La Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos establece que corresponde a las Comunidades Autónomas, dentro de sus competencias, la elaboración de los planes autonómicos de residuos y la autorización, vigilancia, inspección y sanción de las actividades de producción y gestión de residuos.
En base a esto, el Decreto 48/2003 aprueba en el ámbito de la Región de Murcia el Plan de Residuos Urbanos y de Residuos No Peligrosos que contiene la regulación no sólo de los residuos una vez generados, sino también los que están en la fase previa a su generación.
Asimismo, el Decreto regula las actividades de los productores, importadores y adquirentes intracomunitarios y, en general, las de cualquier persona que ponga en el mercado productos generadores de residuos.
Establece el Decreto 48/2003 que los municipios de la Región de Murcia, adaptarán sus ordenanzas municipales y elaborarán los planes de gestión de residuos urbanos de la forma y en los plazos establecidos en el mismo.
Ley 10/1998, de 21 de abril, por la que se dictan las normas reguladoras de los residuos puede consultarse en el Libro Séptimo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.