Diario del Derecho. Edición de 13/10/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 31/07/2025
 
 

TS

El Tribunal Supremo admite la personación de Ciudadanos en el 'caso Koldo' como acusación popular

31/07/2025
Compartir: 

El magistrado del Tribunal Supremo (TS) que instruye el 'caso Koldo', Leopoldo Puente, ha admitido la personación como acusación popular de Ciudadanos, que alegó que su solicitud era un "acto de higiene democrática" frente a la presunta trama de cobro de comisiones a cambio de adjudicación de obra pública que habría encabezado el ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán.

MADRID, 30 (EUROPA PRESS)

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el instructor "tiene por personado en esta causa especial como acusación popular al partido político Ciudadanos", aunque le recuerda que deberá actuar a través del Partido Popular, sobre quien están unificadas el resto de acusaciones populares.

"Ciudadanos reafirma así su compromiso con la regeneración democrática, la transparencia y la lucha contra la corrupción. Seguiremos trabajando en colaboración con la Justicia para garantizar que el uso de los recursos públicos responda siempre a los principios de legalidad, imparcialidad y servicio a la sociedad", ha anunciado el partido a través de una nota de prensa, recogida por esta agencia de noticias.

La formación solicitó este mismo mes su personación alegando que se trata de un "acto de higiene democrática" frente a hechos que considera reveladores de una "corrupción organizada desde el corazón del poder", en alusión a la presunta trama de cobro de comisiones a cambio de adjudicación de obra pública que habría encabezado el ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán.

El partido explicó entonces que, en caso de quedar personados, la representación letrada correría a cargo de la aún coordinadora autonómica de Ciudadanos en la Comunidad Valenciana, Mamen Peris, y de Carlos Carrizosa, "dos figuras de especial relevancia en el partido y destacada carrera en el ámbito del derecho".

UN DEBER CONSTITUCIONAL

En su escrito al TS, Cs alegaba que "el ejercicio de la acción popular por parte de Ciudadanos responde al deber constitucional de contribuir al fortalecimiento de las instituciones democráticas, al control del poder y a la defensa del interés general, cuando éste se ve gravemente comprometido por la utilización del aparato del Estado para fines espurios".

"El ejercicio de la acción popular por parte de Ciudadanos es un acto de higiene democrática ejercido a través de las herramientas procesales que el Estado de Derecho nos brinda", aseguraba.

En ese sentido, recordaba que "ha venido defendiendo de forma continuada desde su fundación la lucha contra la corrupción, la regeneración democrática, la defensa del Estado de Derecho y la exigencia de responsabilidades penales y políticas a quienes, desde sus cargos públicos, han vulnerado la legalidad en beneficio propio o de terceros, en claro perjuicio del interés general".

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana