LA OBSESIÓN DE CATALUÑA POR LA DIFERENCIA
Partamos de la base de que la Constitución no consagra diferencias entre comunidades autónomas, más allá de la forma de acceso a la autonomía (¡hace ya más de 40 años!); de hechos diferenciales (lengua, insularidad, litoral, derecho civil...); o de algunas competencias fruto del principio dispositivo (tráfico, prisiones...). Y por lo que respecta al sistema de financiación, el diferente para País Vasco y Navarra, amparado en la disposición adicional primera de la Constitución.
Desde la homogeneización competencial operada con los pactos autonómicos de 1992 podemos decir, con las salvedades apuntadas, que todas las comunidades son iguales en consideración, importancia y competencias. Pero desde entonces -y aun antes- el nacionalismo imperante, especialmente en Cataluña, se ha obsesionado por buscar la diferencia. Ya se intentó con la reforma del Estatuto en 2006 y ahora, aprovechando las necesidades del presidente para mantenerse en el poder y las de Illa en la Generalitat, se exige una financiación singular “solidaria” precisamente porque Cataluña “es diferente”.
Que el sistema de financiación debe revisarse es algo que clama al cielo, desde que caducó el vigente para 2009-2014. Pero debe trabajarse conjuntamente por el Estado y por las comunidades en el Consejo de Política Fiscal y Financiera conforme a las previsiones constitucionales. Es intolerable el pacto entre los socialistas de Cataluña y ERC que tiene su continuación en lo acordado por el Gobierno de España y la Generalitat de Cataluña. Por el primero se convino un sistema de financiación que avance hacia la plena soberanía fiscal basado en la relación bilateral con el Estado y la recaudación, gestión y liquidación de todos los impuestos, y en reforzar los pilares del reconocimiento nacional de Cataluña, cuando ésta ni es nación ni, desde luego, goza de soberanía. Por el segundo, se pretende potenciar una Agencia Tributaria catalana en cuyas manos quedará el cien por cien del IRPF y demás impuestos, quebrando de este modo el sistema fiscal hasta ahora vigente en beneficio de una sola comunidad y en perjuicio de las demás, consagrando así un privilegio a todas luces inconstitucional, porque es función del Estado asegurar la igualdad entre comunidades e impedir la discriminación.
Quizás conviene recordar que, de acuerdo con la Constitución, las comunidades pueden actuar como delegados o colaboradores del Estado para la recaudación, gestión y liquidación de los recursos tributarios de éste. Pero lo que se pretende va más allá de la previsión constitucional y representa una mutación de la arquitectura de financiación vigente que, aparte de comportar no pocas dificultades técnicas, provocaría una clamorosa discriminación de las demás comunidades. ¿Qué pasaría si se celebraran pactos de financiación singular con todas ellas? El sistema quebraría y además ello supondría, en realidad, una reforma de la Constitución y no solo de la Lofca. ¿Y qué pasará con la solidaridad, tan reiteradamente invocada en la Constitución? Simplemente, que saltará por los aires. Quizá, consciente de ello, los “pactantes” no se han ruborizado al adjetivar su proyectada financiación singular como “solidaria” y al anunciar una “aportación a la solidaridad”, que se negociará bilateralmente con el Estado de modo transparente y en términos de igualdad, además, claro, de la disposición catalana a prestar una contribución equitativa a las pesadas cargas del “Estado español”. Este ignominioso pacto se enmarca en la cadena de acciones que están provocando la deconstrucción del modelo de Estado propiciado por la Constitución y que se une a las contrapartidas que los nacionalistas están recibiendo a cambio de sostener a la indolencia presidencial, pues a los indultos y la amnistía, las acometidas al poder judicial, el traspaso de prisiones al País Vasco y un largo etcétera se añade ahora lo que comportará un daño irreparable que los constitucionalistas debemos impedir y frenar la obsesiva aspiración del nacionalismo a ser “más que”.