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Premios “Rosa Regàs”

31/07/2025
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Resolución de 23 de julio de 2025, de la Dirección General de Participación e Inclusión Educativa, por la que se convocan los premios “Rosa Regàs” a materiales curriculares que promuevan la igualdad entre hombres y mujeres en educación y que destaquen por su valor coeducativo, en su XIX edición correspondiente al curso 2024/2025 (BOJA de 30 de julio de 2025). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 23 DE JULIO DE 2025, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PARTICIPACIÓN E INCLUSIÓN EDUCATIVA, POR LA QUE SE CONVOCAN LOS PREMIOS “ROSA REGÀS” A MATERIALES CURRICULARES QUE PROMUEVAN LA IGUALDAD ENTRE HOMBRES Y MUJERES EN EDUCACIÓN Y QUE DESTAQUEN POR SU VALOR COEDUCATIVO, EN SU XIX EDICIÓN CORRESPONDIENTE AL CURSO 2024/2025.

Mediante Orden de 24 de enero de 2012, de la Consejería de Educación (BOJA núm. 29, de 13 de febrero), se establecen las bases reguladoras para la concesión en régimen de concurrencia competitiva de los Premios “Rosa Regàs” a materiales curriculares que destaquen por su valor coeducativo.

La citada orden establece, en su disposición adicional segunda, la delegación de competencias en la persona titular de la Dirección General competente en materia de convivencia e igualdad para convocar los premios mediante resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En su virtud y de conformidad con las atribuciones fijadas en el Decreto 164/2024, de 26 de agosto Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional (BOJA extraordinario núm. 15, de 27 de agosto de 2024), esta Dirección General de Participación e Inclusión Educativa

RESUELVE

Primero. Convocatoria.

Efectuar la convocatoria de la XIX edición de los premios “Rosa Regàs”, correspondiente al curso 2024/2025, a materiales curriculares que destaquen por su valor coeducativo, de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 24 de enero de 2012.

Segundo. Modalidades de los premios.

Modalidad A. Premios destinados a materiales curriculares inéditos, no publicados, presentados y realizados por el profesorado de los niveles no universitarios, que sea responsable de su autoría y que a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes se encuentren prestando servicio en centros públicos cuya titularidad corresponda a la Consejería competente en materia de educación de la Junta de Andalucía.

La forma de participación en esta modalidad A podrá ser individual o en equipo. En el caso de participación en equipo, cada uno de sus miembros tendrá igualmente la condición de persona beneficiaria, debiendo cada uno de ellos cumplir los requisitos establecidos en el artículo 7 así como aportar la documentación a que se refiere el artículo 12.2 de la Orden de 24 de enero de 2012.

Modalidad B. Premios destinados a materiales curriculares que hayan sido publicados por las editoriales, las empresas del sector editorial y las instituciones públicas o privadas domiciliadas en Andalucía o que operen en su ámbito territorial, así como las Universidades andaluzas a las que se refiere el artículo 4.b) de la Orden de 24 de enero de 2012, cumpliendo asimismo los requisitos establecidos en el artículo 7 y aportando la documentación expuesta en el artículo 12.5 de la misma orden.

Tercero. Plazo de presentación de candidaturas.

El plazo de presentación de solicitudes para esta convocatoria será desde el día siguiente al de la publicación del extracto previsto en el artículo 20.8.a) Vínculo a legislación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, hasta el 15 de septiembre de 2025.

Cuarto. Premios.

La cuantía económica global para los premios de la modalidad A asciende para esta convocatoria a un total de 10.000,00 euros que se imputará a la partida presupuestaria 481.01.54C.

Las publicaciones premiadas en la modalidad B recibirán un distintivo que las acredite como “material premiado por su valor coeducativo”.

Se convocan tres categorías de premios con una dotación económica de 5.000,00 euros para el Primer Premio, 3.000,00 euros para el Segundo Premio y 2.000,00 euros para el Tercer Premio.

El jurado podrá proponer en cada modalidad el número de premios que estime conveniente, siendo el fallo inapelable. De igual forma, podrá proponer declarar desiertos los premios en cualquiera de sus modalidades si considera que ninguno de los materiales presentados reúne los méritos suficientes.

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