Con esta Directiva, los menores de tres años deberán viajar sujetos con cinturones de seguridad adaptados para niños en todos los casos, vayan en asientos delanteros o traseros.
Además, todos los menores que no midan más de 1,50 metros deberán mantener un dispositivo de seguridad que les facilite el uso del cinturón de seguridad normal. Este límite podrá reducirse hasta 1,35 metros en los Estados miembros que así lo decidan.
La Directiva establece también que el uso del cinturón de seguridad, que ya es obligatorio para niños y adultos en todos los asientos de turismos que lleven sistemas de retención, será también preceptivo en los asientos traseros de furgonetas y minibuses de hasta 3,5 toneladas.
La nueva Directiva admite que los Estados miembros tengan en cuenta condiciones físicas particulares, faciliten el ejercicio de determinadas actividades profesionales o lo simplifiquen para las familias numerosas.