41007 - Sevilla
Teléfono: 955.03.18.00
Fax: 955.03.18.35
www.junta-andalucia.es
JUNTA DE ANDALUCIA
Consejería de Justicia y Administración Pública
Cuerpo: Letrados de la Junta de Andalucía
Titulación: Licenciado en Derecho
Plazas: 10
Plazo de Presentación de Instancias: 21.03.2003
Convocatoria: BOJA 25.02.2003
CONSEJERIA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACION PUBLICA
ORDEN de 10 de febrero de 2003, por la que se
convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo
de Letrados de la Junta de Andalucía (A.3000).
En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 177/2002,
de 18 de junio, por el que se aprueba la Oferta de Empleo
Público correspondiente a 2002, con sujeción a lo dispuesto
en el Decreto 450/2000, de 26 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del
Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucia y del Cuerpo de
Letrados de la Junta de Andalucía, y en uso de las facultades
atribuidas en los artículos 5 y 37.1 de la Ley 6/1985, de
Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y
de acuerdo con lo regulado en la Ley 8/1993, de 19 de octubre,
de Creación del Consejo Consultivo de Andalucía, esta
Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas de acceso
al Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía, de conformidad
con las siguientes:
BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Normas generales.
1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 10 plazas
en el Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía, cobertura
que, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2.º de la
Disposición Adicional 2.ª de la Ley 8/1993, de 19 de octubre,
de Creación del Consejo Consultivo de Andalucía, tendrá lugar
por el sistema de oposición libre.
1.2. El procedimiento de selección constará de los siguientes
ejercicios:
1.2.1. Primer ejercicio. De carácter teórico y oral.
Consistirá en exponer durante un tiempo máximo de 65
minutos siete temas: Dos de Derecho Civil, uno de Derecho
Hipotecario, dos de Derecho Procesal, uno de Derecho Mercantil,
y uno de Derecho Laboral; todos ellos de los contenidos en
el programa de materias aprobado por Orden de 23 de octubre
de 2002 de esta Consejería de Justicia y Administración
Pública (BOJA núm. 134, de 16 de noviembre de 2002). Los
temas serán designados a la suerte, y el tiempo dedicado a la
exposición de cada uno no podrá ser inferior a cinco minutos,
pudiendo el Tribunal, por unanimidad, dar por terminada la
intervención del aspirante si, una vez concluida la exposición
del tercero de los temas, ésta no alcanzase, de forma manifiesta,
la puntuación mínima establecida en la base 7 de la
presente convocatoria, o no cubriese el tiempo mínimo exigido
para cada tema.
1.2.2. Segundo ejercicio. De carácter práctico. Podrán concurrir
únicamente los aspirantes que hubieran superado el primer
ejercicio. Consistirá en realizar alguna actuación escrita
sobre un asunto judicial, en que sea parte la Junta de Andalucía
o sus Organismos Autónomos.
1.2.3. Tercer ejercicio. De idiomas. Podrán concurrir únicamente
los aspirantes que hubieran superado los dos ejercicios
anteriores. Consistirá en acreditar oralmente ante el
Tribunal, durante un tiempo máximo de treinta minutos, el conocimiento
suficiente de lectura y traducción del idioma extranjero
que el opositor haya escogido entre los oficiales de la Unión
Europea. El Tribunal podrá ser asistido por los asesores especialistas
que se designen.
1.2.4. Cuarto ejercicio. De carácter teórico y oral. Podrán
concurrir únicamente los aspirantes que hubieran superado los
tres ejercicios anteriores.
Consistirá en exponer, durante un tiempo máximo de 65
minutos, siete temas, de los contenidos en el programa de
materias: Dos de Derecho Constitucional –uno de ellos de los
números 1 al 20 inclusive del programa y el otro del resto de
los de la misma materia–, uno de Derecho Internacional Público
y Comunitario Europeo, dos de Derecho Administrativo –uno
de ellos de los números 1 al 31 inclusive del programa y el otro
del resto de los de la misma materia–, uno de Hacienda Pública
y uno de Derecho Penal. Todos ellos de los contenidos en el
programa de materias aprobado por la Orden de esta Consejería
de 23 de octubre de 2002, antes referido. Los temas serán
designados a la suerte, y el tiempo dedicado a la exposición
de cada uno no podrá ser inferior a cinco minutos, pudiendo
el Tribunal, por unanimidad, dar por terminada la intervención
del aspirante si, una vez concluida la exposición del tercero de
los temas, ésta no alcanzase, de forma manifiesta, la puntuación
mínima establecida en la base 7 de la presente convocatoria,
o no cubriese el tiempo mínimo exigido para cada tema.
1.2.5. Quinto ejercicio. De carácter práctico. Podrán participar
los aspirantes que hayan superado los cuatro ejercicios
anteriores. Consistirá en informar por escrito sobre algún asunto
jurídico en que esté interesada la Administración Pública.
1.2.6. Para preparar la exposición oral de los ejercicios primero
y cuarto, se concederá al opositor un tiempo de diez
minutos.
Para el desarrollo de los ejercicios segundo y quinto los
opositores dispondrán de un tiempo máximo de ocho horas en
cada uno de ellos, pudiendo consultar textos legales y jurisprudencia
no comentada.
1.3. El primer ejercicio de la oposición no comenzará antes
del día 21 de abril de 2003, determinándose el lugar y fecha
del comienzo del primer ejercicio en la Resolución que se menciona
en la base 4.3.
La lista de aspirantes admitidos y excluidos se expondrá,
en todo caso, en el Instituto Andaluz de Administración Pública,
calle María Auxiliadora núm. 13, Sevilla, 41003; en las dependencias
de la Consejería de Justicia y Administración Pública,
sita en la Plaza de la Gavidia, núm. 10, Sevilla, 41071, en las
Delegaciones del Gobierno de Andalucía y en las Delegaciones
de Justicia y Administración Pública, en todas las provincias
andaluzas.
1.4. El segundo ejercicio y los sucesivos tendrán lugar no
antes de los cinco días hábiles, ni después de los cuarenta y
cinco días hábiles siguientes al de terminación del ejercicio
anterior.
1.5. Las pruebas selectivas se realizarán en la ciudad de
Sevilla.
1.6. El orden de intervención de los opositores, en aquellos
ejercicios que así lo requieran, se iniciará alfabéticamente
por el primero de ellos cuyo primer apellido comience por la
letra Z, de conformidad con lo establecido en la Resolución de
la Secretaría General para la Administración Pública, de 27 de
mayo de 2002, por la que se publica el resultado del sorteo
público celebrado en esa misma fecha (BOJA núm. 73, de 22
de junio de 2002).
1.7. En las pruebas selectivas se establecerán para las personas
con minusvalía que lo soliciten, de acuerdo con la base
3.5, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización.
1.8. De conformidad con lo dispuesto en la Sección 1.ª,
Capítulo I, de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, los aspirantes
deberán hacer efectiva por cada solicitud que presenten
a la convocatoria una tasa de inscripción de 33,85 euros.
La tasa indicada deberá liquidarse utilizando el impreso oficial
Modelo 046 de autoliquidación de tasas, del órgano gestor
Instituto Andaluz de Administración Pública, aprobado por Orden
de la Consejería de Economía y Hacienda de 26 de diciembre
de 2001, que podrá obtenerse en las Delegaciones de la
Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de
Andalucía en las distintas provincias y abonarse en cualquier
sucursal de las entidades financieras reconocidas como colaboradoras
de la Junta de Andalucía que se relacionan en el
mismo impreso.
Para la adecuada utilización del impreso deberá comprobarse
que contiene los siguientes datos: En el espacio destinado
a la Consejería competente: <<Consejería de Justicia y
Administración Pública>>; en la línea de puntos destinada a
señalar el órgano gestor del servicio: <<Instituto Andaluz de
Administración Pública>>; en los recuadros reservados al código
territorial del órgano o Consejería competente: El número IA 00
00; en la casilla correspondiente al concepto (04 del impreso):
El código 0005; y en la descripción de la liquidación (número
36 del impreso):<<Por inscripción en las convocatorias para
selección del personal al servicio de la Junta de Andalucía>>.
De no recogerse alguno de los datos referidos, deberá ser cumplimentada
por el solicitante.
La acreditación del pago de la tasa se realizará adjuntando
a la solicitud el ejemplar para la Administración del referido
impreso Modelo 046, en el que deberá constar la validación
mecánica de la entidad financiera donde se efectúe el ingreso,
la sucursal, el importe y la fecha del mismo.
La falta de acreditación del pago de la tasa determinará
la exclusión del solicitante.
Además, en el espacio reservado a este fin en el modelo
de solicitud, deberá consignarse el código numérico identificativo
del impreso 046 de autoliquidación de la tasa que se
recoge en la parte superior del código de barras de cada ejemplar
(espacio 01 del impreso).
En ningún caso, la mera presentación de la acreditación
del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación,
en tiempo y forma, de la solicitud de participación
de acuerdo con lo dispuesto en la convocatoria.
1.9. Quedarán exentos del pago de la tasa aquellos solicitantes
que acrediten su condición de minusválidos en un
grado igual o superior al 33%, mediante original o copia compulsada
del certificado de minusvalía emitido por el órgano
competente del Instituto Andaluz de Servicios Sociales u órganos
similares de otras Administraciones Públicas, y que se
encuentre revisado a la fecha de finalización del plazo de presentación
de instancias.
2. Requisitos para los candidatos.
2.1. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas
selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español.
b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad.
c) Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho.
d) No padecer enfermedad, ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño
de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las administraciones
Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones
públicas.
f) Haber abonado la correspondiente tasa a que hace mención
el apartado 1.8 de la base anterior.
2.2. Los requisitos anteriores deberán poseerse en el
momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y
mantenerse durante el proceso selectivo, hasta el nombramiento
como funcionario de carrera.
3. Solicitudes.
3.1. La solicitud tendrá que formularse, necesariamente,
en el impreso oficial numerado que será facilitado en el Instituto
Andaluz de Administración Pública, en las dependencias de la
Consejería de Justicia y Administración Pública, en las
Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía y en las
Delegaciones de Justicia y Administración Pública en cada una
de las provincias andaluzas.
3.2. Las solicitudes, dirigidas al Ilmo. Sr. Director del
Instituto Andaluz de Administración Pública, se presentarán en
el Registro General del citado Instituto, calle María Auxiliadora
núm. 13, Sevilla, 41071; en las Delegaciones del Gobierno de
la Junta de Andalucía y en las Delegaciones de Justicia y
Administración Pública en cada una de las provincias andalu-
zas o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días hábiles,
contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas
de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y
selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.
Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero
podrán cursarse, en el plazo expresado anteriormente, a través
de representaciones diplomáticas o consulares, que las
remitirán seguidamente al Instituto Andaluz de Administración
Pública.
3.3. Los aspirantes harán constar en la solicitud el sistema
de acceso libre y, asimismo, tendrán que identificar en
la solicitud esta convocatoria de forma inequívoca, consignando,
entre otros extremos, el código A3000, correspondiente al
Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía.
3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del
interesado.
3.5. Los aspirantes con minusvalía, cualquiera que sea su
grado de discapacidad, deberán indicarlo en la solicitud, para
lo cual se utilizará el espacio destinado para ello. Asimismo,
podrán solicitar, expresándolo en el espacio <<otros datos>>, las
posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización
de los ejercicios cuando sean necesarias.
3.6. Todos los aspirantes señalarán en el apartado 3 de
la solicitud <<otros datos>> el idioma escogido para el tercer ejercicio.
4. Admisión de los aspirantes.
4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el
Ilmo. Sr. Director del Instituto Andaluz de Administración Pública,
por delegación de la Excma. Sra. Consejera de Justicia y Administración
Pública, dictará Resolución declarando aprobada la
lista provisional de admitidos, así como la de excluidos con
indicación de las causas y plazos de subsanación de defectos.
Dicha Resolución se publicará en el BOJA y en ella se señalarán
los lugares en los que se encontrarán expuestas al público
las listas certificadas.
4.2. Con objeto de posibilitar la subsanación de errores,
los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días, contados
a partir del siguiente al de publicación de la Resolución, para
subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión
de la lista de admitidos y excluidos.
4.3. Transcurrido el plazo indicado en la base anterior, por
Resolución del Ilmo. Sr. Director del Instituto Andaluz de
Administración Pública, se declararán aprobados los listados
definitivos de opositores, que se expondrán en los mismos lugares
indicados en la base 4.1. Procederá la devolución de la tasa
que se hubiere exigido cuando no se realice su hecho imponible
por causas no imputables al sujeto pasivo. La exclusión por
no cumplir los requisitos o por no aportarlos documentos exigidos
en la convocatoria no da lugar a la devolución de los derechos
de examen.
Aquella Resolución se publicará en el BOJA, y en ella se
señalará el lugar de celebración, fecha y hora de comienzo del
primer ejercicio.
4.4. Contra dicha Resolución, que agota la vía administrativa,
podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Justicia y
Administración Pública, en el plazo de un mes a contar desde
el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos
116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos
meses desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa.
5. Tribunal.
5.1. El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas será
el que figura en el Anexo I de esta Orden.
Podrán asistir a las sesiones del Tribunal las Centrales
Sindicales que forman parte de la Mesa Sectorial de Negociación
de Administración General de la Junta de Andalucía. A
estos efectos, por el Director del Instituto Andaluz de Administración
Pública se solicitará de cada una de las Organizaciones
Sindicales antes aludidas la designación de un representante
para que se incorpore a las reuniones del Tribunal, designación
que deberá realizarse en el plazo de quince días naturales
contados a partir de la recepción de la notificación del
Director del Instituto Andaluz de Administración Pública.
Transcurrido el plazo sin efectuarse dicha designación, se entenderá
que se renuncia a la referida posibilidad de asistencia.
5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Ilmo. Sr. Director del Instituto Andaluz
de Administración Pública, cuando concurran en ellos las circunstancias
previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación
de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años
anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros
del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en
el párrafo anterior.
El Presidente podrá exigir a los miembros del Tribunal declaración
expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en dicho artículo.
El plazo para solicitar la renuncia o manifestar la abstención
será de diez días naturales a partir de la publicación en
el BOJA de la presente convocatoria o desde que se manifieste
la correspondiente causa.
5.3. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de
la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos,
se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su
caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de
sus miembros.
5.4. El Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran
surgir en la aplicación de estas bases, así como lo que proceda
en los casos no previstos.
5.5. El Tribunal Calificador adoptará las medidas pertinentes
para que los aspirantes con minusvalías, que así lo indiquen
en las solicitudes, gocen de similares condiciones que el
resto de los participantes para la realización de estos ejercicios.
En este sentido, se establecerán para ello las adaptaciones
necesarias de tiempo y medios para su realización.
5.6. A efectos de comunicaciones y demás incidencias,
el Tribunal tendrá su sede en la Consejería de Presidencia,
C/ Alfonso XII núm. 17, Sevilla, 41001.
5.7. El Tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la categoría
primera de las recogidas en el artículo 32.2 del Decreto
54/1989, de 21 de marzo (BOJA núm. 31, de 21 de abril).
5.8. En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado las pruebas selectivas un número superior
de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta
que contravenga este limite será nula de pleno derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios.
6.1. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio
en un solo llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes
no comparezcan.
6.2. La publicación de los sucesivos anuncios del comienzo
del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal
en el lugar donde se haya celebrado el primero, en el Instituto
Andaluz de Administración Pública, en las Delegaciones del
Gobierno de la Junta de Andalucía y en las Delegaciones de la
Consejería de Justicia y Administración Pública, en cada una
de las provincias andaluzas, al menos, con veinticuatro horas
de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.
Las sucesivas sesiones correspondientes a un mismo ejercicio
serán convocadas por el Tribunal al término de la sesión
anterior y se publicarán en el lugar de celebración de ésta, con
doce horas, al menos, de antelación al comienzo de aquéllas.
6.3. En cualquier momento, los opositores podrán ser
requeridos por el Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.
6.4. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara
a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece
de los requisitos necesarios o que se ha producido variación
de las circunstancias alegadas en la solicitud de participación
de la convocatoria, podrá declarar por sí la oportuna rectificación
o, en su caso, proponer al Director del Instituto Andaluz
de Administración Pública para que, previa audiencia del interesado,
resuelva, por delegación de la Consejera de Justicia y
Administración Pública y de forma motivada, lo que proceda.
7. Calificación de los ejercicios.
7.1. La calificación de los ejercicios se hará mediante papeletas,
una por cada miembro del Tribunal, en las que se consignará
el nombre y el número del opositor con la calificación
obtenida.
El número de puntos para la calificación será de 0 a 5 por
cada tema de los ejercicios teóricos, de 0 a 30 para el conjunto
del ejercicio de cada uno de los prácticos y de 0 a 5 puntos
en el ejercicio de idiomas.
Para determinar la puntuación obtenida, se sumarán los
puntos de todas las papeletas, dividiéndose por el número de
éstas.
El opositor que en cualquier ejercicio no alcance la puntuación
correspondiente a la mitad de la máxima posible, con
arreglo a lo dispuesto anteriormente, quedará eliminado de la
oposición.
7.2. La calificación final de las pruebas vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios
de la oposición.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a
la mayor puntuación de los ejercicios prácticos.
8. Lista de aprobados, presentación de documentación y
solicitud de destino.
8.1. Finalizados los ejercicios de la oposición, el Tribunal
hará pública, en el lugar de celebración del último ejercicio y
en los lugares mencionados en la base 6.2, la relación definitiva
de aprobados por orden de puntuación, en la que constarán
el nombre, el DNI y las calificaciones de cada uno de los
ejercicios.
Dicha relación será elevada a la Consejera de Justicia y
Administración Pública con propuesta de nombramiento de
funcionarios de carrera.
8.2. El Tribunal se disolverá una vez que la Excma. Sra.
Consejera de Justicia y Administración Pública haya nombrado
funcionarios de carrera a los aspirantes que hayan superado
las pruebas selectivas y cumplan todos los requisitos establecidos
en esta convocatoria.
8.3. La Consejería de Justicia y Administración Pública, a
través de la Secretaría General para la Administración Pública,
resolverá, de acuerdo con las necesidades de ordenación de
efectivos, la oferta de vacantes a los aspirantes seleccionados
en las pruebas. En ésta figurará, al menos, el mismo número
de plazas que aspirantes hayan sido seleccionados. La oferta
se anunciará en el BOJA. Los aspirantes seleccionados dispondrán
de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde la
publicación de dicha relación, para presentar la petición de
destino, a la vista de las vacantes ofertadas, dirigidas al Ilmo.
Sr. Secretario General para la Administración Pública, en el
Registro de la Consejería de Justicia y Administración Pública,
Plaza de la Gavidia núm. 10, Sevilla, 41071, y en las Delegaciones
de la Consejería de Justicia y Administración Pública en
las distintas provincias andaluzas o en la forma establecida en
el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los aspirantes con minusvalía, cualquiera que sea su grado
de discapacidad, podrán instar en la propia solicitud de destino
la adaptación del puesto de trabajo solicitado y que necesariamente
requiera.
Las peticiones de destino, que señalarán el orden de preferencia
de los puestos, deberán ir acompañadas de los
siguiente documentos:
a) Fotocopia del DNI.
b) Fotocopia del título académico oficial exigido para el
ingreso en el Cuerpo o de la justificación acreditativa de haber
solicitado y abonado los correspondientes derechos para su
obtención, compulsada conforme a lo establecido en el Decreto
204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas
organizativas para los servicios administrativos de atención
directa a los ciudadanos, y la Orden de la Consejería de Gobernación
de 1 de diciembre de 1995 (BOJA núm. 165, de 23 de
diciembre).
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna
Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio
de funciones públicas.
d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad
ni limitación física o psíquica que imposibilite para el
servicio.
Los aspirantes que tengan la condición de minusválidos
deberán presentar certificación de los órganos competentes
del Instituto Andaluz de Servicios Sociales u Organismos similares
de otras Administraciones Públicas, que acredite tal condición
y su capacidad para desempeñar tareas que correspondan
a las plazas objeto de esta convocatoria.
Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera
y aquellos otros que estuvieran prestando servicios en la Junta
de Andalucía, estarán exentos de justificar documentalmente
las condiciones y demás requisitos exigidos, siempre que hubiesen
sido inscritos o anotados en el Registro General de Personal
de la Junta de Andalucía.
8.4. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar
los documentos expresados en el apartado anterior,
podrá acreditarse que reúnen las condiciones exigidas en la
convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible
en Derecho.
8.5. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de
fuerza mayor, no presentasen la documentación o de su examen
se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados
en la base 2.1 no podrán ser nombrados funcionarios y
quedarán anuladas las actuaciones relativas a los mismos, sin
perjuicio de las responsabilidades en que hubiesen incurrido
por falsedad en la solicitud inicial.
9. Nombramiento de funcionarios de carrera.
Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado
serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de
Letrados de la Junta de Andalucía, con especificación del destino
adjudicado, mediante Orden de la Consejería de Justicia
y Administración Pública que se publicará en el BOJA.
10. Norma final.
Cuantos actos administrativos se deriven de la presente
convocatoria, de sus bases y de las actuaciones del Tribunal
podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en
la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 10 de febrero de 2003
CARMEN HERMOSIN BONO
Consejera de Justicia y
Administración Pública
ANEXO I
TRIBUNAL DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA INGRESO
EN EL CUERPO DE LETRADOS DE LA JUNTA DE ANDALUCIA
Presidente: Francisco del Río Muñoz.
Presidente suplente: Manuel Pallarés Moreno.
Vocales:
- José Angel Vázquez García.
- Francisco Capilla Roncero.
- Carlos María Pérez-Embid Wamba.
- Carmen Carretero Espinosa de los Monteros.
- Manuel Andrés Navarro Atienza.
- Manuel Concha Jarava, que actuará como Secretario.
Vocales suplentes:
- Guillermo Sanchís Fernández Mensaque.
- José León-Castro Alonso.
- Jorge González Fernández.
- Beatriz Idígoras Molina,
- María José Santiago Fernández.
- José María Castro Pascual.
Ver Anexo II en páginas 11.335 y 11.336 del BOJA
núm. 75, de 3.7.2001
conformidad con lo establecido en la Relación de Puestos de
Trabajo (en adelante RPT).
Segunda. Participantes.
1. Funcionarios de la Junta de Andalucía.
Podrán participar en el presente concurso todos aquellos
funcionarios de carrera de los Cuerpos y Especialidades de la
Junta de Andalucía que se encuentren en situación de servicio
activo, o en cualquiera de las situaciones administrativas
declaradas por los órganos competentes de la Junta de Andalucía,
y que reúnan los requisitos mínimos establecidos en la
RPT a la fecha de terminación del plazo de presentación de
solicitudes, con las siguientes excepciones:
a) Para participar por primera vez en procedimientos de
concurso, los funcionarios deberán contar con dos años de
servicio activo en la Junta de Andalucía.
b) Funcionarios que no lleven dos años con destino definitivo.
Los funcionarios que no lleven dos años con destino definitivo,
sólo podrán concursar en el ámbito de su Consejería y
Organismos Autónomos de ella dependientes con la excepción
prevista en la letra i) del presente apartado.
A efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, a los funcionarios
que hayan accedido a otro Cuerpo o especialidad por
promoción interna o por integración y permanezcan en el puesto
de trabajo que desempeñaban, se les computará el tiempo de
desempeño de dicho puesto.
Igualmente, a efectos de lo dispuesto en el primer párrafo,
cuando a un funcionario, con ocasión de haber obtenido puesto
en un concurso, se le hubiera diferido el cese en el puesto de
origen, se computará el tiempo desde la resolución por la que
se difiere el cese efectivo como desempeñado en el nuevo
puesto.
c) Funcionarios en situación de suspensión firme.