La Ley 8/1997, de 30 de octubre, del Estatuto del Consumidor y Usuario de la Comunidad Autónoma de Aragón ordena a las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma que fomenten el respeto de los legítimos intereses económicos y sociales de los consumidores y usuarios.
En el mismo texto legal se regula el derecho a la información veraz, completa, objetiva y eficaz sobre los bienes y servicios puestos a disposición en el mercado.
El Decreto 82/2003 se dicta para llevar a cabo esos mandatos en materia de enseñanzas no dirigidas a la obtención de títulos con calidez académica.
No regula el Decreto autonómico de forma general este tipo de enseñanzas, sino que tan sólo incide en el aspecto concreto de la protección del consumidor que contrata con una persona privada la realización de uno o varios cursos o enseñanzas que versan sobre una determinada materia pero que no conducen a la obtención de un título académico oficial.
El Decreto 82/2003 pretende que tanto los usuarios de este tipo de servicios, como los centros y entidades que imparten estas enseñanzas sean conocedores de los derechos y obligaciones que corresponden a cada una de las partes.
Igualmente, el Reglamento que aprueba el Decreto establece la intervención administrativa en la organización, información al usuario y publicidad de estas enseñanzas así como en el reconocimiento de los derechos de reclamación y de obtención de diplomas y justificantes.
La Ley 8/1997, de 30 de octubre, del Estatuto del Consumidor y Usuario de la Comunidad Autónoma de Aragón puede consultarse en el Libro Séptimo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.