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TSJC

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña anula la prohibición de usar vapeadores en las playas de Barcelona

31/03/2025
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha estimado parcialmente el recurso de una asociación que pedía la nulidad de la ordenanza municipal del Ayuntamiento de Barcelona que prohibía el uso de vapeadores en las playas del municipio y establecía sanciones por su incumplimiento.

MADRID 29 Mar. (EUROPA PRESS) -

Dicho recurso fue presentado por la Asociación Exfumadores, la cual apuntó que el consistorio había excedido sus competencias al incluir los vapeadores en la normativa municipal que se amparaba en la Ley de Residuos y Suelos Contaminados.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha declarado nulas las disposiciones relativas a estos dispositivos al considerar que el Ayuntamiento carece de competencias para regular su uso en este ámbito.

Según la sentencia, ninguna de las áreas de actuación del Ayuntamiento permiten introducir la prohibición de uso de vapeadores en las playas, con las correspondientes infracciones y sanciones por su incumplimiento.

El tribunal ha señalado que la Ley 28/2005, que regula el consumo y venta de productos del tabaco y dispositivos similares, no prohíbe específicamente el uso de vapeadores en playas. Además, destacó que la normativa estatal diferencia entre los cigarrillos tradicionales y los dispositivos susceptibles de liberar nicotina, limitando su consumo únicamente en espacios concretos como centros sanitarios, educativos o transporte público.

"Otra cosa sería que esa norma hubiera establecido limitaciones concretas en cuanto al uso de esos dispositivos susceptibles de liberar nicotina en las playas, pero por ahora no lo ha hecho, ni tampoco Parlament de Catalunya ha aprobado una ley (...) que prohíba el uso de esos dispositivos en las playas", recoge la sentencia, con fecha del 4 de marzo de 2025.

En su defensa, el Ayuntamiento argumentó que su competencia en materia medioambiental y salud pública amparaba esta prohibición. Sin embargo, el tribunal concluyó que estas competencias no incluyen la regulación del uso de vapeadores en playas, ya que no existe un impacto ambiental directo asociado a estos dispositivos.

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