La Ley 3/1998, de 1 de julio, de Cajas de Ahorros de la Región de Murcia, regula en su artículo 56 determinadas operaciones financieras que realicen las Cajas de Ahorros que tienen su domicilio social en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
El objeto del Decreto 8/2003 es desarrollar la Ley 3/1998, estableciendo unas normas de procedimiento ágiles y eficaces para la tramitación de las autorizaciones.
Regula asimismo el Decreto 8/2003 el deber que tienen las Cajas de Ahorros de remitir información periódica sobre tales operaciones, todo ello con la finalidad de hacer compatible el control y seguimiento que corresponde a la Consejería de Economía y Hacienda sobre tales operaciones.
El Decreto 8/2003 deroga expresamente lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 87/1983, de 22 de Noviembre, por el que se regulaban competencias de esta Comunidad Autónoma sobre Cajas de Ahorros.
La Ley 3/1998, de 1 de julio, de Cajas de Ahorros de la Región de Murcia puede consultarse en el Libro Séptimo del Repertorio de Legislación vigente de Iustel.