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LA CONVOCATORIA ILEGAL DE UN REFERÉNDUM SERÁ DELITO

28/11/2003
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El Consejo de Ministros, en su reunión del viernes, ha analizado un informe presentado por el Ministro de Justicia, José María Michavila, en el que se detallan medidas para garantizar el sistema democrático en su lucha contra el terrorismo, la expresión de la soberanía popular y los derechos de las víctimas del terrorismo.

El Ministro de Justicia, José María Michavila, informó que en el Título XXII del Código Penal, dedicado a recoger los “Delitos contra la Constitución” y en su Capítulo III “Delito contra las Instituciones del Estado y la división de poderes”, se añadirá un nuevo artículo 506 bis para evitar la usurpación de funciones constitucionales convocando ilegalmente procesos electorales o referéndum.

Asimismo, en el Capítulo IV dentro de los “Delitos relativos al ejercicio de los derechos fundamentales y las libertades públicas” se establecerá un nuevo artículo 521 bis y, a fin de evitar que se pueda financiar impunemente con dinero de los ciudadanos a partidos políticos o grupos parlamentarios ilegalizados por ser instrumento del terrorismo, se añadirá un nuevo artículo 576 bis en el mismo texto legal.

Con esta reforma del Código Penal se pretende que la convocatoria de un referéndum -como ha propuesto el Lehendakari Juan José Ibarretxe con su Propuesta de Estatuto Político de la Comunidad de Euskadi- sea un delito castigado con entre tres y cinco años de cárcel y entre seis y diez años de inhabilitación absoluta.

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