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MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DEL COLEGIO DE DOCTORES Y LICENCIADOS EN CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIOLOGÍA DE CATALUÑA

03/06/2004
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Resolución JUS/1540/2004, de 24 de mayo, de modificación de los Estatutos del Colegio de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología de Cataluña (DOGC de 2 de junio de 2004). Texto completo.

RESOLUCIÓN JUS/1540/2004, DE 24 DE MAYO, DE MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DEL COLEGIO DE DOCTORES Y LICENCIADOS EN CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIOLOGÍA DE CATALUÑA

Preámbulo

Considerando la Resolución de 30 de mayo de 1990, publicada en el DOGC núm. 1308, de 22.6.1990, por la que se declaró la adecuación a la legalidad, se dispuso la inscripción en el Registro de colegios profesionales de la Generalidad de Cataluña y la publicación de los Estatutos del Colegio de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología de Cataluña, y considerando las resoluciones de 23 de noviembre de 1990 (DOGC núm. 1376, de 5.12.1990), 23 de marzo de 1992 (DOGC núm. 1579, de 6.4.1992), 16 de junio de 1997 (DOGC núm. 2422, de 30.6.1997) y 1 de diciembre de 1998 (DOGC núm. 2786, de 15.12.1998), de modificación de los Estatutos;

Considerando la modificación del artículo 3 de los Estatutos, aprobada en Junta general ordinaria de 16 de octubre de 2003;

Considerando la Ley 13/1982, de 17 de diciembre, de colegios profesionales, y el Decreto 329/1983, de 7 de julio, de aprobación del reglamento que la despliega; el Decreto 213/1983, de 31 de mayo, por el que se delegan en el consejero de Justicia funciones atribuidas al Departamento de la Presidencia; la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y la Resolución de 11 de mayo de 1999, de publicación de las relaciones de procedimientos administrativos regulados por la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 2898, de 28.5.1999);

Visto que el artículo modificado se adecua a la legalidad;

Visto que el presente expediente ha sido promovido por persona legitimada, que se han aportado los documentos esenciales y que se han cumplido todos los trámites establecidos;

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 79 y 80 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

A propuesta de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas,

Resuelvo:

Primero

Declarar la adecuación a la legalidad de la modificación del artículo 3 de los Estatutos del Colegio de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología de Cataluña y disponer su inscripción en el Registro de colegios profesionales de la Generalidad de Cataluña.

Segundo

Disponer que se publique en el DOGC la modificación de los Estatutos mencionados como anexo de esta Resolución.

ANEXO

Artículo 3. Sede.

La sede social del Colegio de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología de Cataluña se fija en la calle Roger de Llúria, 155-157, entresuelo 1ª, 08037 Barcelona.

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