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  • EDICIÓN DE 29/08/2002
 
 

ENSEÑANZAS DE BACHILLERATO

29/08/2002
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Decreto 111/2002, de 2 de agosto, por el cual se establece la estructura y ordenación de las enseñanzas del Bachillerato en las Illes Balears (BOCAIB de 29 de agosto de 2002).

Por un lado, el Estatuto de autonomía de las Islas Baleares determina que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución en materia de enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

Y por otro, la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, configura el proceso de reforma del sistema educativo vigente hasta entonces y da respuesta al estado de las autonomías y a los intereses culturales de la población.

De acuerdo con estos antecedentes, el Decreto 111/2002 trata de establecer un sistema educativo para todos los ciudadanos que fomente valores científicos, coherente con la normalización de la lengua catalana y con voluntad de inserción en la Comunidad Europea e Internacional.

El Decreto autonómico recoge las dos vertientes del bachillerato, tanto la propedéutica, que tiene que permitir al alumnado la posibilidad de continuar con éxito unos estudios universitarios y el acceso a una formación profesional de grado superior, como la formativa para que el alumnado pueda disfrutar de la formación adecuada que le permita entender la sociedad.

El Decreto 111/2002 asume esta doble intencionalidad del bachillerato estableciendo las materias propias de cada modalidad, sus optativas y cada una de las respectivas opciones que ofrecen los centros.

El Decreto establece los objetivos generales del currículo, los contenidos, los criterios de evaluación y las orientaciones metodológicas configurando los componentes curriculares que tienen que concretarse posteriormente por parte del profesorado, mediante las programaciones de aula y la propia práctica educativa.

El currículo del Decreto 111/2002 no se limita a los conceptos y conocimientos, sino que incluye aquellos otros aspectos que contribuyen al desarrollo de las personas como son los procedimientos, las actitudes, los valores y las normas.

Los contenidos de los currículos de las materias del Decreto autonómico están agrupados en bloques y temas, y el Decreto determina que estos contenidos tienen que estar presentes mediante las diferentes unidades didácticas, que se concretan y contextualizan en los proyectos y las programaciones que realicen los centros y los equipos docentes.

Tanto la Ley Orgánica 2/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares como la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo pueden consultarse, respectivamente, en los Libros Segundo y Séptimo del Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

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