La mediación familiar es una fórmula para resolver conflictos familiares, donde los miembros de la familia en conflicto solicitan y aceptan la intervención confidencial de una tercera persona ajena, neutral y cualificada, denominada mediador, que trabajará con y para la consecución de un acuerdo justo, duradero y aceptable para los familiares en conflicto, en el sentido de mantener las responsabilidades de cada miembro de la familia, especialmente en relación con los hijos.
La Ley 15/2003 tiene como finalidad la adopción de esta institución en la Comunidad Autónoma Canaria, y establece la mediación como un sistema voluntario y extendido a cualquier conflicto que pueda surgir entre cónyuges, parejas de hecho, entre padres e hijos o entre hijos, y, en general, entre familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad o aquellos que surjan entre personas adoptadas y sus familiares biológicos o adoptivos.
La Ley contempla la posibilidad de que los ciudadanos con pocos recursos puedan acceder a estos servicios mediante el establecimiento de un mecanismo similar a la justicia gratuita o turno de oficio.
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<a href="http://www.gobcan.es/boc/2003/085/002.html">Ley 15/2003, de 8 de abril, de la mediación familiar</a>