TARRAGONA, 23 (EUROPA PRESS)
Al hombre, de origen irlandés, se le aplica un agravante de parentesco y un atenuante por consumo de alcohol y drogas y se le prohíbe aproximarse al domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro que sea frecuentado por el hijo de ambos, la madre y los hermanos de la víctima en un radio inferior a 1.000 metros, así como prohibición de comunicar con ellos por cualquier medio, ambas por 25 años.
También se le condena a indemnizar con 150.000 euros al hijo, 20.000 a cada uno de los hermanos y 80.000 euros a la madre.