BARCELONA 4 Jun. (EUROPA PRESS) -
En el escrito, que ha avanzado 'El Periódico', el Supremo confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), que dejaba sin efecto la licencia de obras y el Pla Especial Integral i de Millora Urbana (Peimu) que el Ayuntamiento de Barcelona aprobó en 2020, una decisión que ya no puede ser recurrida.
La Plataforma Defensem Can Raventós, impulsora del recurso ganado ante el TSJC, ha celebrado lo que consideran una "gran victoria ciudadana", según ha informado este miércoles en un comunicado, y ha instado al consistorio a pactar con CORP una permuta para convertir la totalidad de la finca en una Casa de Cultura y un refugio climático para el barrio.
El plan, ahora anulado, pretendía regular la edificación dejando un espacio libre ajardinado alrededor de la casa de 10 metros de ancho "revalorizando la casa protegida, así como también el jardín que la rodea, que también es objeto de protección, por lo cual no es posible ninguna intervención que interfiera o lo afecte, como aparcamientos subterráneos en el jardín", según la sentencia de la Sala Contenciosa del TSJC.
El TSJC alegó entonces que el plan no respetaba el límite de 10 metros alrededor de la casa Raventós que establece la normativa urbanística y que no se ajustaba a la finalidad perseguida, "que no es otra que la de revalorizar la casa Raventós" y el jardín que la rodea".