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TRIBUTOS SOBRE EL JUEGO

20/01/2003
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Decreto 2/2003 ,de 16 de enero, por el que se regula la forma, lugar y plazos para efectuar el ingreso de los Tributos sobre el Juego (BOCA de 20 de enero de 2003).

La finalidad del Decreto 2/2003 es adecuar las tarifas del juego a las vigentes en otras Comunidades Autónomas, permitiendo de ese modo la supresión del recargo autonómico existente en la actualidad sobre la tasa de juego, cuando el mismo se celebre en casinos o mediante máquinas o apartados automáticos, así como del Impuesto sobre el juego del bingo.

El Decreto autonómico habilita los modelos 043, 044 y 045, así como los lugares de presentación e ingreso, aprobados por el Estado, para efectuar el pago de la Tasa Fiscal sobre los juegos de Suerte, Envite o Azar, en tanto la Comunidad Autónoma de Cantabria no tenga transferidas las funciones de gestión de los tributos sobre el juego.

Igualmente, el Decreto 2/2003 aprueba un modelo específico, el 040, para el ingreso de la cantidad repercutida a los jugadores en el juego del bingo y modifica los plazos de ingreso en el caso de las máquinas o aparatos automáticos aptos para la realización de juegos de azar.

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