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Consejería de Justicia y Administración Pública

12/03/2003
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Plaza de la Gavidia, 10.

41007 - Sevilla

Teléfono: 955.03.18.00

Fax: 955.03.18.35

www.junta-andalucia.es

[email protected]

JUNTA DE ANDALUCIA

Consejería de Justicia y Administración Pública

Cuerpo: Letrados de la Junta de Andalucía

Titulación: Licenciado en Derecho

Plazas: 10

Plazo de Presentación de Instancias: 21.03.2003

Convocatoria: BOJA 25.02.2003

CONSEJERIA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACION PUBLICA

ORDEN de 10 de febrero de 2003, por la que se

convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo

de Letrados de la Junta de Andalucía (A.3000).

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 177/2002,

de 18 de junio, por el que se aprueba la Oferta de Empleo

Público correspondiente a 2002, con sujeción a lo dispuesto

en el Decreto 450/2000, de 26 de diciembre, por el que se

aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del

Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucia y del Cuerpo de

Letrados de la Junta de Andalucía, y en uso de las facultades

atribuidas en los artículos 5 y 37.1 de la Ley 6/1985, de

Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y

de acuerdo con lo regulado en la Ley 8/1993, de 19 de octubre,

de Creación del Consejo Consultivo de Andalucía, esta

Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas de acceso

al Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía, de conformidad

con las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 10 plazas

en el Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía, cobertura

que, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2.º de la

Disposición Adicional 2.ª de la Ley 8/1993, de 19 de octubre,

de Creación del Consejo Consultivo de Andalucía, tendrá lugar

por el sistema de oposición libre.

1.2. El procedimiento de selección constará de los siguientes

ejercicios:

1.2.1. Primer ejercicio. De carácter teórico y oral.

Consistirá en exponer durante un tiempo máximo de 65

minutos siete temas: Dos de Derecho Civil, uno de Derecho

Hipotecario, dos de Derecho Procesal, uno de Derecho Mercantil,

y uno de Derecho Laboral; todos ellos de los contenidos en

el programa de materias aprobado por Orden de 23 de octubre

de 2002 de esta Consejería de Justicia y Administración

Pública (BOJA núm. 134, de 16 de noviembre de 2002). Los

temas serán designados a la suerte, y el tiempo dedicado a la

exposición de cada uno no podrá ser inferior a cinco minutos,

pudiendo el Tribunal, por unanimidad, dar por terminada la

intervención del aspirante si, una vez concluida la exposición

del tercero de los temas, ésta no alcanzase, de forma manifiesta,

la puntuación mínima establecida en la base 7 de la

presente convocatoria, o no cubriese el tiempo mínimo exigido

para cada tema.

1.2.2. Segundo ejercicio. De carácter práctico. Podrán concurrir

únicamente los aspirantes que hubieran superado el primer

ejercicio. Consistirá en realizar alguna actuación escrita

sobre un asunto judicial, en que sea parte la Junta de Andalucía

o sus Organismos Autónomos.

1.2.3. Tercer ejercicio. De idiomas. Podrán concurrir únicamente

los aspirantes que hubieran superado los dos ejercicios

anteriores. Consistirá en acreditar oralmente ante el

Tribunal, durante un tiempo máximo de treinta minutos, el conocimiento

suficiente de lectura y traducción del idioma extranjero

que el opositor haya escogido entre los oficiales de la Unión

Europea. El Tribunal podrá ser asistido por los asesores especialistas

que se designen.

1.2.4. Cuarto ejercicio. De carácter teórico y oral. Podrán

concurrir únicamente los aspirantes que hubieran superado los

tres ejercicios anteriores.

Consistirá en exponer, durante un tiempo máximo de 65

minutos, siete temas, de los contenidos en el programa de

materias: Dos de Derecho Constitucional –uno de ellos de los

números 1 al 20 inclusive del programa y el otro del resto de

los de la misma materia–, uno de Derecho Internacional Público

y Comunitario Europeo, dos de Derecho Administrativo –uno

de ellos de los números 1 al 31 inclusive del programa y el otro

del resto de los de la misma materia–, uno de Hacienda Pública

y uno de Derecho Penal. Todos ellos de los contenidos en el

programa de materias aprobado por la Orden de esta Consejería

de 23 de octubre de 2002, antes referido. Los temas serán

designados a la suerte, y el tiempo dedicado a la exposición

de cada uno no podrá ser inferior a cinco minutos, pudiendo

el Tribunal, por unanimidad, dar por terminada la intervención

del aspirante si, una vez concluida la exposición del tercero de

los temas, ésta no alcanzase, de forma manifiesta, la puntuación

mínima establecida en la base 7 de la presente convocatoria,

o no cubriese el tiempo mínimo exigido para cada tema.

1.2.5. Quinto ejercicio. De carácter práctico. Podrán participar

los aspirantes que hayan superado los cuatro ejercicios

anteriores. Consistirá en informar por escrito sobre algún asunto

jurídico en que esté interesada la Administración Pública.

1.2.6. Para preparar la exposición oral de los ejercicios primero

y cuarto, se concederá al opositor un tiempo de diez

minutos.

Para el desarrollo de los ejercicios segundo y quinto los

opositores dispondrán de un tiempo máximo de ocho horas en

cada uno de ellos, pudiendo consultar textos legales y jurisprudencia

no comentada.

1.3. El primer ejercicio de la oposición no comenzará antes

del día 21 de abril de 2003, determinándose el lugar y fecha

del comienzo del primer ejercicio en la Resolución que se menciona

en la base 4.3.

La lista de aspirantes admitidos y excluidos se expondrá,

en todo caso, en el Instituto Andaluz de Administración Pública,

calle María Auxiliadora núm. 13, Sevilla, 41003; en las dependencias

de la Consejería de Justicia y Administración Pública,

sita en la Plaza de la Gavidia, núm. 10, Sevilla, 41071, en las

Delegaciones del Gobierno de Andalucía y en las Delegaciones

de Justicia y Administración Pública, en todas las provincias

andaluzas.

1.4. El segundo ejercicio y los sucesivos tendrán lugar no

antes de los cinco días hábiles, ni después de los cuarenta y

cinco días hábiles siguientes al de terminación del ejercicio

anterior.

1.5. Las pruebas selectivas se realizarán en la ciudad de

Sevilla.

1.6. El orden de intervención de los opositores, en aquellos

ejercicios que así lo requieran, se iniciará alfabéticamente

por el primero de ellos cuyo primer apellido comience por la

letra Z, de conformidad con lo establecido en la Resolución de

la Secretaría General para la Administración Pública, de 27 de

mayo de 2002, por la que se publica el resultado del sorteo

público celebrado en esa misma fecha (BOJA núm. 73, de 22

de junio de 2002).

1.7. En las pruebas selectivas se establecerán para las personas

con minusvalía que lo soliciten, de acuerdo con la base

3.5, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización.

1.8. De conformidad con lo dispuesto en la Sección 1.ª,

Capítulo I, de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, los aspirantes

deberán hacer efectiva por cada solicitud que presenten

a la convocatoria una tasa de inscripción de 33,85 euros.

La tasa indicada deberá liquidarse utilizando el impreso oficial

Modelo 046 de autoliquidación de tasas, del órgano gestor

Instituto Andaluz de Administración Pública, aprobado por Orden

de la Consejería de Economía y Hacienda de 26 de diciembre

de 2001, que podrá obtenerse en las Delegaciones de la

Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de

Andalucía en las distintas provincias y abonarse en cualquier

sucursal de las entidades financieras reconocidas como colaboradoras

de la Junta de Andalucía que se relacionan en el

mismo impreso.

Para la adecuada utilización del impreso deberá comprobarse

que contiene los siguientes datos: En el espacio destinado

a la Consejería competente: <<Consejería de Justicia y

Administración Pública>>; en la línea de puntos destinada a

señalar el órgano gestor del servicio: <<Instituto Andaluz de

Administración Pública>>; en los recuadros reservados al código

territorial del órgano o Consejería competente: El número IA 00

00; en la casilla correspondiente al concepto (04 del impreso):

El código 0005; y en la descripción de la liquidación (número

36 del impreso):<<Por inscripción en las convocatorias para

selección del personal al servicio de la Junta de Andalucía>>.

De no recogerse alguno de los datos referidos, deberá ser cumplimentada

por el solicitante.

La acreditación del pago de la tasa se realizará adjuntando

a la solicitud el ejemplar para la Administración del referido

impreso Modelo 046, en el que deberá constar la validación

mecánica de la entidad financiera donde se efectúe el ingreso,

la sucursal, el importe y la fecha del mismo.

La falta de acreditación del pago de la tasa determinará

la exclusión del solicitante.

Además, en el espacio reservado a este fin en el modelo

de solicitud, deberá consignarse el código numérico identificativo

del impreso 046 de autoliquidación de la tasa que se

recoge en la parte superior del código de barras de cada ejemplar

(espacio 01 del impreso).

En ningún caso, la mera presentación de la acreditación

del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación,

en tiempo y forma, de la solicitud de participación

de acuerdo con lo dispuesto en la convocatoria.

1.9. Quedarán exentos del pago de la tasa aquellos solicitantes

que acrediten su condición de minusválidos en un

grado igual o superior al 33%, mediante original o copia compulsada

del certificado de minusvalía emitido por el órgano

competente del Instituto Andaluz de Servicios Sociales u órganos

similares de otras Administraciones Públicas, y que se

encuentre revisado a la fecha de finalización del plazo de presentación

de instancias.

2. Requisitos para los candidatos.

2.1. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas

selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad.

c) Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho.

d) No padecer enfermedad, ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño

de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de cualquiera de las administraciones

Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones

públicas.

f) Haber abonado la correspondiente tasa a que hace mención

el apartado 1.8 de la base anterior.

2.2. Los requisitos anteriores deberán poseerse en el

momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y

mantenerse durante el proceso selectivo, hasta el nombramiento

como funcionario de carrera.

3. Solicitudes.

3.1. La solicitud tendrá que formularse, necesariamente,

en el impreso oficial numerado que será facilitado en el Instituto

Andaluz de Administración Pública, en las dependencias de la

Consejería de Justicia y Administración Pública, en las

Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía y en las

Delegaciones de Justicia y Administración Pública en cada una

de las provincias andaluzas.

3.2. Las solicitudes, dirigidas al Ilmo. Sr. Director del

Instituto Andaluz de Administración Pública, se presentarán en

el Registro General del citado Instituto, calle María Auxiliadora

núm. 13, Sevilla, 41071; en las Delegaciones del Gobierno de

la Junta de Andalucía y en las Delegaciones de Justicia y

Administración Pública en cada una de las provincias andalu-

zas o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días hábiles,

contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria

en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas

de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y

selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero

podrán cursarse, en el plazo expresado anteriormente, a través

de representaciones diplomáticas o consulares, que las

remitirán seguidamente al Instituto Andaluz de Administración

Pública.

3.3. Los aspirantes harán constar en la solicitud el sistema

de acceso libre y, asimismo, tendrán que identificar en

la solicitud esta convocatoria de forma inequívoca, consignando,

entre otros extremos, el código A3000, correspondiente al

Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía.

3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del

interesado.

3.5. Los aspirantes con minusvalía, cualquiera que sea su

grado de discapacidad, deberán indicarlo en la solicitud, para

lo cual se utilizará el espacio destinado para ello. Asimismo,

podrán solicitar, expresándolo en el espacio <<otros datos>>, las

posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización

de los ejercicios cuando sean necesarias.

3.6. Todos los aspirantes señalarán en el apartado 3 de

la solicitud <<otros datos>> el idioma escogido para el tercer ejercicio.

4. Admisión de los aspirantes.

4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el

Ilmo. Sr. Director del Instituto Andaluz de Administración Pública,

por delegación de la Excma. Sra. Consejera de Justicia y Administración

Pública, dictará Resolución declarando aprobada la

lista provisional de admitidos, así como la de excluidos con

indicación de las causas y plazos de subsanación de defectos.

Dicha Resolución se publicará en el BOJA y en ella se señalarán

los lugares en los que se encontrarán expuestas al público

las listas certificadas.

4.2. Con objeto de posibilitar la subsanación de errores,

los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días, contados

a partir del siguiente al de publicación de la Resolución, para

subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión

de la lista de admitidos y excluidos.

4.3. Transcurrido el plazo indicado en la base anterior, por

Resolución del Ilmo. Sr. Director del Instituto Andaluz de

Administración Pública, se declararán aprobados los listados

definitivos de opositores, que se expondrán en los mismos lugares

indicados en la base 4.1. Procederá la devolución de la tasa

que se hubiere exigido cuando no se realice su hecho imponible

por causas no imputables al sujeto pasivo. La exclusión por

no cumplir los requisitos o por no aportarlos documentos exigidos

en la convocatoria no da lugar a la devolución de los derechos

de examen.

Aquella Resolución se publicará en el BOJA, y en ella se

señalará el lugar de celebración, fecha y hora de comienzo del

primer ejercicio.

4.4. Contra dicha Resolución, que agota la vía administrativa,

podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso

de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Justicia y

Administración Pública, en el plazo de un mes a contar desde

el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos

116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo

ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos

meses desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad

con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998,

de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa.

5. Tribunal.

5.1. El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas será

el que figura en el Anexo I de esta Orden.

Podrán asistir a las sesiones del Tribunal las Centrales

Sindicales que forman parte de la Mesa Sectorial de Negociación

de Administración General de la Junta de Andalucía. A

estos efectos, por el Director del Instituto Andaluz de Administración

Pública se solicitará de cada una de las Organizaciones

Sindicales antes aludidas la designación de un representante

para que se incorpore a las reuniones del Tribunal, designación

que deberá realizarse en el plazo de quince días naturales

contados a partir de la recepción de la notificación del

Director del Instituto Andaluz de Administración Pública.

Transcurrido el plazo sin efectuarse dicha designación, se entenderá

que se renuncia a la referida posibilidad de asistencia.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Ilmo. Sr. Director del Instituto Andaluz

de Administración Pública, cuando concurran en ellos las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación

de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años

anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros

del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en

el párrafo anterior.

El Presidente podrá exigir a los miembros del Tribunal declaración

expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en dicho artículo.

El plazo para solicitar la renuncia o manifestar la abstención

será de diez días naturales a partir de la publicación en

el BOJA de la presente convocatoria o desde que se manifieste

la correspondiente causa.

5.3. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de

la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos,

se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su

caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de

sus miembros.

5.4. El Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran

surgir en la aplicación de estas bases, así como lo que proceda

en los casos no previstos.

5.5. El Tribunal Calificador adoptará las medidas pertinentes

para que los aspirantes con minusvalías, que así lo indiquen

en las solicitudes, gocen de similares condiciones que el

resto de los participantes para la realización de estos ejercicios.

En este sentido, se establecerán para ello las adaptaciones

necesarias de tiempo y medios para su realización.

5.6. A efectos de comunicaciones y demás incidencias,

el Tribunal tendrá su sede en la Consejería de Presidencia,

C/ Alfonso XII núm. 17, Sevilla, 41001.

5.7. El Tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la categoría

primera de las recogidas en el artículo 32.2 del Decreto

54/1989, de 21 de marzo (BOJA núm. 31, de 21 de abril).

5.8. En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar

que han superado las pruebas selectivas un número superior

de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta

que contravenga este limite será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio

en un solo llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes

no comparezcan.

6.2. La publicación de los sucesivos anuncios del comienzo

del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal

en el lugar donde se haya celebrado el primero, en el Instituto

Andaluz de Administración Pública, en las Delegaciones del

Gobierno de la Junta de Andalucía y en las Delegaciones de la

Consejería de Justicia y Administración Pública, en cada una

de las provincias andaluzas, al menos, con veinticuatro horas

de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.

Las sucesivas sesiones correspondientes a un mismo ejercicio

serán convocadas por el Tribunal al término de la sesión

anterior y se publicarán en el lugar de celebración de ésta, con

doce horas, al menos, de antelación al comienzo de aquéllas.

6.3. En cualquier momento, los opositores podrán ser

requeridos por el Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.

6.4. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara

a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece

de los requisitos necesarios o que se ha producido variación

de las circunstancias alegadas en la solicitud de participación

de la convocatoria, podrá declarar por sí la oportuna rectificación

o, en su caso, proponer al Director del Instituto Andaluz

de Administración Pública para que, previa audiencia del interesado,

resuelva, por delegación de la Consejera de Justicia y

Administración Pública y de forma motivada, lo que proceda.

7. Calificación de los ejercicios.

7.1. La calificación de los ejercicios se hará mediante papeletas,

una por cada miembro del Tribunal, en las que se consignará

el nombre y el número del opositor con la calificación

obtenida.

El número de puntos para la calificación será de 0 a 5 por

cada tema de los ejercicios teóricos, de 0 a 30 para el conjunto

del ejercicio de cada uno de los prácticos y de 0 a 5 puntos

en el ejercicio de idiomas.

Para determinar la puntuación obtenida, se sumarán los

puntos de todas las papeletas, dividiéndose por el número de

éstas.

El opositor que en cualquier ejercicio no alcance la puntuación

correspondiente a la mitad de la máxima posible, con

arreglo a lo dispuesto anteriormente, quedará eliminado de la

oposición.

7.2. La calificación final de las pruebas vendrá determinada

por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios

de la oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a

la mayor puntuación de los ejercicios prácticos.

8. Lista de aprobados, presentación de documentación y

solicitud de destino.

8.1. Finalizados los ejercicios de la oposición, el Tribunal

hará pública, en el lugar de celebración del último ejercicio y

en los lugares mencionados en la base 6.2, la relación definitiva

de aprobados por orden de puntuación, en la que constarán

el nombre, el DNI y las calificaciones de cada uno de los

ejercicios.

Dicha relación será elevada a la Consejera de Justicia y

Administración Pública con propuesta de nombramiento de

funcionarios de carrera.

8.2. El Tribunal se disolverá una vez que la Excma. Sra.

Consejera de Justicia y Administración Pública haya nombrado

funcionarios de carrera a los aspirantes que hayan superado

las pruebas selectivas y cumplan todos los requisitos establecidos

en esta convocatoria.

8.3. La Consejería de Justicia y Administración Pública, a

través de la Secretaría General para la Administración Pública,

resolverá, de acuerdo con las necesidades de ordenación de

efectivos, la oferta de vacantes a los aspirantes seleccionados

en las pruebas. En ésta figurará, al menos, el mismo número

de plazas que aspirantes hayan sido seleccionados. La oferta

se anunciará en el BOJA. Los aspirantes seleccionados dispondrán

de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde la

publicación de dicha relación, para presentar la petición de

destino, a la vista de las vacantes ofertadas, dirigidas al Ilmo.

Sr. Secretario General para la Administración Pública, en el

Registro de la Consejería de Justicia y Administración Pública,

Plaza de la Gavidia núm. 10, Sevilla, 41071, y en las Delegaciones

de la Consejería de Justicia y Administración Pública en

las distintas provincias andaluzas o en la forma establecida en

el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los aspirantes con minusvalía, cualquiera que sea su grado

de discapacidad, podrán instar en la propia solicitud de destino

la adaptación del puesto de trabajo solicitado y que necesariamente

requiera.

Las peticiones de destino, que señalarán el orden de preferencia

de los puestos, deberán ir acompañadas de los

siguiente documentos:

a) Fotocopia del DNI.

b) Fotocopia del título académico oficial exigido para el

ingreso en el Cuerpo o de la justificación acreditativa de haber

solicitado y abonado los correspondientes derechos para su

obtención, compulsada conforme a lo establecido en el Decreto

204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas

organizativas para los servicios administrativos de atención

directa a los ciudadanos, y la Orden de la Consejería de Gobernación

de 1 de diciembre de 1995 (BOJA núm. 165, de 23 de

diciembre).

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,

mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna

Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio

de funciones públicas.

d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad

ni limitación física o psíquica que imposibilite para el

servicio.

Los aspirantes que tengan la condición de minusválidos

deberán presentar certificación de los órganos competentes

del Instituto Andaluz de Servicios Sociales u Organismos similares

de otras Administraciones Públicas, que acredite tal condición

y su capacidad para desempeñar tareas que correspondan

a las plazas objeto de esta convocatoria.

Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera

y aquellos otros que estuvieran prestando servicios en la Junta

de Andalucía, estarán exentos de justificar documentalmente

las condiciones y demás requisitos exigidos, siempre que hubiesen

sido inscritos o anotados en el Registro General de Personal

de la Junta de Andalucía.

8.4. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar

los documentos expresados en el apartado anterior,

podrá acreditarse que reúnen las condiciones exigidas en la

convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible

en Derecho.

8.5. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de

fuerza mayor, no presentasen la documentación o de su examen

se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados

en la base 2.1 no podrán ser nombrados funcionarios y

quedarán anuladas las actuaciones relativas a los mismos, sin

perjuicio de las responsabilidades en que hubiesen incurrido

por falsedad en la solicitud inicial.

9. Nombramiento de funcionarios de carrera.

Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado

serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de

Letrados de la Junta de Andalucía, con especificación del destino

adjudicado, mediante Orden de la Consejería de Justicia

y Administración Pública que se publicará en el BOJA.

10. Norma final.

Cuantos actos administrativos se deriven de la presente

convocatoria, de sus bases y de las actuaciones del Tribunal

podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en

la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 10 de febrero de 2003

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Justicia y

Administración Pública

ANEXO I

TRIBUNAL DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA INGRESO

EN EL CUERPO DE LETRADOS DE LA JUNTA DE ANDALUCIA

Presidente: Francisco del Río Muñoz.

Presidente suplente: Manuel Pallarés Moreno.

Vocales:

- José Angel Vázquez García.

- Francisco Capilla Roncero.

- Carlos María Pérez-Embid Wamba.

- Carmen Carretero Espinosa de los Monteros.

- Manuel Andrés Navarro Atienza.

- Manuel Concha Jarava, que actuará como Secretario.

Vocales suplentes:

- Guillermo Sanchís Fernández Mensaque.

- José León-Castro Alonso.

- Jorge González Fernández.

- Beatriz Idígoras Molina,

- María José Santiago Fernández.

- José María Castro Pascual.

Ver Anexo II en páginas 11.335 y 11.336 del BOJA

núm. 75, de 3.7.2001

conformidad con lo establecido en la Relación de Puestos de

Trabajo (en adelante RPT).

Segunda. Participantes.

1. Funcionarios de la Junta de Andalucía.

Podrán participar en el presente concurso todos aquellos

funcionarios de carrera de los Cuerpos y Especialidades de la

Junta de Andalucía que se encuentren en situación de servicio

activo, o en cualquiera de las situaciones administrativas

declaradas por los órganos competentes de la Junta de Andalucía,

y que reúnan los requisitos mínimos establecidos en la

RPT a la fecha de terminación del plazo de presentación de

solicitudes, con las siguientes excepciones:

a) Para participar por primera vez en procedimientos de

concurso, los funcionarios deberán contar con dos años de

servicio activo en la Junta de Andalucía.

b) Funcionarios que no lleven dos años con destino definitivo.

Los funcionarios que no lleven dos años con destino definitivo,

sólo podrán concursar en el ámbito de su Consejería y

Organismos Autónomos de ella dependientes con la excepción

prevista en la letra i) del presente apartado.

A efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, a los funcionarios

que hayan accedido a otro Cuerpo o especialidad por

promoción interna o por integración y permanezcan en el puesto

de trabajo que desempeñaban, se les computará el tiempo de

desempeño de dicho puesto.

Igualmente, a efectos de lo dispuesto en el primer párrafo,

cuando a un funcionario, con ocasión de haber obtenido puesto

en un concurso, se le hubiera diferido el cese en el puesto de

origen, se computará el tiempo desde la resolución por la que

se difiere el cese efectivo como desempeñado en el nuevo

puesto.

c) Funcionarios en situación de suspensión firme.

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