Conforme a lo autorizado por el artículo 13.1 de la Norma Foral 1/1985, de 31 de enero, General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa se dictó, por razones de urgencia, el Decreto Foral 5/2002, de 26 de febrero.
Dicho Decreto Foral adapta la normativa tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa a las Leyes 23/2001, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2002 y 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
La finalidad es ajustar la diversa normativa tributaria foral a las modificaciones normativas de régimen común de algunas figuras tributarias.
Cumplido el trámite de dar cuenta a las Juntas Generales de las disposiciones aprobadas al amparo del indicado precepto para su posterior convalidación se dicta la Norma Foral 6/2002 convalidante del Decreto Foral dictado.