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  • EDICIÓN DE 17/11/2003
 
 

BORRADOR DE REGLAMENTO QUE REGULARÁ LA FIGURA DEL RESERVISTA VOLUNTARIO O MILITAR A TIEMPO PARCIAL

17/11/2003
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El Ministerio de Defensa ha remitido a los Ministerios de Hacienda, Administraciones Públicas y Trabajo el borrador de reglamento que regulará la figura del reservista voluntario o “militar a tiempo parcial” y que establecerá periodos de formación de una semana anual para la instrucción marcial de estos voluntarios.

Los Ministerios de Hacienda, Administraciones Públicas y Trabajo podrán hacer ahora las alegaciones que estimen oportunas sobre el texto elaborado en el Ministerio de Defensa, que se materializará en un Real Decreto que aprobará el Consejo de Ministros a finales de diciembre.

Inmediatamente después de su aprobación se publicará la convocatoria de mil plazas de reservistas voluntarios. Los militares a tiempo parcial firmarán un compromiso de dos o tres años con las Fuerzas Armadas, periodo durante el cual podrán optar a su vez a las plazas para activar a los reservistas.

Estos “reservistas activados” serán especialistas que son llamados a las Fuerzas Armadas durante espacios de tiempo concretos para misiones específicas, ya sea en España o en el extranjero.

El Ministerio de Defensa ha reservado una partida de unos 2 millones de euros para las retribuciones del personal reservista voluntario en 2004 y convocará plazas tanto para personal de tropa como para suboficiales y oficiales, celebrará las pruebas para seleccionar a los candidatos y procederá a las primeras incorporaciones a lo largo de ese año.

Paralelamente a este Reglamento, el Gobierno, a través de la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos Generales, ha ampliado hasta los 61 años la edad máxima de estos “militares a tiempo parcial”.

Concretamente, ha elevado de 40 a 61 años la edad máxima de los oficiales y suboficiales reservistas y de 38 a 55 la de los soldados.

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