En las alegaciones planteadas ante el Tribunal Constitucional por el Parlamento vasco se considera que los argumentos esgrimidos por el abogado del Estado para impugnar la Ley pueden ser “homofóbicos”.
Por ello, tanto el Gobierno vasco como el Parlamento vasco solicitan que se desestime la totalidad del recurso y se declare la constitucionalidad de la posibilidad de adopción de niños por parte de las parejas homosexuales.
A su juicio, la Ley de Parejas de Hecho se circunscribe dentro de las resoluciones de la Unión Europea a favor de hacer desaparecer “todas las formas de discriminación, legislativa o de facto, de las que todavía son víctimas los homosexuales, en particular en materia de derecho a contraer matrimonio y de adopción de niños”.
Además, los servicios jurídicos de ambas instituciones vascas afirman que existen precedentes en el Derecho Foral Vasco que demuestran que regulaba las adopciones, al margen del régimen existente en el resto del Estado, aunque precisan que no se hacía por Ley, sino por costumbre.
Asimismo, se refieren a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional que “no excluye que, por el legislador, se pueda establecer un sistema de equiparación” con el resto de parejas para que “los convivientes homosexuales puedan llegar a beneficiarse de los plenos derechos y beneficios, tal y como propugna el Parlamento Europeo”.