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CGPJ

El CGPJ responde a Liberum que no puede intervenir en reclamaciones basadas en desacuerdos con decisiones judiciales

30/12/2024
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El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha respondido que no es competente para actuar respecto a la queja de la Asociación Liberum, que denunció que no se les permitiera asistir a las acusaciones populares a las comparecencias en el Tribunal Supremo de los investigados por el 'caso Koldo'. Indica que "no tiene competencia para intervenir en aquellas reclamaciones basadas en discrepancias o desacuerdos con lo decidido por jueces y magistrados".

MADRID, 27 (EUROPA PRESS)

El escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, viene firmado por la unidad de Atención Ciudadana, y en el mismo se explica que "cuanto plantea en su queja afecta a cuestiones que solo pueden plantearse y resolverse dentro del procedimiento correspondiente".

Esta contestación va dirigida a la letrada de Liberum, Inmaculada Jaén, quien en nombre de esta asociación puso en conocimiento del CGPJ el pasado 12 de diciembre la decisión del Supremo y solicitó al órgano de gobierno de los jueces "revisar e intervenir" en las formas seguidas por el alto tribunal y corregir "las decisiones que impiden la defensa en el libre ejercicio de la profesión de la abogacía".

Al hilo, explicaba Liberum que el Supremo había decidido, además de impedir la asistencia a las declaraciones, que las acusaciones populares no recibieran las notificaciones emitidas por el instructor, con la salvedad de quien lleva la dirección de las mismas, que recayó en el Partido Popular (PP).

La decisión del alto tribunal, según recoge Liberum, fue adoptada el pasado 11 de diciembre, cuando acordó unificar la representación y defensa de las acusaciones populares en esta causa en el PP, dado que fue la primera de ellas en personarse.

Liberum recordaba que antes de la declaración voluntaria como investigado del exministro de Transportes José Luis Ábalos ante el Supremo, acudieron para asistir a la misma y que una vez dentro se les informó de que los nombres de los letrados de Liberum "no estaban en la lista para acceder a la sala donde se celebraría la declaración".

"Pasados unos minutos, el personal de seguridad del Tribunal Supremo nos dirige ante la presencia del magistrado --Leopoldo Puente-- en su despacho quien nos informa de que, el resto de acusaciones populares en la fase de instrucción, no podrán asistir en persona a la presente declaración ni a las futuras ni siquiera en otra sala o mediante una pantalla de plasma. Igualmente, se informa de que tampoco recibirán las notificaciones que se generen durante el procedimiento", explicaba ante el CGPJ.

Liberum señalaba que trasladaron a Puente su rechazo ante esas prohibiciones, dado que no se habían incluido en la parte dispositiva del auto de unificación de las acusaciones, ni se había fundamentado en norma procesal alguna.

"INFERIORIDAD DE CONDICIONES"

Los letrados de la asociación consideran que no asistir presencialmente a las declaraciones de los investigados y testigos "impide en tiempo real conocer las manifestaciones vertidas en dichas comparecencias" y entienden que "no puede salvarse esta inferioridad de condiciones" con mecanismos de grabación porque en cualquier caso siempre se informaría "de forma tardía".

"Este desfase temporal de información a las acusaciones populares tampoco puede salvarse por la buena fe del letrado asistente que, como cualquier persona, puede entender o interpretar las palabras vertidas por los investigados y testigos de forma subjetiva", indicaban refiriéndose al letrado del PP.

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