRODUCCIÓN INTEGRADA PARA LA PAPA

13/08/2004
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Orden de 29 de julio de 2004, por la que se aprueban las Normas Técnicas Específicas de Producción Integrada para la Papa en Canarias (BOC de 13 de agosto de 2004). Texto completo.

ORDEN DE 29 DE JULIO DE 2004, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS NORMAS TÉCNICAS ESPECÍFICAS DE PRODUCCIÓN INTEGRADA PARA LA PAPA EN CANARIAS

La creciente demanda social de productos agrícolas con unos índices de calidad garantizados y diferenciados de los que se producen con los sistemas tradicionales, junto con la modernización de los sistemas agrícolas y de las explotaciones agrarias, van a determinar la aparición del sistema de producción integrada en agricultura, como aquel sistema agrario de producción, transformación, en su caso, y comercialización, que utiliza al máximo los recursos y mecanismos naturales, minimizando los aportes de insumos procedentes del exterior, asegurando unos productos finales de alta calidad mediante la utilización preferente de tecnologías respetuosas con el medio ambiente.

En la Comunidad Autónoma de Canarias dicho sistema está regulado en el Decreto 79/2003, de 12 de mayo (B.O.C. nº 101, de 28.5.03), cuyo artículo 2, apartado segundo, determina que “El sistema agrario definido deberá ser desarrollado de conformidad con las normas de este Decreto y de la normativa básica del Estado y con los requisitos que para cada producto, o grupo de productos, se recojan en las Normas Técnicas Específicas que serán aprobadas por Orden de la Consejería competente en materia de agricultura, a propuesta de la Dirección General correspondiente, y publicadas en el Boletín Oficial de Canarias, que complementarán las Normas Técnicas Generales que se aprueban como anexo de este Decreto”.

En función de ello, para la producción, transformación o comercialización de un determinado producto, se hace necesario el cumplimiento, no sólo de las Normas Técnicas Generales recogidas en el anexo del Decreto citado, sino de las Normas Técnicas Específicas que se aprueban con esta Orden.

En virtud de lo expuesto, y a propuesta de la Dirección General de Desarrollo Agrícola,

DISPONGO:

Artículo único.- Se aprueban las Normas Técnicas Específicas de Producción Integrada para la Papa en Canarias, que se recogen como anexo a esta Orden.

DISPOSICIÓN FINAL

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

ANEXO

<a href="http://www.gobcan.es/boc/anexos/2004/157/00004-00020.pdf">Normas técnicas específicas de producción integrada para la papa en Canarias</a>

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