La solicitud de recusación se basa en las manifestaciones públicas que en el ejercicio de su cargo como Presidente del Tribunal Constitucional ha llevado a cabo don Manuel Jiménez de Parga sobre la Ley de Partidos.
Don Manuel Jiménez de Parga afirmó que el Tribunal Constitucional no pondría reparos a la Ley de Partidos, porque le parecía correcta y que carecía de desviaciones importantes que pudieran ser tachadas de inconstitucionales.
El Gobierno vasco entiende que esta prevaloración acerca de que la Ley de Partidos es plenamente constitucional puede afectar a su ponderación, imparcialidad y objetividad en el enjuiciamiento de la misma.