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La Audiencia Nacional fija el juicio a la pieza catalana del 'caso Efial' para septiembre y octubre de 2026

11/08/2025
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La Audiencia Nacional ha fijado para septiembre y octubre de 2026 el juicio del 'caso Efial' por presuntos servicios ilícitos entre una consultora y ayuntamientos catalanes para esquivar el criterio de los funcionarios municipales y alterar procedimientos de licitación.

MADRID, 7 (EUROPA PRESS)

Casi una veintena de personas están acusadas de presuntos delitos de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos por un supuesto fraude de más de 8 millones de euros.

Tendrán que sentarse en el banquillo los días 14, 15, 16, 17, 28, 29 y 30 de septiembre y 1, 13, 14 y 15 de octubre del próximo año, según una providencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

Entre los acusados se encuentran el fundador de la consultora, Antonio Martos, así como los exalcaldes Andreu Martí, de L'Ametlla de Mar; Daniel Masagué, de Torredembarra; Josep Jaume Castellnou, de Vandellòs i l'Hospitalet de l'Infant, y Rafael Vidal, de Ascó.

El presunto fraude habría afectado a ayuntamientos mayoritariamente de Tarragona: L'Ametlla de Mar (4.585.746 euros), Ascó (2.023.143 euros), Tortosa (1.055.130 euros), Torredembarra (504.321 euros), Vandellòs (199.800 euros) y Cambrils (13.700 euros).

También habría afectado al Ayuntamiento de Barcelona (84.960 euros) y, dentro de la propia provincia barcelonesa, a los de Llinars del Vallès (113.860 euros) y Masquefa (75.000 euros), así como en Lleida al de La Seu d'Urgell (76.120 euros).

CONTRADECIR A INTERVENTORES Y SECRETARIOS

La investigación del Juzgado Central de Instrucción Número 4 determinó que la consultora Efial prestó servicios a varios ayuntamientos que permitían "contradecir los previamente emitidos por parte de los órganos fiscalizadores (interventor y secretario)", lo que dio lugar presuntamente a la firma de contratos de forma ilícita.

Así, hubo una emisión "reiterada" de informes por parte de los profesionales vinculados a Efial con los que se daba "una aparente cobertura de legalidad a determinadas decisiones y resoluciones que se han mostrado contrarias a derecho", según indicó el instructor en un auto al que también tuvo acceso esta agencia de noticias.

"Blindan su actividad mediante informes encargados 'ad hoc' a profesionales en la materia, relacionados con Efial, supuestamente al objeto de favorecer a la misma directa o indirectamente, habiéndose detectado reuniones durante la investigación entre representantes de Efial y cargos y funcionarios de la administración local, concertados en un lugar concreto, supuestamente al objeto de alterar procedimientos de licitación o concurso público", detallaba.

Según el relato del juez, la consultora se integraba en el funcionamiento de los consistorios llegando "en algunos casos se les ha llegado a calificar como un ayuntamiento paralelo".

Ello supuso --indicó-- "una huida progresiva y creciente del derecho administrativo, utilizándose diversas herramientas de cara a evitar cualquier tipo de control administrativo, así como de cara a burlar las diferentes normativas que regulan el funcionamiento de las administraciones públicas".

GESTIÓN EXTERNALIZADA

Para conseguir ese objetivo, la consultora habría usado como una "herramienta útil" la figura de la Entidad Pública Empresarial (EPE)", que permite una "importante relajación del control administrativo, así como un menor grado de sometimiento a la normativa sobre contratación pública".

El uso de esa figura empresarial les servía para actuar, según el juzgado, como "una sociedad interpuesta con el fin de variar el régimen jurídico de las adjudicaciones de obra y posibilitar la celebración de contratos como los concertados con Efial Consultoría".

"La EPE asume la gestión que hasta el momento venía asumiendo el ayuntamiento (que cuenta con funcionarios de la administración para llevar a cabo las funciones asumidas por la EPE), y ante la imposibilidad de asumir las funciones encargadas, externaliza la gestión a favor de empresas privadas (como es el caso de Efial)", explicaba, para incidir en "la contratación masiva a Efial por dichos entes, contratación sujeta a multitud de irregularidades".

A su juicio, recurrían a esa figura para presuntamente "favorecer la relajación del control administrativo y rebajar el grado de sometimiento a la normativa de contratación pública de la que se beneficia tanto la propia Efial como los profesionales que ejecutan los encargos".

"En la totalidad de las EPE's hasta el momento investigadas, la participación de Efial en la creación de la estructura analizada ha venido acompañada de la adjudicación de contratos a la consultora por parte de la entidad pública, en los que se han advertido indicios de direccionamiento", indicaba.

Una estructura para "la adjudicación de contratos a favor de la empresa que la auspicia (Efial)" que era, según el juzgado, "una herramienta perfecta para la instauración de la arbitrariedad en la gestión de lo público", vulnerando la libre competencia.

El juez consideró "sin duda llamativo" que los alcaldes recurrieran a Efial pese a "las dudas suscitadas en relación con la legalidad de la actividad desarrollada" por la consultora.

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