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EL CONSEJO DE MINISTROS APROBARÁ ESTE VIERNES UNA REFORMA DE MÁS DE VEINTE ARTÍCULOS DE LA LEY DE EXTRANJERÍA

20/05/2003
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La nueva reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social simplificará los trámites de los inmigrantes que se encuentren en situación legal, pero reforzará los mecanismos de detención, internamiento y expulsión.

José María Aznar ha anunciado que el Consejo de Ministros aprobará este viernes una reforma de la Ley de Extranjería, a pesar de la opinión de algunos miembros del Ejecutivo que, conscientes de la importancia de esta medida, hubieran preferido alejarla del debate electoral.

La nueva reforma está basada en facilitar la situación de los inmigrantes legales, mientras se penaliza y endurece la legislación de los inmigrantes ilegales en España. Esta reforma consiste fundamentalmente en incorporar los preceptos anulados por la Sentencia del Tribunal Supremo de 20 de marzo de 2003.

Para favorecer la inmigración legal, la medida que se aprobará es la de simplificar la gestión de permisos y visados, de tal forma que en un solo trámite el visado concedido en el país de origen sirva como permiso de residencia y de trabajo.

Así, se otorgará validez de residencia y de permiso de trabajo a los visados de los extracomunitarios. Una vez que el inmigrante ha firmado el contrato en el país de origen y el consulado español le ha concedido el visado, este documento tendrá el efecto de un permiso laboral. En el nuevo visado, que deberá contar con un informe favorable del INEM, tendrá que constar, entre otros requisitos, el sector de actividad en el que va a estar empleado el inmigrante.

Por tanto, el inmigrante que llegue de manera legal con una oferta de trabajo no deberá volver a repetir en España los mismos trámites que realizaba en su país.

Contra la inmigración ilegal, la nueva reforma propone reforzar los procedimientos de detención, internamiento y expulsión, reforzar el cuadro de sanciones y aumentar las obligaciones de los transportistas.

El nuevo texto incorpora los actuales criterios de empadronamiento de inmigrantes e incluye medidas que suponen en la práctica un endurecimiento de estos requisitos. La reforma contiene medidas que obligarán a los consistorios a cumplir con la norma que les obliga a pedir a los extracomunitarios un documento oficial expedido por las autoridades españolas o por las de su propio país de origen para poder ser empadronados en un municipio. En la actualidad, existen grandes diferencias en los requisitos que exige cada municipio para empadronar a los inmigrantes.

La reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social incluye también una serie de medidas legislativas que pretenden evitar el fraude y los abusos que se cometen a menudo con los inmigrantes en nuestro país, como es la venta de permisos de trabajo o de cartas de invitación falsas que les facilita la entrada en España.

La trasposición a la nueva Ley de cuatro directivas europeas permitirá, entre otras cuestiones, agilizar los trámites de expulsión de los irregulares. De esta manera, si un país de la Unión Europea dicta una orden de expulsión contra un inmigrante irregular, ésta se podrá llevar a cabo desde España si la persona se encuentra en nuestro país.

Respecto a los transportistas, la nueva norma incorporará otra directiva comunitaria que incluye el aumento de las obligaciones que en la actualidad se les exige a los transportistas para que se impliquen en la lucha contra la inmigración ilegal en el marco de la Unión Europea.

Por otro lado, el Tribunal Supremo anuló el pasado mes de marzo 13 preceptos del Reglamento de la Ley de Extranjería. El Gobierno tenía de plazo hasta el 9 de junio para adecuar la norma. La consecuencia más importante de este fallo es que convierte en nulos de pleno derecho los artículos reglamentarios declarados ilegales como si nunca hubieren existido.

Ahora, el Gobierno ha trasladado al Anteproyecto de Ley puntos anulados por el Tribunal Supremo. Entre ellos, el que se refiere a las devoluciones de inmigrantes y al internamiento de éstos. La actual norma contempla el internamiento del extranjero cuando se haya dictado acuerdo de devolución a su país. El Tribunal Supremo entendió que la medida vulnera la Ley ya que ésta distingue entre devolución por vulnerar la prohibición de entrada en España, y devolución de los que pretenden entrar de manera ilegal en el país. El Gobierno clarifica en el nuevo texto legal los criterios para internar a los inmigrantes.

Asimismo, el Ejecutivo ha acometido en el nuevo texto legal una nueva regulación del reagrupamiento familiar como consecuencia del fallo del Tribunal Supremo, que dice que exigir la obtención de un segundo permiso de residencia, como ocurre en la actualidad, limita el derecho de los inmigrantes que se encuentran en esta situación.

El Presidente del Gobierno añadió que la reforma mantiene íntegramente el catálogo de derechos de los extranjeros en España y determinados derechos de asistencia sanitaria y educativa.

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