Diario del Derecho. Edición de 29/04/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 21/04/2025
 
 

Audiencia de Granada

Condenado a prisión por presentarse por otra persona al examen de recuperación de puntos del carné

21/04/2025
Compartir: 

La Audiencia de Granada ha condenado a seis meses de prisión y más de mil euros de multa a un hombre que se presentó por otra persona al examen teórico para la recuperación de puntos del permiso de conducir, para lo que manipuló el DNI del hombre al que pretendía ayudar a fin de evitar que le pillaran.

GRANADA, 18 (EUROPA PRESS)

El acusado se presentó al examen en las dependencias de la Jefatura Provincial de Tráfico de Granada, en la carretera de Alfacar con el DNI de la otra persona, pero sobre la fotografía original superpuso una lámina adhesiva transparente con una fotografía suya.

Haciendo uso de este documento en el que aparecía su imagen pero con los datos de identidad de la otra persona, que era quien realmente había perdido los puntos del carné, el acusado consiguió acceder a la sala donde se desarrollaba la prueba y que se le entregara la hoja de examen con las preguntas que debía responder.

No obstante, no llegó a rellenar el examen al serle retirado por los agentes de la Guardia Civil de Tráfico que comprobaban la documentación de identidad aportada por quienes se examinaban aquel día y que verificaron que el acusado se estaba presentando por otra persona, según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.

El individuo al que podría beneficiar este engaño estuvo investigado en un principio, pero el Juzgado de lo Penal número 5, que fue el encargado de enjuiciar el asunto, le absolvió al considerar que no quedó acreditada su participación en los hechos. Por el contrario, el hombre que se presentó al examen sí fue condenado como autor de un delito de falsedad en documento oficial tras reconocer los hechos.

El Juzgado de lo Penal le condenó a nueve meses de prisión y a 3.240 euros de multa, si bien el acusado recurrió ante la Audiencia Provincial alegando que no llegó a cometer el delito porque no pudo entregar el examen. El tribunal rechaza este extremo advirtiendo que la falsedad en documento oficial se produjo en el mismo momento en que exhibió el DNI manipulado con la pretensión de poder acceder a la prueba.

Sí ha estimado la Audiencia Provincial su recurso respecto a que en este caso corresponderle aplicarle la pena mínima, por lo que ha rebajado de nueve a seis meses la pena de prisión y la multa de 3.240 euros inicialmente impuesta a 1.080 euros, todo ello en una sentencia contra la que cabe recurso ante el Supremo.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Suspendidos los plazos procesales en toda España para el lunes y este martes
  2. Estudios y Comentarios: Victoria del sentido común; por José Luis Requero, magistrado del Supremo
  3. Actualidad: El TC pospone la sentencia sobre la 'Ley Trans' de Irene Montero ante la división en la mayoría progresista
  4. Actualidad: Jácome recurrirá ante el Supremo para que la agresión que sufrió se reconozca como atentado contra la autoridad
  5. Tribunal Supremo: El procedimiento de responsabilidad solidaria, que es anulado judicialmente por considerar inexistentes sus presupuestos, no tiene efectos interruptivos de la prescripción para exigir el pago de la deuda al responsable subsidiario
  6. Actualidad: El TS rechaza anular las condenas de la pieza ERE de Acyco por la sentencia del TC del exconsejero Antonio Fernández
  7. Actualidad: El TC estudiará el recurso de Más Madrid contra la negativa de la Asamblea de Madrid a investigar la pandemia
  8. Estudios y Comentarios: No hay quien borre la mancha de la Operación Cataluña; por Ignacio Sánchez-Cuenca, catedrático de Ciencia Política
  9. Tribunal Supremo: Se desestima la acción de tutela sumaria de recobrar la posesión ejercitada por el arrendatario de una vivienda, tras su lanzamiento en un juicio de desahucio por falta de pago, que concluyó con la enervación de la acción
  10. Tribunal Supremo: Es de aplicación la limitación de doce meses del derecho a cobrar la retribución durante el periodo de liquidación, a los administradores concursales en que la fase de liquidación se abrió antes de la entrada en vigor de la DT 3.ª de la Ley 25/2015

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana