Diario del Derecho. Edición de 05/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 01/06/2004
 
 

ORDEN

01/06/2004
Compartir: 

UNI/179/2004, de 27 de mayo, de modificación de la Orden UNI/139/2004, de 29 de abril, por la que se revoca la adscripción de la Escuela Universitaria de Trabajo Social de la Universidad de Barcelona y se implantan los estudios de diplomado o diplomada en trabajo social.

Mediante la Orden UNI 139/2004, de 29 de abril (DOGC núm. 4127, de 6.5.2004), se revocó la adscripción de la Escuela Universitaria de Trabajo Social de la Universidad de Barcelona, por cese progresivo de las actividades académicas del Centro.

Dado que debe garantizarse el derecho de los estudiantes de la Escuela Universitaria de Trabajo Social a finalizar los estudios de diplomado o diplomada en trabajo social con un rendimiento académico normal;

A propuesta del director general de Universidades,

Ordeno:

Artículo 1

En el apartado 2.2 de la Orden UNI 139/2004, de 29 de abril, donde dice “A partir del curso 2004-2005,...”, debe decir “A partir del curso 2005-2006,...”.

Artículo 2

Se modifica el apartado 2.3 de la mencionada Orden, que queda redactado de la siguiente manera:

“La Universidad de Barcelona garantizará los mecanismos para que los alumnos de la Escuela Universitaria de Trabajo Social con un rendimiento académico normal puedan finalizar sus estudios.”

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOGC.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Reitera el Supremo que el control judicial de los acuerdos de denegación de indulto se encuentra limitado a si se han solicitado los informes que la Ley establece como preceptivos
  2. Estudios y Comentarios: La centralidad de la Constitución; por Gonzalo Rubio Hernández-Sampelayo, Profesor de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense
  3. Tribunal Supremo: Si el empresario delega de manera válida y efectiva las funciones de prevención de riesgos en un técnico o profesional cualificado y cumple con su deber de supervisión, puede quedar exonerado de responsabilidad penal en caso de accidente de un trabajador
  4. Actualidad: El Gobierno concede la nacionalidad española a 171 descendientes de miembros de las Brigadas Internacionales
  5. Actualidad: Seis meses de inhabilitación a un guardia civil por guardarse una denuncia contra agentes por robos en Córdoba
  6. Tribunal Supremo: La empresa está obligada a acreditar que el trabajador cumple los requisitos exigidos en el Convenio colectivo de Iberia LAE, SA, y sus tripulantes de cabina de pasajeros, para su progresión profesional
  7. Tribunal Supremo: La indemnización legal por despido -colectivo, objetivo o disciplinario- no computa a efectos del acceso al subsidio de desempleo, pero sí la superior a dicho umbral
  8. Actualidad: El Supremo propone juzgar a Ábalos, Koldo y De Aldama por presuntas irregularidades en la compra de mascarillas
  9. Actualidad: El PE da el primer paso para que las eurodiputadas puedan delegar su voto al final del embarazo y tras dar a luz
  10. Tribunal Supremo: La falta de prueba pericial de la autenticidad de las conversaciones de WhatsApp no implica necesariamente y en todos los casos que su contenido no pueda ser objeto de valoración cuando a través de otras vías se puede descartar su manipulación

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana