DECRETO 98/2025, DE 29 DE JULIO, POR EL QUE SE ACUERDA LA CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES CULTURALES SINGULARES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA ACTUACIONES DE INTERÉS CULTURAL Y SOCIAL Y SE REGULA SU CONCESIÓN.
En ejecución de la política cultural, resulta necesario el apoyo de determinadas actuaciones y proyectos ejecutados por distintas entidades jurídico-privadas sin ánimo de lucro para promover y fortalecer el ecosistema cultural de nuestra región. Por ello, se considera necesario, en aras del interés cultural y social, promover la realización de determinadas actuaciones ejecutadas por entidades jurídico-privadas sin ánimo de lucro, que forman parte fundamental del tejido cultural que permite la extensión sobre todo el territorio regional de nuestra política cultural.
En este sentido, el artículo 9.1 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, en sus apartados 47, 48 y 49 reconoce la competencia exclusiva de nuestra Comunidad Autónoma en materia de cultura en cualquiera de sus manifestaciones.
En el ejercicio de tal competencia, la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes considera conveniente el apoyo al referido tejido cultural, a través de la concesión de ayudas a entidades singulares sin ánimo de lucro con fines culturales para la realización de proyectos en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la medida en que contribuyan al fomento, análisis, gestión, dinamización y difusión de la cultura en sus diferentes manifestaciones o disciplinas en toda la geografía extremeña, y que además, por su carácter asociativo, generen procesos de participación social, desarrollen hábitos democráticos y fomenten valores de convivencia solidaria y de justicia social.
En este sentido, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes son varios los proyectos cuya promoción es clave para el desarrollo de la actividad cultural a través de su Secretaría General de Cultura y cuya concesión de subvención se justifica a continuación.
Asociación Badejazz: el Festival Internacional de Jazz de Badajoz “Festival Badejazz” es uno de los mayores eventos culturales del suroeste de la Península Ibérica, exportando el nombre de la ciudad de Badajoz y de Extremadura por todo el mundo, dado su carácter internacional y la calidad de los conciertos que se realizan. Con más de 35 ediciones de existencia, con más de 340 conciertos y actividades, destaca por el apoyo constante del público y la bivalencia de sus programaciones, alternando las promesas incipientes con las estrellas consagradas.
Desde que la Asociación Badejazz se hizo cargo del Festival Internacional de Jazz de Badajoz en el 2003, la atención ha sido fijada en la formación de los jóvenes músicos de Jazz mediante la creación y organización de seminarios y conferencias, así como la promoción mediante conciertos de pequeño formato que acompañan en el programa a los mejores jazzistas del mundo.
Asociación cultural El Magusto: asociación promotora del Festival “El Magusto” que nace con el objetivo de mantener y potenciar la tradición que dio origen a su nombre, como otras muchas que, poco a poco, se ven relegadas por costumbres ajenas a nuestra cultura. La música folk se encuentra estrechamente relacionada con estas tradiciones. Por este motivo, uno de los principales objetivos del Festival es dar a conocer las diferentes expresiones de una cultura musical que tiene su origen en el pueblo. Su espíritu siempre ha sido conseguir que la comunidad lo identifique con un festival familiar en el que todos los visitantes participan de su celebración y se sienten parte del evento. Por otra parte, el Festival se integra en el entorno del Parque Tajo Internacional, con actividades relacionadas con el entorno natural, y contribuye a dar a conocer este espacio y su importante valor medioambiental. Desde hace años el Festival el Magusto se encarga de dar a conocer a quien lo visita la riqueza y la calidad natural del enclave donde se encuentra, elaborando para ello todo tipo de actividades como charlas, conferencias, rutas de senderismo, talleres medioambientales, etc., orientadas a todo tipo de público. Se pretende contribuir a la conservación natural a través de la enseñanza y el conocimiento, una labor de vital importancia en la actualidad.
Asociación Cultural El gato al agua: asociación cuya labor principal es la realización del “Festival Internacional Cáceres Irish Fleadh”, único festival de estas características realizado en Europa que supone una apuesta musical y cultural segura y consolidada en la ciudad de Cáceres. Veinte ediciones lo avalan y es considerado de carácter internacional. Amantes de la música y la tradición irlandesa y músicos de distintos puntos del mundo, esperan cada año la fecha del festival para, con sus instrumentos, invadir cada rincón de la Ciudad Monumental de Cáceres, declarada Bien de Interés Cultural desde 1949 y reconocida por la UNESCO Patrimonio de la Humanidad desde 1986. Además, las actividades de este evento se realizan en colegios, universidad, salas de conciertos, cafeterías, espacios culturales y los distintos barrios de la ciudad.
Asociación Cultural Flamenca “Virgen del Puerto”: El flamenco en Extremadura engloba no sólo las aportaciones peculiares autóctonas y creaciones individuales de los artistas extremeños que lo distinguen del resto de la geografía flamenca, sino también todo aquello que tiene en común con el acervo del flamenco español. Extremadura forma parte de la geografía del flamenco porque este es una de sus señas de identidad, incardinado en nuestra sociedad y respaldado por una gran afición reflejada en peñas, federaciones, festivales y concursos. En definitiva, el flamenco forma parte indiscutible de la cultura extremeña en ambas provincias y por esa razón ha de ser protegido y divulgado. De este profundo arraigo es muestra en la ciudad de Plasencia la existencia de la Asociación cultural Flamenca “Virgen del Puerto” con una gran tradición y antigüedad. Se trata de una asociación activa que viene trabajando, desde hace años, en promover y dar a conocer el flamenco en todas sus dimensiones, a través de actividades entre las que destaca la celebración del Concurso de Cante Flamenco “Mayorga - Ciudad de Plasencia”, que suele celebrarse en torno al mes de marzo, concurso consolidado y de prestigio al que acuden muchos de los mejores cantaores y cantaoras movilizando a gran parte de los aficionados al flamenco de la ciudad y de las comarcas que la rodean. Esa es la actividad principal cada año de la Asociación Cultural Flamenca Virgen del Puerto, en la que la concentra sus mayores esfuerzos, refuerza los vínculos asociativos y revitaliza las asociaciones formadas en torno al flamenco de la ciudad.
Asociación Cultural Teatro Grecolatino de Mérida: asociación promotora del proyecto “Festival juvenil europeo de teatro grecolatino”, que nació hace veintisiete años con el fin de promover la cultura grecolatina y poner a disposición del alumnado de toda España una actividad que promueva el teatro en los respectivos centros educativos.
El proyecto consiste en leer en las aulas una obra de teatro clásico (grecolatino) que posteriormente se representa en el Teatro Romano de Mérida por los mejores grupos juveniles de teatro clásico nacional. Al mismo tiempo, se plantea la edición de una serie de textos que posteriormente se verán representados en Mérida, pero con la obligación por parte del alumnado de leer estas obras con sus respectivos profesores en las aulas de su centro educativo.
Esta actividad posibilita un desarrollo de la competencia lectora, pues una lectura en profundidad, con un estudio del contexto histórico, el análisis de los personajes y la interpretación adecuada de la lectura ayuda a un desarrollo de esta competencia clave. La lectura reflexiva acompañada de la interpretación teatral posterior permite potenciar en el alumnado el placer por la lectura.
La Asociación Amigos del Blues de Cáceres nace del interés y la sensibilidad hacia la música blues. Su objetivo es que todas las actividades que promueve sean de carácter público y estén dirigidas al conjunto de la sociedad, buscando conjugar la calidad musical con la puesta en valor del patrimonio y la promoción de un turismo de calidad en el entorno donde se desarrollan.
Esta asociación participa activamente en eventos relacionados con el blues, tanto a nivel nacional como internacional. Es reconocida por su cercanía con los músicos del género, con la prensa especializada y con otros festivales internacionales. Su principal seña de identidad es el “Cáceres Blues Festival”. Todo ello garantiza la difusión y los contactos necesarios para asegurar que las actividades que organiza se distingan por su calidad.
En la Comunidad Autónoma de Extremadura, y especialmente en la ciudad de Cáceres, resulta necesario impulsar actividades que, con un coste razonable, movilicen a la población y contribuyan a proyectar una imagen internacional de la región y de la ciudad.
Este proyecto se enmarca en las actividades que la Asociación Amigos del Blues de Cáceres tiene programadas como principales para el año 2025, con el objetivo de dar a conocer a la población extremeña algunas de las formaciones musicales de blues de reconocido prestigio.
La Asociación de Guitarra Clásica de Extremadura desarrolla, desde el año 2004, actividades culturales vinculadas a la guitarra clásica, alcanzando el más alto nivel nacional e internacional. Entre estas actividades se incluyen ciclos de conciertos con grandes maestros de la guitarra, conferencias impartidas por destacados musicólogos, clases magistrales a cargo de los más prestigiosos profesores, concursos de interpretación, muestras de instrumentos y otras actividades formativas y divulgativas.
El “Festival de Guitarra de Arroyo de la Luz” no solo dinamiza culturalmente la localidad de Arroyo de la Luz, sino también toda la Mancomunidad Tajo-Salor y, por extensión, el conjunto de la provincia de Cáceres.
Un festival de este nivel, que ofrece una semana de grandes conciertos de guitarra, clases magistrales orientadas a la formación y el desarrollo de futuros intérpretes, así como un concurso infantil y juvenil que fomenta la motivación en el estudio entre los jóvenes guitarristas, justifica plenamente su celebración anual. Además, impulsa la mejora continua en la calidad, tanto de los conciertos y clases magistrales como del conjunto de actividades que lo rodean.
Asociación Gestores Culturales de Extremadura: las muestras, ferias y jornadas dedicadas a las artes escénicas y a la música son espacios que dinamizan la industria cultural, ya que fomentan los intercambios, las colaboraciones y las relaciones comerciales, facilitando así la contratación de espectáculos y artistas. Cada año, tanto en España como a nivel internacional, se celebran eventos que impulsan la actividad creativa y comercial en torno a las artes escénicas y la música, favoreciendo el encuentro entre los distintos agentes culturales del sector.
Desde el año 2016, se celebra cada noviembre en Cáceres la Muestra Ibérica de Artes Escénicas (MAE), un evento que se ha consolidado como una de las citas imprescindibles para las artes escénicas en el oeste de la Península Ibérica. Muestra de su relevancia es su integración en la Coordinadora de Ferias de Artes Escénicas del Estado Español (COFAE) y su colaboración con la Feria Ibérica de Teatro de Fundão (Portugal).
Asimismo, en octubre de 2017 tuvo lugar en Villafranca de los Barros la primera edición de las Jornadas Profesionales de la Música en Extremadura (MUM), concebidas como un espacio de referencia en el que los agentes del sector musical extremeño pudieron poner en valor el talento creativo de nuestros artistas y establecer vínculos comerciales. En 2021, la MUM trasladó su sede a la ciudad de Mérida, donde continúa celebrándose en la actualidad.
Eventos como la MAE y la MUM resultan imprescindibles por su papel como espacios de encuentro, intercambio y colaboración, tanto desde el punto de vista comercial como creativo.
Con el objetivo de seguir impulsando la industria de las artes escénicas y de la música, tanto dentro como fuera de nuestras fronteras, y ante la necesidad de apoyar a los profesionales del sector en la consecución de sus metas, se plantea la realización de la IX edición de la MAE y la VIII edición de la MUM, reforzando su papel como espacios de referencia en los que los agentes implicados puedan participar activamente y contribuir a la valorización del talento creativo de nuestros artistas.
Federación de Asociaciones de Teatro Amateur de Extremadura (FATEX): este Proyecto “Promoción y difusión del teatro amateur en Extremadura” centra su atención en el colectivo de grupos de teatro amateur y asociaciones culturales integradas en FATEX y cuyo ámbito de actuación es la promoción y difusión del Teatro de Base y Aficionado. En la actualidad, la Federación está compuesta por sesenta y dos grupos. Los grupos de teatro amateur tienen, en muchos casos, serias dificultades para poder mostrar su trabajo fuera de la población de origen. La afiliación de estos a FATEX les facilita mostrar sus obras en localidades de Extremadura gracias a la participación en programas cómo la Red de Teatro Amateur, la Muestra de Teatro Amateur en los Grandes Teatros de la región y el Encuentro anual de Grupos de Teatro de FATEX, en los que se pueden ver variedad de montajes y diferentes estilos de hacer teatro.
Por otra parte, también se trabaja para que estos grupos tengan más visibilidad fuera de Extremadura, tanto a nivel nacional como internacional, y puedan beneficiarse de experiencias que redunden en una mayor proyección de grupos extremeños y la mejora en la calidad de los trabajos presentados. Por ello, se participa en el Circuito Nacional de Intercambios organizado por la Confederación Nacional de Teatro Amateur. FATEX impulsa, igual que en años anteriores, la formación en diferentes ámbitos teatrales como medio para perfeccionar y mejorar la calidad de los espectáculos a través de cursos y talleres monográficos impartidos por profesionales y monitores con experiencia. En esta línea, se pretende continuar con las convocatorias del Premio de Textos Teatrales “Raúl Moreno FATEX”, el Premio de Textos Teatrales de “Autor Extremeño” y el Certamen Ibérico de Fotografía Teatral. El objetivo que se persigue es dar a conocer nuevos escritores y dramaturgos así como otros ya consagrados y ampliar el número de textos dramáticos que puedan ser representados por los grupos de FATEX.
Federación Extremeña de Bandas de Música: La Federación Extremeña de Bandas de Música tiene como finalidad principal la promoción y difusión de las bandas de música en Extremadura. Entre sus objetivos prioritarios se encuentran el fomento, impulso, divulgación y dignificación de la afición, la enseñanza y la práctica de la música bandística en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como la preparación de obras musicales destinadas a las bandas federadas.
Para alcanzar estos fines, la Federación organiza cada año diversos conciertos y actuaciones, entre los que destacan los ya tradicionales conciertos a cargo de la Banda de la Federación (BAFEX). Asimismo, se desarrollan otras actividades complementarias como conferencias, cursos y talleres sobre distintas materias relacionadas con la música bandística.
Federación Extremeña de Corales: la Federación Extremeña de Corales tiene como finalidad principal la promoción y difusión de la música coral extremeña, con el objetivo de aumentar el número de participantes coralistas, el intercambio de cultura musical, la difusión de la riqueza de nuestras raíces musicales y el fomento de la cultura en Extremadura. Así, la Federación Extremeña de Corales viene realizando a lo largo de los años concentraciones de corales y coros estimulando así el intercambio cultural entre coros infantiles y juveniles de la región, inspirando el amor por la música, fortaleciendo las habilidades musicales y construyendo la base para futuros líderes en el ámbito del canto coral.
Federación Extremeña de Folklore (Fomento y difusión): La Federación Extremeña de Folklore tiene como finalidad principal el fomento y difusión de la música tradicional extremeña. El folclore está basado en el estudio de las tradiciones, costumbres, creencias y conocimientos populares de cualquier sociedad. Estas costumbres y creencias están íntimamente relacionadas con la cultura extremeña en donde se insertan sus cuentos, su música, su cocina y hasta su idealismo. Por estos motivos es imprescindible su recuperación, conservación, investigación, protección y evolución. La Federación Extremeña de Folklore está formada por ochenta y tres agrupaciones que desde hace cuatro décadas trabajan por la defensa, recuperación, promoción y divulgación de la cultura tradicional extremeña dentro y fuera de nuestras fronteras. Es un folklore geográficamente extenso, rico, variado, ancestral, con arraigo y proyección. Son agrupaciones unidas por un mismo fin que de forma altruista vienen trabajando para hacer llegar la variedad y riqueza de nuestra cultura popular a todo el mundo. Esta Federación organiza diversas actividades entre las que destacan las Jornadas de Coordinación de Música y Danza, los premios Candil de Plata y “García Matos”, la Revista Extremeña de Folklore “Saber Popular”, los Festivales Autonómicos “Bonifacio Gil” e Infantil “Ángela Capdevielle”, el programa “Enraizarte” en ambas provincias, el Festival para la Inclusión “Romero y Espinosa”, Talleres de Percusión, los Seminarios de Folklore “Saber Popular”, y el Premio “Isabel Gallardo” a la Investigación Infantil. Estas actividades son el buque insignia de su cometido, con el fin de recuperar nuestro pasado.
Sociedad Filarmónica de Badajoz: desde el año 2009, la Sociedad Filarmónica de Badajoz viene realizando su “Ciclo de Música Actual” que pretende dar voz a las manifestaciones artísticas y musicales más actuales del panorama nacional e internacional. Así se cubre una parcela en la programación de esta asociación musical que cuenta con una oferta de programación de entre treinta y cuarenta conciertos. Estos conciertos tienen una amplia difusión en Extremadura y una amplia repercusión también en nuestra vecina Portugal. Es importante destacar también la realización, dentro del ciclo de música actual, de talleres y otras actividades que contextualizan y hacen partícipe de esta actividad a otras poblaciones, además de Badajoz.
Sociedad Filarmónica de Badajoz: el “Festival Ibérico de Música de Badajoz” es un festival que tiene un largo pero interrumpido recorrido que se remonta a 1973, desaparece entre 1979 y 1983 y termina su primer tramo en 1986. Diez años después, en 1996, se crea la Sociedad Filarmónica de Badajoz que, entre otras iniciativas, recupera el Festival Ibérico de Música, asumiendo su organización y programación hasta hoy.
La voluntad de mantener la denominación “Festival Ibérico de música” se debió en su día a su condición hispanoportuguesa y al prestigio musical de un festival en cuyas primeras ediciones intervinieron intérpretes tan destacados como el pianista extremeño Esteban Sánchez o las mejores orquestas portuguesas (Gulbenkian, Oporto ). Desde entonces, en estos 20 años, músicos como Grigory Sokolov, David Russell, Caio Pagano, José Luis Estellés, Ara Malikian, Elena Gragera, y grupos de gran importancia como Gabrieli Consorts & Players, Orquesta de Cámara Reina Sofía, Il Giardino Armonico, Musica Antiqua Köln, han visitado Badajoz durante el Festival. En la actualidad el Festival Ibérico de Música está completamente consolidado, habiéndose convertido en el festival de música clásica más importante de la región y forma parte, además, de Festclásica, la Asociación Española de Festivales de Música Clásica.
Asociación de escritores de Extremadura: aa Asociación de Escritores de Extremadura (AEEX) tiene como principal objetivo el fomento de la creación literaria en la región. Durante sus cuarenta años de existencia ha estado siempre al servicio de la ciudadanía más allá de la de sus asociados. Prueba de ello es la creación de las Aulas de Literatura por las que anualmente pasan cuatro mil quinientos alumnos de bachillerato y más de tres mil personas que asisten a las conferencias que se celebran en las sedes de Badajoz, Cáceres, Mérida, Plasencia, Don Benito y Zafra. Esta red de aulas se remonta a 1993, con el fin de divulgar y acercar la literatura a la población extremeña por medio de encuentros cercanos con escritores en una doble vertiente, con el alumnado de los centros educativos y con el público en general. A esta iniciativa hay que añadir la edición de la revista “El espejo”, que arrancó en 1995, con el objetivo de divulgar la creación literaria entre los institutos, instituciones y bibliotecas de la región. La AEEX persigue apoyar el continuo fomento de la vida intelectual y cultural de la región, con especial atención a los alumnos de los centros de bachillerato a través de encuentros que sirvan de dinamización de los institutos estrechando los lazos culturales entre escritores y lectores.
La Unión de Bibliófilos Extremeños: la Unión de Bibliófilos Extremeños tiene como principal objetivo el fomento y la difusión del libro, a través del estudio, dictamen, localización y difusión del rico patrimonio bibliográfico extremeño. Desde hace décadas trabaja para la pervivencia del libro, como objeto y elemento a defender y poner en resguardo por los valores de imaginación y arte que lo rodean. Para ello, organiza anualmente actividades como exposiciones, jornadas, ediciones de inéditos, presentaciones de libros y congresos que ponen en valor el patrimonio bibliográfico. Estas actividades permiten llegar a un público que de otra manera desconocería el tesoro que supone el libro físico como objeto insustituible para la cultura y el desarrollo personal. La Unión de Bibliófilos de Extremadura apoya el continuo fomento de la vida intelectual y cultural de la región, con el montaje de exposiciones en las ferias del libro, la publicación de estudios inéditos bibliográficos, rescate de obras y la realización de conferencias y congresos en los que se rinde homenaje a figuras de panorama nacional cuya dedicación profesional haya sido el estudio, la investigación y el mundo del libro. Todo ello contribuye a atraer a personas que puedan expandir la riqueza cultural y turística de Extremadura.
Asociación Cine Club Fórum: uno de los principales objetivos que justificaron hace diecinueve años la creación del Cine Club Fórum fue la creación del “Festival Inédito de cine” de Mérida”, para ofrecer la posibilidad a los extremeños de ver en exclusiva, y antes de su estreno nacional, una cuidada selección de las mejores propuestas que previamente habían pasado por los festivales de cine más importantes del mundo. Por diferentes motivos, hay películas de gran calidad que tienen un difícil recorrido en las pantallas comerciales de la región, y con el Festival Inédito de Cine de Mérida se quiere encontrar un hueco para poder visionarlas en versión original. Desde la primera edición del certamen, los espectadores han sabido valorar la iniciativa y hoy, después de diecinueve ediciones, el aficionado aprecia el poder disfrutar de esos títulos aún no estrenados y que constituyen una selección de las propuestas más interesantes vistas en algunos de los certámenes más importantes de Europa.
Asociación Cultural 24 Fotogramas: promotora del “Festival Plasencia en corto”, que es la fusión de dos conceptos diferentes, lo profesional y lo educativo. Se aúnan los mejores cortometrajes que se realizan en nuestro país, junto a las creaciones audiovisuales de jóvenes escolares de todo el mundo. El Festival da lugar a una experiencia cinematográfica excepcional que une a jóvenes con profesionales del sector y que, además, convierten Plasencia en una ciudad “de cine” durante toda una semana.
Asociación cultural A deshoras: promotora del “Festival Internacional de Cine Rural y Medioambiental” en la Sierra de Gata. Este Festival surge tras el dramático incendio que devastó gran parte de la sierra de Gata en el verano de 2015.
Nació́ para mostrar a todos los públicos los retos a los que se enfrenta la humanidad del siglo XXI, iniciando un proyecto cultural cinematográfico cuyos contenidos plantean la defensa y la conservación del medio ambiente a través de realidades locales muy distintas. Se trata, a su vez, de un homenaje al emblemático y peculiar paraje que distingue, entre otros, a la comarca serragatina situada en el norte de la provincia de Cáceres y de Extremadura.
El eje central del festival son las exhibiciones cinematográficas en la Sierra de Gata por la noche, al aire libre, de aquellos largometrajes y documentales con y sin distribución comercial en nuestro país y a los que el público extremeño, y particularmente el público de la Comarca de Sierra de Gata, no tendría acceso sin un festival como este.
Asociación cultural Morrimer: asociación creadora del “Festival El Pecado”. Tras veintidós ediciones, está considerado como uno de los mejores de nuestra región, y poco a poco va haciéndose un hueco en el panorama de los festivales audiovisuales españoles. En la última década ha sido el festival de cortometrajes con más trabajos inscritos (una media cercana a los mil cortometrajes por edición) y uno de los que más público tienen (unas cinco mil personas por edición de media). Tiene un gran arraigo en la localidad de Llerena, haciendo partícipe a la ciudadanía y consolidándose en el tiempo gracias a la calidad de los cortometrajes que concursan. Con este proyecto se potencia la imagen de una región atractiva, sirviendo de foro entre los diferentes creadores y profesionales del sector audiovisual y los aficionados a este arte.
Asociación de cine fantástico y de terror: la Asociación de cine fantástico y de terror es la organizadora del evento “Fanter Film Festival Cáceres”, consolidado como un espacio para la proyección de largometrajes y cortometrajes dirigido principalmente a un público joven que refleja el interés transversal por el género de terror y fantástico.
El festival incluye varias maratones de cine, una sesión especial para niños, el concurso de cortometrajes que se proyectan antes de cada película, un concurso de críticas, exposiciones y presentaciones literarias.
El Fanter Film Festival aspira a consolidar la posición de Cáceres como un enclave cultural que promueve el cine de terror y fantástico. Además, tiene la misión de ser un punto de encuentro nacional para aficionados y profesionales del género, ofreciendo una plataforma de lanzamiento para películas que no han sido exhibidas en los circuitos comerciales de Extremadura.
Asociación Gatopardo: la Asociación Gatopardo es la organizadora desde hace trece años del Festival transfronterizo de largometrajes “Periferias” de Valencia de Alcántara. Dicho festival contribuye a la difusión de la cultura y el cine documental y de autor en poblaciones y zonas periféricas y transfronterizas de Extremadura y Alentejo, colaborando con otra asociación portuguesa, ofreciendo a sus habitantes la posibilidad de acceder a una oferta cultural y con un fuerte carácter social. “Periferias” pretende tener un impacto en territorios rurales a través del cine, acercando el séptimo arte a lugares emblemáticos de la frontera hispano-lusa y poniendo de relieve, además, la riqueza patrimonial de este rincón tan particular.
El festival apuesta por una imagen fresca y dinámica que gira en torno a la naturaleza y al concepto de comunidad, que se trasladará a doce municipios de ambos lados de la raya con una programación diversa, cercana y crítica. La línea programática del festival se centra en la promoción de los derechos humanos, el medio ambiente y el arte, con realización de sesiones nocturnas al aire libre, máster class, exposiciones, conciertos, sesiones infantiles y otros actos culturales.
Asociación de Universidades Populares: realizadora del “Programa de cine, de música, talleres de teatro y literarios” que abarca casi todos los ámbitos de intervención cultural -creación, conservación y preservación, formación, promoción y difusión- con el fin de ofrecer a las Universidades Populares proyectos y servicios que sean susceptibles de ser integrados en las programaciones locales y que vayan encaminados al disfrute y la participación ciudadana. Tras treinta años cumpliendo con este cometido, los proyectos integrados se consideran imprescindibles para muchos municipios de la región que cuentan con Universidad Popular.
Los proyectos culturales que se incluyen complementan y enriquecen la programación local, diversificando su oferta y optimizando los recursos municipales, acercando nuevas manifestaciones y expresiones artísticas al medio rural, generando actitudes abiertas, creativas y críticas, fomentando la participación activa de la ciudadanía, y creando y manteniendo una importante red de colaboración entre profesionales del sector cultural y las Universidades Populares que han producido sinergias y desarrollo cultural a lo largo de estos años.
Los programas de “Cine de verano, música clásica (conciertos didácticos) y talleres literarios” forman parte de la programación de las Universidades Populares desde el año 1998, mientras que “Vive el teatro y talleres de formación teatral” se sumó a los anteriores en el año 2007.
Posteriormente, en el año 2020, se inició de manera experimental la “Escuela de Letras de Extremadura” con el fin de poner a disposición de la población novedades literarias, encuentros con autores y formación en otros géneros literarios de manera online. Finalmente, esto se incorporó en el año 2021 a los programas culturales de AUPEX.
Asociación del Foro Audiovisual y de la cinematografía de Extremadura: el proyecto “Foro HDR” (High Dynamic Range) es un referente regional en la formación y difusión de las artes audiovisuales e interpretativas. En catorce años de andadura miles de personas de todas las edades y condición social han pasado por sus actividades formativas que fomentan la integración, el trabajo en equipo, el desarrollo de proyectos culturales vinculados al cine y la televisión y, sobre todo, la reivindicación de la cultura extremeña desde una perspectiva audiovisual. Las actividades están programadas para abarcar todo el potencial del audiovisual, desde muestras de cine hasta talleres formativos y conferencias.
Fundación Rebross: la Fundación Rebross nace en la ciudad de Cáceres con la vocación de trabajar en pro de la cultura. Para ello, los objetivos esenciales de esta organización se materializan fundamentalmente en la promoción del cine español a través del “Festival de cine de Cáceres”.
La justificación de este evento sociocultural es el impulso de la cultura cinematográfica española en la comunidad de Extremadura. El Festival de Cine Español de Cáceres ofrece una sección dirigida al público infantil y juvenil denominada “Ver Cine Español Ayuda”, con el objetivo de colaborar con los colegios e institutos en la promoción del cine español entre el alumnado de enseñanza primaria, secundaria obligatoria, bachillerato y ciclos formativos. El objetivo de esta sección oficial para todos los públicos es la presencia definitiva del cine en el sistema escolar como herramienta didáctica. El proyecto también incluye a todos los aficionados al cine ofreciendo distintas actividades paralelas, organizando “Talleres de Cine” presentados por profesionales de nuestra cinematografía o premiando los mejores trabajos del Cine Español en la Gala Benéfica (Premios “V.O”.).
Fundación Triángulo: fundación creadora del festival “FanCineQueer” tiene por misión utilizar el cine como herramienta de educación y visibilización de la realidad afectivo-sexual de lesbianas, gais, transexuales, bisexuales o intersexuales (LGTBI). Hoy, transcurridos veintiséis años, el festival es ya una referencia durante el otoño cultural extremeño, teniendo asegurada la participación asidua de varios públicos, no solo LGTBI.
FanCineQueer presta una especial atención a los nuevos realizadores y formatos audiovisuales y de manera primordial a las creaciones y creadores extremeños. FanCineQueer es, además, el único festival de cine de la región extremeña que llega a un mayor número de localidades de la región con algunas de sus actividades. En la última edición celebrada llegó a una treintena de localidades.
El objetivo general que persigue es fomentar el valor de la diversidad LGTBI y la lucha contra la LGTBI fobia en Extremadura a través del arte, la creación audiovisual y la cultura LGTBI así como sensibilizar a la población contra la LGBTI fobia y la discriminación por motivos de orientación e identidad sexual.
Badila Asociación Cultural: esta asociación lleva a cabo la realización de la “Muestra de cine y cultura de La Vera” que persigue proponer una oferta de ocio de calidad organizando encuentros para problematizar, debatir y trabajar sobre la exhibición alternativa haciendo hincapié en las áreas rurales carentes de infraestructuras cinematográficas.
Entre los objetivos del proyecto se encuentran el generar una comunidad interdisciplinar e intercultural que comparta y contraste su visión del cine para generar conexiones; congregar a una comunidad que busca implicarse con el cine y la cultura por vías alternativas a los clásicos circuitos de festivales; tejer una red para futuras colaboraciones y consolidar un equipo de profesionales y colaboradores que residan o estén vinculados a la comarca de La Vera;
impulsar la creación y los procesos culturales en estrecha vinculación con las comunidades y sus contextos sociales, contribuyendo a la creación de nuevos relatos, imaginarios, estéticas y valores para el medio rural en el contexto de los retos que plantea el mundo contemporáneo;
visibilizar a las mujeres en los procesos culturales; promover la dinamización e innovación en el sector cultural como instrumento de cohesión social y territorial, con especial atención a la incorporación de estrategias de igualdad de género y participación juvenil e intercambio intergeneracional; captar y formar un público plural, crítico y activo que sea capaz de elegir y ver sin aceptar las imposiciones del mercado, así como el fomento del debate y la discusión de obras culturales; utilizar los recursos expresivos del lenguaje audiovisual y de formatos transmedia para dinamizar la vida sociocultural de las comunidades rurales en la comarca de La Vera.
Badila Asociación Cultural: creadora del proyecto “Cine Cauce”. La Asociación Cultural Badila, fundada en 2018, es una entidad sin ánimo de lucro que busca impulsar la actividad cultural en la comarca de La Vera (Cáceres) como herramienta de transformación social. Sus objetivos incluyen la difusión del patrimonio histórico, artístico y natural de la zona, la promoción de la creación artística y audiovisual, y el fortalecimiento del diálogo entre el ámbito rural y urbano mediante eventos culturales, debates y sinergias entre distintos sectores. Todo esto hace que esta asociación tenga los recursos culturales necesarios para llevar a cabo el laboratorio de ideas “Cine Cauce”.
Este proyecto es un encuentro y seminario que desde 2022 reúne a mujeres y personas no binarias de Iberoamérica implicadas en procesos de archivo, preservación y restauración, investigación, comisariado y programación cinematográfica, creadoras con prácticas experimentales y proyectos de difusión cinematográfica en áreas rurales o periféricas. Busca estimular la discusión y el pensamiento crítico sobre el cine y las artes desplazándose de los núcleos urbanos y reubicando el discurso. Se desarrolla a modo de laboratorio de ideas con mesas de debate durante el día, y por la noche ofrece proyecciones o performances, proponiendo un programa público para las personas interesadas en la parte profesional y otro para un público más amplio.
Es especial porque es el único encuentro en Extremadura que reúne de manera transversal a mujeres profesionales de la preservación (archivo), programación (exhibición) y creación de cine en un espacio para discutir los procesos de trabajo. También porque junta los siguientes factores: transmisión de conocimiento intergeneracional, internacional (con invitadas de Iberoamérica), con enfoque en proyectos rurales y periféricos, creando visibilidad de las mujeres como agentes culturales y referentes para las nuevas generaciones y porque se ha creado una red internacional de proyectos afines. Estos factores hacen que Jarandilla y la comarca de La Vera tenga una proyección internacional para dar a conocer su cultura y a la vez puede atraer a cineastas o gestores culturales a realizar rodajes o proyectos culturales.
Grupo Folklorico Los Jateros: asociación organizadora del “Festival Internacional de la Sierra”.
Este Festival, con sus cuarenta y un años de celebración, persigue la preservación y puesta en valor del patrimonio cultural de las distintas zonas y regiones del Estado español, favoreciendo el conocimiento y comprensión de las manifestaciones culturales de otros países y lugares, así como el fomento de nuestra danza y música en el exterior. Goza de estabilidad, trayectoria y solvencia, y se ha convertido en uno de los festivales más longevos en cuanto a la música y danza tradicional se refiere. A esto cabe añadir que la entidad organizadora, el Grupo Folklórico Los Jateros, tiene su origen en el año 1965, por lo que cuenta con cincuenta y nueve años de experiencia en el mundo de la cultura tradicional.
Además, la consistencia e interés cultural del proyecto se pone de manifiesto con las declaraciones y premios recibidos a lo largo de los años, como el de Fiesta de Interés Turístico Nacional (2018) y Fiesta de Interés Turístico Regional (1999), obtención del primer premio en la Gala de los II Premios de la Música de Extremadura “Extremadura Sonora 2009” en la categoría de Música Tradicional, y un largo etcétera. Este festival tiene también en su esencia una proyección internacional claramente marcada por el objetivo de fomento de la interculturalidad y tolerancia que presenta, favoreciendo la participación de numerosos grupos internacionales y el fomento de de intercambios culturales, como demuestra la participación de Los Jateros en festivales de Francia, Alemania, Suiza, lo que ha permitido el conocimiento del patrimonio cultural extremeño más allá de nuestras fronteras.
Fundación Universidad - Sociedad de la Uex: la Fundación Universidad-Sociedad de la UEx se encarga de dar soporte (en servicios de marketing, comunicación, producción audiovisual y organización de eventos) a entidades públicas y privadas de Extremadura, contando siempre para ello con estudiantes y titulados universitarios a los que se ofrece la oportunidad de iniciarse en el entorno laboral. Así, desde sus inicios, la actividad “difusión digital y agenda” dentro del proyecto OndaCampus Radio TV, se ha posicionado como un medio de comunicación con vocación formativa. Por sus instalaciones han pasado más de 1.500 estudiantes y titulados universitarios en los últimos 14 años, a los que se ha ofrecido la oportunidad de trabajar con clientes reales de cara a maximizar su potencial de empleabilidad una vez finalizadas las prácticas. El proyecto “Producción Audiovisual para la difusión de la agenda cultural de la Filmoteca de Extremadura” se presenta como clave para la empleabilidad de los recién titulados universitarios, especialmente aquellos con titulaciones relacionadas con la comunicación audiovisual.
Asociación de Gestores culturales de Extremadura: asociación creadora del Proyecto “Observatorio Extremeño de la Cultura”. Esta entidad de ámbito regional, con conocimiento en la materia, tiene capacidad técnica y compromiso para abordar iniciativas que favorecen el desarrollo cultural, considerando la cultura como elemento esencial para el desarrollo social, económico y territorial de los pueblos.
La cultura es un instrumento imprescindible de participación comunitaria que tiene la capacidad de desarrollar el espíritu crítico, la creatividad y otras potencialidades de los/las ciudadanos/as. En definitiva, la cultura es una herramienta que favorece el desarrollo integral de la persona y, por lo tanto, mejora la calidad de vida de la comunidad.
Debido a su importancia, es necesario contar con una herramienta para obtener información objetiva y generar conocimiento con el fin de aportar orientaciones a los agentes, tanto públicos como privados, que forman parte del ecosistema cultural de la región.
Ante la inexistencia de fuentes de información fiables y objetivas en nuestra comunidad, nació la necesidad de crear un observatorio como instrumento de análisis, investigación y difusión de la realidad cultural en Extremadura. El trabajo del observatorio resulta imprescindible, analizando y evaluando la repercusión de las acciones y dándolas a conocer al público en general y al sector en particular. Su trabajo se asienta sobre los cimientos de la independencia, la autonomía y la capacidad crítica, y está basado en la participación comunitaria con la colaboración entre los agentes culturales (instituciones, empresas, asociaciones, etc.) como elemento imprescindible y necesario para el correcto desarrollo de este.
Algunos de los objetivos que se pretenden alcanzar con el funcionamiento de este proyecto consisten en recopilar, analizar y visualizar el conjunto de prácticas, programas y actividades culturales que se producen en nuestra región, así como generar conocimiento que impulse el desarrollo de políticas culturales a través de trabajos objetivos de evaluación y análisis, posibilitando la mejora en el proceso y toma de decisiones Asociación de Gestores culturales de Extremadura: la Asociación de Gestoras y Gestores Culturales de Extremadura (AGCEX) está constituida por un colectivo abierto de profesionales del ámbito de la cultura, vinculado al ámbito público y privado, movido por el interés común de propiciar y contribuir al cambio social a través de modelos democráticos, activos y participativos, usando la cultura como principal herramienta. Desde AGCEX se trabaja por el reconocimiento de la figura del gestor o gestora cultural y la profesionalización del sector, manteniéndose fieles a los fines por los que se fundó en 1994. La Asociación se ha adaptado a la evolución y a los cambios que se han producido en Extremadura en la generación de espacios de cooperación, debate e intercambio de conocimiento entre organizaciones culturales y sociales para la mejora de la gestión de la diversidad y visibilización de las oportunidades.
Estas oportunidades implican actividades de desarrollo y entrenamiento de habilidades sociales que mejoran la acción voluntaria y la búsqueda de una adaptación permanente a las necesidades de los/as destinatarios/as de la acción colectiva de la propia asociación a través del proyecto “Desarrollo integral de la gestión cultural”.
Federación Extremeña de Folklore: en la actualidad el “Festival de los Pueblos del Mundo” es un festival consolidado y prestigioso que ofrece la cultura internacional a multitud de localidades de la geografía extremeña y portuguesa. Este gran evento anual no sólo ofrece a los extremeños una oportunidad para conocer el folklore de todo el mundo, sino que aporta a nuestros visitantes una visión de Extremadura que traspasa fronteras y una visión que habla de amabilidad, simpatía y gentileza.
Este Festival es el buque insignia de las actividades que realiza la Federación Extremeña de Folklore que sigue apostando por él año tras año en vista de la gran acogida que tiene en nuestra región.
El “Festival de los Pueblos del Mundo” consta de dos actividades principales que marcan el eje de ejecución de este, que son la gala inaugural y el zoco etnográfico, zoco que se convierte en el acto más colorido y representativo del Festival confluyendo la mayoría de los grupos que participan en cada edición. Estos grupos ofrecen una curiosa visión de sus culturas de origen a través de sus actuaciones y de un vistoso desfile, y muestran a quien los contempla la artesanía de sus países de origen. Además, se realizan actividades como el gastrofolk o los talleres didácticos donde se comparte la música y la danza entre los distintos países participantes.
Asociación residencia de cine de Extremadura: la “Residencia de Cine en Guadalupe” es un proyecto pionero y único en la región, diseñado para impulsar el desarrollo de cine de autor iberoamericano en los géneros de ficción, animación y documental. Su sede es Guadalupe (Cáceres), un enclave simbólico por sus vínculos históricos con Iberoamérica. Cada edición selecciona quince proyectos cinematográficos -cinco extremeños, cinco del resto de España y cinco iberoamericanos (con al menos uno portugués)- que participan en una residencia intensiva de una semana.
Durante este tiempo, los equipos creativos (formados por directores, guionistas y productores) reciben formación especializada para mejorar sus guiones y preparar sus obras para el mercado internacional. La residencia se centra en fortalecer la estructura narrativa, conectar con audiencias globales y facilitar el acceso a financiación internacional.
Un elemento distintivo del proyecto es el Extremadura Film Market, el primer mercado de cine en la región y la periferia que ofrece foros de coproducción, sesiones de pitching y una plataforma online para promover la internacionalización de las industrias culturales de Extremadura, España, Portugal e Iberoamérica.
La Asociación Residencia de Cine de Extremadura está dirigida por profesionales de gran prestigio en el ámbito cinematográfico con premios Goya y presencia activa en las academias de cine de España, Extremadura y Europa. Gracias a su liderazgo y experiencia, la Asociación ha consolidado este espacio como un referente para la creación cinematográfica internacional desde una perspectiva regional, generando un ecosistema creativo que conecta Extremadura con el mundo.
Federación Extremeña de Folklore: “Programa I. 57 localidades”. La Federación Extremeña de Folklore está formada por ochenta y seis agrupaciones que desde hace treinta y ocho años trabaja por la defensa, recuperación, promoción y divulgación de la cultura tradicional y del saber del pueblo extremeño. Desde sus inicios, estas agrupaciones han querido conservar, recuperar y revivir nuestro legado tradicional de forma altruista, y vienen trabajando por difundir la variedad y riqueza de nuestra cultura popular por todo el mundo.
El objetivo del “Programa I. 57 localidades” es llevar el folklore regional a todos los vecinos/as de municipios con una población inferior a 2.000 habitantes a fin de cubrir necesidades culturales y promoviendo la difusión de nuestro Folklore a través de las Asociaciones de Folklore.
Fundación Atrio: “Programas culturales Cáceres 2031”. La Fundación Atrio Cáceres nace con el propósito de ser un agente dinamizador en el ámbito cultural, artístico y social de Extremadura con una visión integradora que pone la música y la cultura al servicio del desarrollo humano y del fortalecimiento comunitario. En poco tiempo, ha consolidado una estructura organizativa solvente y un programa de actividades ambicioso y diverso.
El hecho de tener la sede en la ciudad de Cáceres refuerza el simbolismo y compromiso de sus acciones en un contexto donde la cultura forma parte de la identidad del territorio. Su proyecto “programas culturales Cáceres 2031” tiene un modelo que combina la excelencia artística con programas formativos de alto nivel y conciertos de música clásica que posicionan a Cáceres en el circuito cultural nacional e internacional. Así mismo, adquiere un compromiso social con programas educativos e inclusivos dirigidos a la infancia, personas mayores y colectivos con discapacidad o riesgo de exclusión, realizando muchas de sus intervenciones específicas en zonas rurales y espacios históricamente desatendidos en materia de oferta cultural.
Este proyecto no solo responde a una necesidad cultural, sino también educativa y turística, convirtiéndose en un eje estructurante de la ciudad, y busca ampliar la cobertura de sus programas educativos y sociales, profesionalizar aún más su estructura técnica y pedagógica, desarrollar nuevas líneas de acción en mediación cultural, digitalización y accesibilidad, y consolidar la sostenibilidad de una Escuela de Música de Alto Rendimiento.
Asociación Ras de Terra: “Ópera de La Vera”. Desde su apertura en 2021 en Villanueva de la Vera (Cáceres), Ras de Terra se ha consolidado como un centro cultural de referencia en el medio rural extremeño, promoviendo un diálogo contemporáneo entre naturaleza, arte y tecnología. Su misión se articula en torno a la sostenibilidad, la creatividad y la transformación social del territorio, ofreciendo residencias artísticas, talleres, encuentros y festivales que acercan las artes a públicos diversos, tanto locales como visitantes.
Este espacio de mediación cultural con una programación centrada en disciplinas como la fotografía, el arte sonoro, la literatura, la artesanía y la música ha recibido desde sus inicios el reconocimiento institucional al formar parte, como socio estratégico, de la Nueva Bauhaus Europea, iniciativa de la Comisión Europea orientada a transformar los espacios de vida de manera más sostenible, inclusiva y atractiva En este contexto nace “Ópera de La Vera”, una iniciativa singular de la Asociación que ha logrado insertar con éxito la ópera en un entorno rural, fuera de los grandes centros urbanos.
En un pueblo de apenas 2.200 habitantes, han convertido la plaza de Villanueva de la Vera en un escenario lírico de primer nivel, demostrando que la alta cultura puede y debe ser accesible para todos los públicos, sin importar el lugar.
Asociación Cultural de Baile Flamenco de Extremadura: “Concurso de baile flamenco por jaleos extremeños”. La asociación de Baile Flamenco de Extremadura se creó, entre otros, con el objetivo principal de realizar este concurso. La ciudad de Badajoz es reconocida como la capital del flamenco extremeño. En torno a su Plaza Alta se gestaron y recrearon los dos cantes autóctonos extremeños: los tangos y los jaleos extremeños, lo que la convierte en la sede ideal para un concurso de flamenco que refleje la grandeza de este arte.
El flamenco fue reconocido como Patrimonio Inmaterial de la Humanidad por la UNESCO el 16 de noviembre de 2020, destacándose como una seña de identidad y expresión artística andaluza, murciana y extremeña. Además, el flamenco extremeño fue declarado Bien de Interés Cultural de Extremadura el 15 de marzo de 2022. Los cantes extremeños, incluyendo tangos y jaleos, están homologados y reconocidos como autóctonos de Extremadura, gracias a las ponencias defendidas por el flamencólogo Paco Zambrano en el Congreso Nacional de Arte Flamenco de 1988.
El toque extremeño ha ganado reconocimiento en la afición flamenca gracias a las contribuciones de nuestros guitarristas. Los tangos y jaleos extremeños son dos palos del flamenco que constituyen un patrimonio que debemos proteger, conservar y promover.
El baile extremeño busca el reconocimiento que le otorgue identidad, encontrándose en diferentes situaciones. Por un lado, el tango extremeño, con sus particularidades, forma parte del gran tronco común de las modalidades de tangos flamencos. Por otro lado, el baile por jaleos extremeños es un elemento cultural único, cuya expresión ha perdurado en Extremadura, a pesar de la desaparición de otros jaleos flamencos en la segunda mitad del siglo XIX, al surgir la soleá y las bulerías.
Según Paco Zambrano, los jaleos extremeños tienen su origen en los cantes y bailes que acompañaban las bodas gitanas, marcando el momento en que se consideraba consumado el matrimonio. La singularidad de esta expresión cultural y su vigencia son las razones principales para la creación de este concurso. El flamenco es ya un arte universal, por lo que se dota al “Concurso de baile flamenco por jaleos extremeños” de un ámbito internacional.
Por lo expuesto, previo informe favorable de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y con el artículo 32.1.d)
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su sesión de 29 de julio de 2025, DISPONGO:
Artículo 1. Objeto y finalidad.
El presente Decreto tiene por objeto acordar los supuestos de concesión directa de subvenciones de carácter singular a entidades jurídico privadas sin ánimo de lucro que se recogen en el artículo 4 y regular la concesión de las mismas en aplicación de lo previsto en el artículo 22.4.c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con lo establecido en el artículo 32.1 d) de dicha ley, por concurrir razones de interés público, social, económico y cultural debidamente justificadas que dificultan su convocatoria pública.
Artículo 2. Régimen jurídico.
Estas subvenciones se regirán, además de por lo particularmente dispuesto en este decreto y en las resoluciones de concesión, por lo establecido con carácter general en la Ley 6/2011, de 23 de marzo , y por la normativa básica contenida en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre
, General de Subvenciones y, en lo que afecte, por las restantes disposiciones de carácter básico del Estado.
Artículo 3. Razones que justifican la concesión directa.
En el desarrollo de la política cultural impulsada por la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, todos los proyectos recogidos en este decreto se consideran de interés social por cuanto redundan en el conjunto de la población, constituyendo acciones de carácter singular imprescindibles para promover, fortalecer y desarrollar el ecosistema cultural de nuestra región, lo cual dificulta la convocatoria pública, atendiendo a la especial naturaleza de la actividad a subvencionar.
Dicho interés cristaliza en la necesidad de facilitar la continuidad de realización de las actividades culturales descritas y justifican la utilización de este excepcional procedimiento, sin recurrir al procedimiento de concurrencia competitiva, imposibilitado asimismo por el hecho de que los proyectos a realizar son creados y promovidos exclusivamente por las entidades singulares sin ánimo de lucro mencionadas en el presente decreto.
El no subvencionar estas actividades culturales supondría la no realización de estas, pudiendo tener múltiples impactos negativos tanto a nivel social como económico y educativo, así como pérdida de tradiciones, costumbres y valores que definen a una comunidad autónoma y favorecen la cohesión social, ya que las actividades culturales (festivales, tradiciones, teatro, música, danza, etc.) refuerzan la identidad colectiva y el sentido de pertenencia.
En cuanto al impacto económico negativo, la falta de realización de estos eventos culturales disminuye las oportunidades para artistas y creadores intervinientes en los mismos, dependiendo de estos espacios para difundir su trabajo y generar ingresos, disminuyendo asimismo la afluencia de turistas a estos eventos afectando a pequeños negocios y emprendedores locales donde se realizan las actividades.
Estos eventos culturales son una herramienta clave en la formación integral de las personas, especialmente en los niños y jóvenes. Su ausencia limita el desarrollo de sus habilidades creativas, críticas y emocionales, así como se pierden espacios de reflexión y debate que fomentan el pensamiento crítico y la diversidad de ideas, todo ello primordial para su crecimiento personal y comunitario de la región.
Estos eventos culturales son una vitrina para atraer inversiones, turismo y reconocimiento internacional, y sin ellos la región puede quedar en el anonimato, perdiendo oportunidades de desarrollo.
En definitiva, la falta de estas actividades culturales no solo afecta el entretenimiento, sino que debilita la economía, la educación, la salud mental y la identidad colectiva. Por ello es fundamental que la administración autonómica apoye y promueva la cultura como pilar del desarrollo sostenible.
Las subvenciones incluidas en este decreto contribuyen a avanzar en el logro de los objetivos culturales incluidos en la política ejercida por la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes y se alinean de forma plena con el Plan Estratégico de subvenciones para el periodo 2024-2026, según Resolución de la Consejera de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de 16 de junio de 2025 por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2026 de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, aprobado por resolución de 25 de abril de 2024 y modificado por resoluciones de 11 de octubre, 30 de octubre y 3 de diciembre de 2024.
Artículo 4. Beneficiarios, actividades subvencionables y cuantía.
Serán beneficiarias de las subvenciones las siguientes entidades culturales singulares sin ánimo de lucro con las siguientes cuantías, destinos y aplicaciones presupuestarias:
1. Asociación Badejazz, con NIF G06419477, para la realización del Festival Badejazz de Badajoz por importe de 25.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273B/48000/20160028 / CAG0000001.
2. Asociación Cultural El Magusto, con NIF G10266880, para la realización del Festival Folk El Magusto de Carbajo por importe de 10.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273B/48000/20160027 / CAG0000001.
3. Asociación Cultural Elgatoalagua, con NIF G10314946, para la realización del Festival Irish Fleadh por importe de 16.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273B/48000/20160030 / CAG0000001.
4. Asociación cultural flamenca “Virgen del Puerto”, con NIF G10186146, para la participación en el concurso flamenco “Mayorga-Ciudad de Plasencia” por importe de 6.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273B/48000/20220107 / CAG0000001.
5. Asociación cultural Teatro Grecolatino de Mérida, con NIF G06545339, para la realización del Festival Juvenil Europeo de Teatro Grecolatino por importe de 12.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273B/48000/20160024 / CAG0000001.
6. Asociación Amigos del Blues con NIF G10394161, para la realización de Cáceres Blues Festival por importe de 10.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273B/48000/20160025 / CAG0000001.
7. Asociación de Guitarra Clásica de Extremadura con NIF G06433072, para la realización del Festival de Guitarra Arroyo de la Luz por importe de 9.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273B/48000/20220240 / CAG0000001.
8. Asociación de Gestores Culturales de Extremadura, con NIF G10182038, para la realización de la Muestra de Teatro y jornadas de música profesional por importe de 105.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273A/78000/20160015 / CAG0000001.
9. Federación de asociaciones de teatro Amateur de Extremadura (Fatex), con NIF G10242907, para la promoción y difusión del teatro amateur en Extremadura por importe de 70.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273B/48000/20090491 / CAG0000001.
10. Federación Extremeña de Bandas de Música, con NIF G06349641, para la promoción y difusión de las bandas de música en Extremadura por importe de 20.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273A/48000/20150250 / CAG0000001.
11. Federación Extremeña de Corales, con NIF V10045730, para el fomento y la difusión de la música coral en Extremadura por importe de 18.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273A/48000/20001141 / CAG0000001.
12. Federación Extremeña de Folklore, con NIF V06104194, para el fomento y la difusión de la música tradicional extremeña por importe de 30.150 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273A/48000/20001140/ CAG0000001.
13. Sociedad Filarmónica de Badajoz, con NIF G06226468, para la participación en el ciclo de música actual por importe de 15.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273B/48000/20220106/ CAG0000001.
14. Sociedad Filarmónica de Badajoz, con NIF G06226468, para la realización del Festival Ibérico de Música de Badajoz por importe de 42.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273B/48000/20160029/ CAG0000001.
15. Asociación de Escritores Extremeños, con NIF G06150007, para el fomento de la creación literaria en Extremadura por importe de 20.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273A/48000/20001142 / CAG0000001.
16. Unión de Bibliófilos Extremeños, con NIF G06172985, para el fomento y difusión del libro por importe de 20.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/27 3A/48000/20001139/ CAG0000001.
17. Asociación Cine Club-Forum, con NIF G06470777, para la realización en el Festival inédito de Cine por importe de 15.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273B/48000/20160041 / CAG0000001.
18. Asociación Cultural 24 Fotogramas, con NIF G10345668, para la realización del Festival Plasencia en Corto por importe de 20.000.00 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273B/48000/20160042 / CAG0000001.
19. Asociación Cultural A Deshoras, con NIF G10053387, para la realización de Cine Rural y Medioambiental por importe de 6.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273B/48000/20200068 / CAG0000001.
20. Asociación cultural Morrimer, con NIF G06349112, para la realización del Festival El Pecado por importe de 6.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273B/48000/20160043 / CAG0000001.
21. Asociación de Cine Fantástico y de Terror Fanter Film Festival, con NIF G10477388, por importe de 7.500 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273B/48000/20170010 / CAG0000001.
22. Asociación Gatopardo, con NIF G10472249, para la realización del Festival Transfronterizo de Largometraje “Periferias” por importe de 10.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273B/48000/20170011 / CAG0000001.
23. Asociación de Universidades Populares de Extremadura (Aupex), con NIF G06192868, para la realización de Programas de cine, de música, talleres de teatro y literarios por importe de 105.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273A/48000/20070379 / CAG0000001.
24. Asociación del Foro audiovisual y la cinematografía, con NIF G02723476, para la participación en el Foro HDR por importe de 5.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273B/48000/20220104 / CAG0000001.
25. Fundación Rebross, con NIF G10382851, para la realización del Festival de Cine de Cáceres por importe de 13.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/ 273B/48000/20160038/ CAG0000001.
26. Fundación Triángulo, con NIF G81393548, para la participación en el Festival FanCineQueer por importe de 20.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/27 3B/48000/20240240/ CAG0000001.
27. Badila asociación cultural, con NIF G10486785, para la participación en la muestra de cine y cultura de La Vera por importe de 10.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273B/48000/20250140/ CAG0000001.
28. Badila asociación cultural, con NIF G10486785, para la participación en el proyecto “Cine Cauce” por importe de 12.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273B/48000/20250218/ CAG0000001.
29. Grupo Folclórico Los Jateros, con NIF G06017149, para la realización del Festival Internacional de la Sierra por importe de 18.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273A/78000/20240143/ CAG0000001.
30. Fundación Universidad- Sociedad de la Uex, con NIF G0645 6487, para la realización de Onda Campus Radio TV, Proyecto Difusión Digital y Agenda por importe de 9.225 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273A/44000/20160017/ CAG0000001.
31. Asociación de Gestores Culturales de Extremadura, con NIF G10182038, para el funcionamiento del Observatorio Extremeño de la Cultura por importe de 35.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273A/78000/20080543 / CAG0000001.
32. Asociación de Gestores Culturales de Extremadura, con NIF G10182038, para la realización del desarrollo integral de la gestión cultural en Extremadura por importe de 45.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273A/48000/20050277 / CAG0000001.
33. Federación Extremeña de Folklore, con NIF V06104194, para la realización del Festival Pueblos del Mundo por importe de 55.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273A/78000/20100271/ CAG0000001.
34. Asociación Residencia de Cine de Extremadura, con NIF G75351767, para la participación en el proyecto “Residencia de Cine en Guadalupe” por importe de 36.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273B/48000/20250141/ CAG0000001.
35. Federación Extremeña de Folklore, con NIF V06104194, para la realización del Programa 1- 57 localidades por importe de 65.550 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273A/48000/20160047/ CAG0000001.
36. Fundación Atrio, con NIF G10836096, para la participación en proyectos culturales Cáceres 2031 por importe de 100.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273A/48000/20250309/ CAG0000001.
37. Asociación Ras de Terra, con NIF G67913020, para la participación en el proyecto “Ópera en La Vera” por importe de 15.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273B/48000/20250144/ CAG0000001.
38. Asociación cultural de Baile Flamenco de Extremadura, con NIF G06654560, para la participación en el Concurso Internacional de Baile Flamenco por importe de 15.000 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 15.0020000G/273B/48000/20250143/ CAG0000001.
En todo caso, para obtener la condición de beneficiarias, las precitadas entidades deberán cumplir los siguientes requisitos:
a. No concurrir alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b. Estar al corriente con sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal con la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 5. Gastos subvencionables y plazo de realización.
1. Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios para la ejecución de cada proyecto o para el funcionamiento de la correspondiente entidad, en su caso, y que no produzcan un incremento del capital o del patrimonio de la citada entidad.
En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
2. A efectos de lo previsto en el presente artículo, se considera gasto subvencionable el que ha sido efectivamente realizado en el período de ejecución de la actividad subvencionable.
La realización de los gastos y ejecución de estos deberán llevarse a cabo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, por lo que las facturas o documentos contables de valor probatorio equivalente deberán ser de fechas comprendidas en este período de tiempo.
A estos efectos, se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado en el período comprendido entre el 1 de enero de 2025 y 31 de marzo de 2026.
3. En todo caso, tendrán consideración de gastos subvencionables para cada una de las entidades los expresados en el anexo “partidas presupuestarias que conforman las actividades”.
Artículo 6. Procedimiento de concesión.
1. Las subvenciones, que tienen carácter excepcional, serán otorgadas por el procedimiento de concesión directa al amparo de los dispuesto en el artículo 22.4.c), en relación con el artículo 32.1.d) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, por las razones de interés cultural previstas en el artículo 3 del presente decreto.
2. El procedimiento se ha iniciado previa solicitud de las entidades beneficiarias y se acuerda de forma singular mediante la aprobación y publicación del presente decreto del Consejo de Gobierno, que ha sido propuesto por la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes previo informe favorable de la Consejería competente en materia de hacienda 3. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las entidades interesadas están obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración en todas las fases del procedimiento administrativo, así como en la interposición de los correspondientes recursos administrativos. De la misma manera, la tramitación de los procedimientos de revocación y reintegro se realizarán de forma electrónica.
4. Las personas o entidades interesadas deberán disponer de DNI electrónico o de certificado electrónico en vigor para la autenticación y para la firma electrónica. Si no dispone de ellos, podrán ser obtenidos en las direcciones electrónicas siguientes: https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF _009 y http://www.cert.fnmt.es/, según lo establecido en el Decreto 255/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que indica en sus artículos 34 y 35 que las personas físicas, las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica podrán identificarse y autenticarse electrónicamente en la sede electrónica asociada mediante los sistemas de identificación y autenticación basados en certificado electrónico reconocido emitido por cualquier entidad emisora admitida y podrán actuar electrónicamente mediante el uso del sistema de firma electrónica reconocida basado en certificado admitido.
5. Los certificados de hallarse al corriente en las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y de no tener deudas con la Hacienda Autonómica, serán consultados o recabados de oficio por la Administración siempre que conste en el procedimiento el consentimiento expreso de la entidad interesada. En otro caso, esta deberá presentar las certificaciones correspondientes, que tendrán validez durante el plazo de seis meses contado desde la fecha de expedición, salvo que reglamentariamente se establezca otro plazo.
6. Toda la documentación se presentará electrónicamente en el Registro Electrónico General de la Junta de Extremadura, ubicado en la siguiente dirección web https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf, o en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, las comunicaciones y notificaciones administrativas dirigidas a las entidades beneficiarias durante la tramitación del expediente de concesión y de seguimiento de la ayuda y, en su caso, de un eventual procedimiento de reintegro, deberán cursarse por medios electrónicos, de acuerdo con el artículo 41 de la Ley 39/2015, 1 de octubre. A tal efecto, la entidad deberá estar dada de alta en la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE/), facilitando una dirección de correo electrónico a la que se enviarán los avisos de puesta a disposición de las notificaciones de tal naturaleza.
Artículo 7. Instrucción del procedimiento.
1. Actuará como órgano instructor del procedimiento para la concesión de las subvenciones a las que se refiere el artículo 4 la Secretaría General de Cultura de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes.
2. Las funciones del órgano instructor serán:
a. Examinar la documentación y la solicitud presentada y comprobar los datos en virtud de los cuales deba adoptarse la resolución.
b. Formular la propuesta de resolución.
c. Recabar, si es preciso, cuanta información complementaria estime oportuno a la entidad solicitante.
Artículo 8. Resolución del procedimiento.
1. Una vez estudiada la documentación presentada, a la vista de la propuesta de resolución del Secretario General de Cultura, el Secretario General de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes dictará la resolución expresa y motivada en el plazo de un mes desde la elevación de aquella.
2. Contra dicha resolución, que no pondrá fin a la vía administrativa, las entidades interesadas podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación, sin perjuicio de que la entidad interesada pueda ejercitar cualquier otro que estime conveniente.
3. El plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento será de tres meses desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es).
La falta de resolución expresa dentro del plazo máximo para resolver, legitima a las entidades interesadas para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo, conforme a lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
4. La resolución será notificada individualmente a las beneficiarias.
5. Las beneficiarias podrán renunciar a la subvención y quedarán libradas del cumplimiento de la carga o finalidad que se halle afectada aquella. La renuncia se formulará por escrito y deberá ser previa al cobro de la subvención.
De la misma forma se entenderá que renuncia a la misma la no presentación de la aceptación de la subvención en el plazo de 10 días desde su notificación.
6. Las subvenciones concedidas serán publicadas en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura (https://www.juntaex.es/transparencia), en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo y en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) en la forma establecida en el artículo 17.1
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Asimismo, se procederá a la anotación en la Base de Datos de Subvenciones de la Comunidad Autónoma (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias) y se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones para su publicación en la página web de la Intervención General de la Administración del Estado.
Artículo 9. Obligaciones de las entidades beneficiarias.
Las entidades beneficiarias deberán cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo y, además, particularmente las siguientes:
a) Realizar, en el plazo que se indique la resolución de concesión, que en ningún caso podrá exceder del 31 de diciembre de 2025, la actividad por la que se ha concedido la subvención, y presentar en el plazo máximo de tres meses a partir de la finalización del plazo concedido para la realización de la actividad, la justificación correspondiente en la forma prevista en el artículo 11 del presente decreto.
b) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
c) Adoptar las medidas de publicidad adecuadas para dar difusión pública de la financiación obtenida de la Junta de Extremadura a través de la subvención, con arreglo a lo establecido en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y se modifica el Decreto 77/1990, de 16 de octubre , por el que se establece el Régimen General de Concesión de Subvenciones.
d) Asumir la aportación económica por la diferencia entre el importe de la cantidad concedida por la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes y el coste total de la actividad para la que se solicita la subvención.
e) Destinar la subvención a la finalidad para la que ha sido concedida.
f) Justificar, ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidas en la resolución de concesión.
g) Someterse a las actuaciones de comprobación que pueda efectuar el órgano concedente o cualquier otro órgano de control competente, aportando cuanta información le sea requerida.
h) Conservar los originales de las facturas y demás documentos justificativos de la subvención percibida, que estarán a disposición de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, de la Intervención General de la Junta de Extremadura, así como de cuantos órganos fiscalizadores o de control, nacionales o comunitarios, pudieran requerirlos.
i) Mantener, de conformidad con el artículo 16 i) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, libros y registros contables específicos para garantizar la adecuada justificación de la subvención.
j) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, frente a la Seguridad Social, y que no tiene deudas con la Hacienda Autonómica. Esta circunstancia es exigible con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión y con carácter previo al pago y será consultada o recabada de oficio por la Administración, siempre que conste en el procedimiento el consentimiento expreso del interesado. En otro caso, el interesado deberá presentar las certificaciones correspondientes, que tendrán validez durante el plazo de seis meses a contar desde la fecha de expedición k) Acreditar que no está incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria, a tenor del artículo 12 de la citada Ley 6/2011, de 23 de marzo.
l) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos normativamente previstos.
m) Justificar el importe total del presupuesto presentado, conforme a lo establecido en el presente decreto.
n) Cumplir con el resto de las obligaciones y compromisos establecidos en la resolución de concesión que se dicte.
Artículo 10. Pago de la subvención.
1. La Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura efectuará un pago único durante el ejercicio 2025 del 100% del importe total de la subvención concedida, con carácter anticipado, una vez recibida por la Consejería el documento de aceptación de la subvención concedida recogido en la resolución de concesión, debidamente firmado.
2. En todo caso, para proceder a la tramitación del pago mencionado, la entidad beneficiaria deberá acreditar con anterioridad al abono de este, que se halla al corriente en las obligaciones tributarias, y frente a la Seguridad Social y que no se tienen deudas con la Hacienda Autonómica. Esta obligación de presentar los certificados señalados solo procederá si la Administración no tiene el consentimiento expreso al que se refiere el artículo 6 del presente decreto.
3. En atención a lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, se establece la exención de prestar garantías por los pagos anticipados que se reciban en el marco de este decreto, atendiendo a los beneficiarios y a la finalidad de las ayudas reguladas, ya que se configuran como subvenciones otorgadas a entidades culturales sin ánimo de lucro con la finalidad de dinamizar, movilizar y gestionar la cultura en su ámbito competencial, impulsar de una forma definitiva el sector de las artes escénicas y a la comunidad cultural extremeña, así como afianzar la conciencia de la identidad regional a través de la investigación, difusión y conocimiento de los valores culturales del pueblo extremeño y la promoción y fomento de la cultura en todas sus manifestaciones y expresiones.
4. El abono de las ayudas se realizará en la cuenta bancaria que se encuentre activa en el sistema de terceros de la Junta de Extremadura. En el caso de que se quiera proceder a una nueva alta, el trámite “Alta de Terceros” debe realizarse en el punto de acceso general electrónico (www.juntaex.es) dentro de la ficha correspondiente, desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar la solicitud:
https://www.juntaex.es/w/5145?inheritRedirect=true Artículo 11. Régimen de justificación.
1. Las justificaciones de las subvenciones prevista en el artículo 4 en los puntos 8, 9, 23, 35 y 36, cuyo importe es superior a 60.000 euros, se realizarán según lo dispuesto en el artículo 74 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , dentro de la modalidad de cuenta justificativa con aportación de informe auditor. En el plazo de tres meses a partir de la finalización del plazo concedido para la realización de la actividad, se deberá presentar la siguiente cuenta justificativa que deberá contener:
a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, así como las incidencias habidas en su realización. Se aportarán los elementos necesarios para acreditar la realización de la actividad.
Cualquier modificación producida en el desarrollo del proyecto deberá señalarse y justificarse en la memoria de actividades.
b) Informe de un auditor de cuentas inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas dependiente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, que contendrá:
- Una memoria económica abreviada (según Anexo “justificación”) con una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad según el desglose del presupuesto total estimado inicialmente, con identificación del acreedor y del documento, su importe con desglose del IVA correspondiente, concepto, fecha de emisión y fecha del pago según modelo adjunto en las que se acredite que está abonada la cuantía de dichos documentos para llevar a cabo todas las actividades correspondientes al proyecto total. La fecha de estas facturas o documentos contables debe estar comprendida en el periodo de ejecución de la actividad entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025.
- Una relación de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
- Mención sobre los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 36 de la Ley 6/2011 de 23 de marzo, deba haber solicitado el beneficiario.
- La justificación versará sobre la totalidad del gasto correspondiente al presupuesto del proyecto subvencionado.
- Deberán indicarse los criterios de reparto de los costes generales o indirectos incorporados en la relación.
c) En el caso de que el desarrollo del proyecto suponga contratos de personal, es necesario que se incluya mención sobre la no generación de derecho alguno frente a la Administración, según Anexo “certificado contratación personal”.
d) Certificación final de la actividad realizada de conformidad con el Anexo “certificación final”.
e) Certificado de no obtención de otras subvenciones, que en concurrencia con la que se concedió supere el coste de las actividades desarrolladas de conformidad con el Anexo “certificación acreditativa de la obtención de otras subvenciones o ingresos”, donde se detallen otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y su procedencia.
f) Memoria económica comparada, según anexo “memoria económica detallada comparada”, del presupuesto y actividades ejecutadas respecto al inicialmente presentado para lo que fue concedida la subvención durante su periodo de ejecución, firmada por el presidente/a de la entidad interesada, en la que se indicarán las desviaciones acaecidas.
En caso de que no se hubiera ejecutado la totalidad del proyecto subvencionado, deberá justificarse en esta memoria las causas que motivaron tal circunstancia.
g) En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.
2. La justificación del resto de las subvenciones previstas en el artículo 4 no contenidos en el punto anterior, cuyo importe es inferior a 60.000 euros, queda sometido al cumplimiento del artículo 35.10 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, conforme se regula en el artículo 75
del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, bajo la modalidad de cuenta justificativa simplificada.
En el plazo de tres meses a partir de la finalización del plazo concedido para la realización de la actividad se deberá presentar la siguiente documentación:
a) Memoria económica según Anexo “justificación”, que contenga una relación debidamente firmada por el presidente/a de la entidad interesada de las facturas en firme o documentos contables de valor probatorio equivalente con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago, por el importe necesario para completar el total del presupuesto presentado, en las que se acredite que está abonada la cuantía de dichos documentos, para llevar a cabo todas las actividades correspondientes al proyecto total. La fecha de estas facturas o documentos contables debe estar comprendida en el periodo de ejecución de la actividad entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025.
Deberán indicarse los criterios de reparto de los costes generales o indirectos incorporados en la relación.
El órgano concedente comprobará, a través de técnicas de muestreo, sobre la relación aportada, los justificantes que se estimen oportunos (mínimo, el 15 % de los relacionados) y que permitan obtener evidencia razonable sobre la adecuada aplicación de la subvención, a cuyo fin podrá requerir al beneficiario la remisión de los justificantes de gastos y pagos seleccionados de forma aleatoria.
b) En el caso que el desarrollo del proyecto suponga contratos de personal, es necesario que se incluya mención sobre la no generación de derecho alguno frente a la Administración, según anexo “certificado contratación personal”.
c) Certificación final de la actividad de conformidad con el Anexo “certificación final”.
d) Memoria de actuación justificativa del proyecto realizado y del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
e) En el caso de que el desarrollo del proyecto suponga contratos de personal, es necesario que se incluya mención sobre la no generación de derecho alguno frente a la Administración, según anexo “certificación contratación personal”.
f) Certificado donde se detallen otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada, con indicación del importe y su procedencia de conformidad con el Anexo “certificación acreditativa de la obtención de otras subvenciones o ingresos”.
g) Memoria económica comparada, según Anexo “memoria económica detallada comparada”, del presupuesto y actividades ejecutadas respecto al inicialmente presentado para lo que fue concedida la subvención durante su periodo de ejecución, firmada por el presidente/a de la entidad, en la que se indicarán las desviaciones acaecidas.
En caso de que no se hubiera ejecutado la totalidad del proyecto subvencionado deberá justificarse en esta memoria las causas que motivaron tal circunstancia.
h) En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos.
3. Si la documentación exigida para la tramitación ya obrara en poder de la Administración Pública, la entidad solicitante podrá acogerse a lo dispuesto en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 25
de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura, y no estará obligado a presentar la documentación siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emitidos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
Artículo 12. Revocación y reintegro de subvenciones.
1. El incumplimiento por parte de las entidades beneficiarias del destino o finalidad para el que fueron otorgadas las subvenciones o de cualquiera de las condiciones que se establezcan en la resolución de concesión, la obstaculización de las labores de comprobación, la no disposición de datos que pudieran requerirse o la omisión o falseamiento de los mismos, así como del resto de obligaciones a que se sujetan los beneficiarios de ayudas públicas, dará lugar -sin perjuicio de cualesquiera otras responsabilidades a que hubiere lugar- al reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 6/2011 de 23 de marzo.
2. No obstante, en los casos de incumplimiento o justificación parcial del objeto o de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención, y siempre y cuando el cumplimiento por la entidad beneficiaria se aproxime de modo significativo al cumplimiento total y se acredite por esta una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos, la cantidad a reintegrar deberá, respondiendo al principio de proporcionalidad, fijarse en función de los costes justificados y las actuaciones acreditadas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 43.2 en relación con la letra o) del artículo 16 de la Ley 6/2011 de 23 de marzo.
3. Se considerará que el cumplimiento por el beneficiario se aproxima significativamente al cumplimiento total cuando se haya justificado, en los términos exigidos en la resolución, al menos el 60 % de la cuantía correspondiente al presupuesto total. En estos casos, procederá la pérdida del derecho a la subvención en proporción a la parte no ejecutada respecto al presupuesto total.
Además, de la misma forma, se considerará que el cumplimiento por el beneficiario se aproxima significativamente al cumplimiento total cuando se hayan realizado, en los términos exigidos en la presente resolución, al menos el 50 % de las actividades programadas especificadas en la Resolución cuando exista más de una. En estos casos, procederá la pérdida del derecho a la subvención en proporción al importe presupuestado de la actividad programada no ejecutada respecto al presupuesto total.
En los proyectos aprobados que desarrollen más de una actividad, los porcentajes señalados en los dos párrafos anteriores deberán concurrir acumulativamente.
4. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público, resultando de aplicación para su cobranza lo previsto en la Ley 5/2007, de 19 de abril , General de Hacienda Pública de Extremadura.
La liquidación de los intereses se realizará en la misma resolución en la que se acuerde la procedencia del reintegro, con indicación expresa de la fecha de inicio y finalización del cómputo de intereses y del porcentaje del interés de demora aplicable.
Artículo 13. Compatibilidad.
1. Las subvenciones son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea, o de organismos internacionales.
El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
En caso de que se produzca exceso de financiación sobre el coste de las actividades subvencionadas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 43.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, el beneficiario procederá al reintegro del exceso de financiación obtenido sobre el coste de la actividad subvencionada, con exigencia del interés de demora correspondiente.
2. La concesión de estas subvenciones suponen un porcentaje de financiación del coste de cada proyecto, y en caso de que el coste final sea inferior al contemplado inicialmente, la subvención concedida se minorará hasta alcanzar el mencionado porcentaje de financiación.
Artículo 14. Modificación de resoluciones.
1. Toda alteración de las condiciones iniciales por las que se otorgaron las ayudas deberá ser inmediatamente comunicada a la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura, la cual autorizará su modificación, así como en su caso la modificación de las resoluciones de concesión, cuando no se desvirtúe la finalidad perseguida con el otorgamiento de la subvención, en atención al proyecto presentado.
2. No obstante, en aquellos proyectos aprobados en los que conste más de una partida presupuestaria, se podrán llevar a cabo modificaciones no sustanciales en el proyecto aprobado sin que sea necesario solicitar la citada autorización cuando deban efectuarse reajustes presupuestarios entre alguna de las partidas de gastos del citado proyecto, siempre que dichos ajustes no afecten, aislada o conjuntamente, a más de un 20 % del total del proyecto.
3. En el supuesto de que se superase el porcentaje previsto en el párrafo anterior se solicitará de forma motivada, exponiendo las razones que justifican dichos cambios, autorización previa para llevar a cabo dichas modificaciones a la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura. Esta solicitud deberá ser formulada por escrito al menos un mes antes de la finalización del periodo de ejecución del proyecto y autorizada por el órgano concedente. La Consejería deberá resolver en el plazo máximo de 15 días hábiles. En el caso de que transcurra dicho plazo sin que recaiga autorización o denegación expresa podrá entenderse desestimada la solicitud.
Artículo 15. Subcontratación.
Las entidades beneficiarias podrán subcontratar, total o parcialmente, la ejecución de la actividad que constituye el objeto de la subvención conforme a lo previsto en los artículos 33 y 34
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. No se entenderá subcontratación la contratación de aquellos gastos en que tenga que incurrir el beneficiario para la realización por sí mismo de la actividad subvencionada.
Artículo 16. Protección de datos.
El tratamiento de los datos de carácter personal que se deriven de la gestión de esta subvención se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE , así como en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre
, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es), o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es).
En el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Anexos
Omitidos.