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Emisión de informes por la Comisión de Comunicación Institucional

18/02/2025
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Orden PEJ/160/2025, de 9 de febrero, por la que se actualizan las cuantías para la emisión de informes por la Comisión de Comunicación Institucional (BOA de 17 de febrero de 2025). Texto completo.

ORDEN PEJ/160/2025, DE 9 DE FEBRERO, POR LA QUE SE ACTUALIZAN LAS CUANTÍAS PARA LA EMISIÓN DE INFORMES POR LA COMISIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL.

Mediante Decreto 384/2011, de 13 de diciembre Vínculo a legislación, del Gobierno de Aragón, se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen las competencias en materia de comunicación y publicidad.

En su artículo 6 se incluyen los órganos competentes para la emisión de informes en función de la cuantía de la actividad. Asimismo, la disposición final primera de este Decreto faculta al Consejero con competencias en materia de comunicación para actualizar las cuantías establecidas en el artículo 6.

Las cuantías actualmente vigentes guardaban correlación con cuantías definidas en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre Vínculo a legislación. El tiempo transcurrido desde la aprobación del Decreto 384/2011, de 13 de diciembre Vínculo a legislación, el funcionamiento de la propia Comisión de Comunicación Institucional y la aprobación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre Vínculo a legislación, de Contratos del Sector Público, hacen aconsejable la actualización de las cuantías para emitir informes por los distintos órganos de la Comisión de Comunicación Institucional. Para ello se toma como referencia las cuantías establecidas para el contrato menor y para el procedimiento abierto simplificado abreviado en los contratos de servicios.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 1 Vínculo a legislación del Decreto 199/2024, de 29 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Economía y Justicia, corresponde a este Departamento la coordinación y supervisión del ejercicio de las competencias asumidas por la Comunidad Autónoma en materia de publicidad institucional.

En virtud de lo anterior, previo informe de la Comisión de Comunicación Institucional, dispongo la actualización de las cuantías determinadas en el artículo 6 Vínculo a legislación del Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, que quedan establecidas de la siguiente manera:

Serán competentes para emitir los informes a los que se refiere el artículo 4 Vínculo a legislación del Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen las competencias en materia de comunicación y publicidad; los órganos que se indican a continuación:

a) La Dirección de Comunicación informará aquellos asuntos cuya cuantía sea inferior a quince mil euros (IVA excluido) y, en su caso, los derivados de la contratación centralizada de publicidad con independencia de su cuantía.

b) La Comisión Permanente informará aquellos asuntos cuya cuantía sea inferior a sesenta mil euros (IVA excluido) y aquellos otros de importe superior que, por ser de reconocida y motivada urgencia, deban tramitarse con antelación a la celebración de la siguiente sesión de la Comisión en pleno. De estos segundos, la Comisión Permanente informará al pleno de la Comisión en la primera sesión que celebre.

c) El resto de asuntos serán informados por la Comisión de Comunicación Institucional en pleno.

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