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Subvenciones a empresas turísticas

04/12/2025
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Resolución de 26 de noviembre de 2025, de la Secretaría General para el Turismo, por la que se reasignan los importes totales de las líneas 1 y 2 consignados en el apartado tercero de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a empresas turísticas de Andalucía, para paliar los efectos de la sequía en el sector turístico, así como para mitigar y adaptar al cambio climático los destinos turísticos andaluces, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C14.I04.P02) (BOJA de 3 de diciembre de 2025). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 26 DE NOVIEMBRE DE 2025, DE LA SECRETARÍA GENERAL PARA EL TURISMO, POR LA QUE SE REASIGNAN LOS IMPORTES TOTALES DE LAS LÍNEAS 1 Y 2 CONSIGNADOS EN EL APARTADO TERCERO DE LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, A EMPRESAS TURÍSTICAS DE ANDALUCÍA, PARA PALIAR LOS EFECTOS DE LA SEQUÍA EN EL SECTOR TURÍSTICO, ASÍ COMO PARA MITIGAR Y ADAPTAR AL CAMBIO CLIMÁTICO LOS DESTINOS TURÍSTICOS ANDALUCES, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (C14.I04.P02).

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 14.8.2024 tiene la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (núm. de Boletín 158) la Orden de 5 de agosto Vínculo a legislación de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a empresas turísticas de Andalucía, para paliar los efectos de la sequía en el sector turístico, así como para mitigar y adaptar al cambio climático los destinos turísticos andaluces, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Componente 14, Inversión 4, Submedida 2 (Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas), y se efectúa su convocatoria.

Segundo. Según se establece en el apartado tercero de las bases reguladoras aprobadas en virtud de la Orden de 5 de agosto Vínculo a legislación de 2024, la presente subvención se imputará a la partida presupuestaria 1600180000 G/75D/77004/00 MR05140401 2022001016 con la siguiente distribución:

Línea 1. Subvenciones a empresas que presten servicio de alojamiento turístico y otro tipo de actividades o servicios vinculados al turismo. Servicio 18 (MRR) 14.736.463,63 € (80% importe total).

Línea 2. Subvenciones a empresas que presten el servicio de restauración/hostelería Servicio 18 (MRR) 3.684.115,91 € (20% importe total).

Tal y como se recoge en el mismo apartado, en el supuesto que una vez tramitadas la totalidad de solicitudes presentadas, si en alguna de las líneas de subvención resultara sobrante del crédito asignado para su financiación, este se podrá reasignar para financiar las solicitudes de la otra línea de subvención que hubieran sido denegadas por agotamiento de crédito.

Tercero. A fecha 15.8.2024 se procedió a la apertura del plazo de aportación de solicitudes de la presente subvención, finalizándose el mismo a fecha de 15.9.2024. Expirado dicho plazo, este Órgano Gestor ha recibido un total de 131 solicitudes para la línea 1 y un total de 96 solicitudes para la línea 2.

Cuarto. Una vez finalizada la tramitación de la totalidad de las solicitudes de ambas líneas, se procede a indicar que se ha destinado un importe total de 11.603.688,39 euros a la línea 1 y un importe total de 3.673.250,22 euros a la línea 2. Sin embargo, tras la gestión de la totalidad de las solicitudes de ambas líneas, el Órgano Instructor identifica un importe total sobrante en la línea 1, que asciende a un total de 3.132.775,24 euros y, por el contrario, una insuficiencia de financiación de la totalidad de solicitudes de la línea 2 que asciende a un total de 2.950.000 euros.

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Órgano competente.

El órgano competente para la instrucción será la Dirección General de Promoción y Fomento de Turismo y la Hostelería y para la resolución del procedimiento de reasignación del importe total de las líneas de las presentes subvenciones será la Secretaría General para el Turismo, de conformidad con lo establecido en la base decimoquinta de la Orden de 5 de agosto Vínculo a legislación de 2024.

Segundo. Sobre la reasignación de importes totales de las líneas 1 y 2.

En virtud del apartado tercero de las citadas bases reguladoras, la Secretaría General para el Turismo tiene la potestad, mediante resolución, de reasignar el crédito sobrante de algunas de las líneas para cubrir la insuficiencia de crédito de los proyectos solicitados.

Tercero. Régimen jurídico.

1. Para la resolución de este procedimiento resultan de aplicación las siguientes normas:

a) Orden de 5 de agosto Vínculo a legislación de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a empresas turísticas de Andalucía, para paliar los efectos de la sequía en el sector turístico, así como para mitigar y adaptar al cambio climático los destinos turísticos andaluces, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Componente 14, Inversión 4, Submedida 2 (Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas), y se efectúa su convocatoria.

b) Extracto de la Orden de 5 de agosto Vínculo a legislación de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a empresas turísticas de Andalucía, para paliar los efectos de la sequía en el sector turístico, así como para mitigar y adaptar al cambio climático los destinos turísticos andaluces, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Componente 14, Inversión 4, Submedida 2 (Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas), y se efectúa su convocatoria.

c) Orden de 5 de septiembre de 2024, por la que se acuerda la ampliación del plazo de presentación de solicitudes establecido en la Orden de 5 de agosto Vínculo a legislación de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a empresas turísticas de Andalucía, para paliar los efectos de la sequía en el sector turístico, así como para mitigar y adaptar al cambio climático los destinos turísticos andaluces, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Componente 14, Inversión 4, Submedida 2 (Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas), y se efectúa su convocatoria, y se corrigen errores advertidos en la misma.

d) Ley 38/2003, de 17 de noviembre Vínculo a legislación, General de Subvenciones.

e) Título VII del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo Vínculo a legislación.

f) Leyes anuales del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

g) Ley 39/2015, de 1 de octubre Vínculo a legislación, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

h) Ley 40/2015, de 1 de octubre Vínculo a legislación, de Régimen Jurídico del Sector Público.

i) Ley 9/2007, de 22 de octubre Vínculo a legislación, de la Administración de la Junta de Andalucía.

j) Ley 12/2007, de 26 de noviembre Vínculo a legislación, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.

k) Ley 13/2007, de 26 de noviembre Vínculo a legislación, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género.

l) Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre Vínculo a legislación, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio Vínculo a legislación, así como las demás normas básicas que desarrollen la citada ley.

m) Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo Vínculo a legislación.

n) Decreto 622/2019, de 27 de diciembre Vínculo a legislación, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.

o) Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

p) Ley 1/2014, de 24 de junio Vínculo a legislación, de Transparencia Pública de Andalucía.

q) Ley 19/2013, de 9 de diciembre Vínculo a legislación, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

r) Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre Vínculo a legislación, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

s) Ley 13/2011, de 23 de diciembre Vínculo a legislación, del Turismo de Andalucía.

t) Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE Vínculo a legislación (Reglamento general de protección de datos Vínculo a legislación ).

u) Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

v) Orden de 6 de abril Vínculo a legislación de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial.

2. Las subvenciones reguladas en la citada Orden de 5 de agosto Vínculo a legislación de 2024, cofinanciadas con fondos europeos, se ajustarán, además, a la normativa comunitaria, nacional y autonómica que les resulte de aplicación, y en particular a la siguiente:

a) Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior, en función del tipo de solicitante beneficiario.

b) Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088.

c) Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

d) Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

e) Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre Vínculo a legislación, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

f) Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

g) Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre Vínculo a legislación, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

h) Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre Vínculo a legislación, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

i) Resolución de 5 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de diciembre de 2023, por el que se amplía el reparto territorial de crédito, con cargo al presupuesto de 2023, previsto en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 29 de marzo de 2022; destinado a la Línea de Financiación para Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de Empresas Turísticas, por un importe total de 119,6 millones de euros, en el marco del Componente 14, Inversión 4, Submedida 2, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

j) Comunicación de la Comisión, Guía técnica sobre la aplicación del principio de “no causar un perjuicio significativo” en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (2021/C 58/01).

k) Guía técnica sobre la aplicación del principio de “no causar un perjuicio significativo” en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (2021/C 58/01). Al estar las actuaciones incluidas en el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia dentro del Componente 14 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), están sujetas, en todo caso, al cumplimiento, ejecución y realización de los objetivos fijados en dicho plan.

En base a los anteriores hechos y fundamentos de derecho, y en uso de las competencias atribuidas a esta Secretaría General para el Turismo,

RESUELVO

Primero. Reasignar el crédito sobrante de la línea 1, por importe total de 2.950.000 euros, con el objeto de cubrir la totalidad de proyectos solicitados en la línea 2, quedando expresado de la siguiente forma:

Tabla omitida.

Segundo. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimientos y efectos.

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