Diario del Derecho. Edición de 26/08/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 12/12/2024
 
 

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 6596-2024

12/12/2024
Compartir: 

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 6596-2024, en relación con los artículos 1, 3, 11 y disposición final segunda de la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña, por posible vulneración de los arts. 1.1, 6 Vínculo a legislación, 9.1 y 3, 14, 117.3 y 118 CE (BOE de 12 de diciembre de 2024). Texto completo.

CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 6596-2024, EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 1, 3, 11 Y DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA DE LA LEY ORGÁNICA 1/2024, DE 10 DE JUNIO, DE AMNISTÍA PARA LA NORMALIZACIÓN INSTITUCIONAL, POLÍTICA Y SOCIAL EN CATALUÑA, POR POSIBLE VULNERACIÓN DE LOS ARTS. 1.1, 6 Vínculo a legislación, 9.1 Y 3, 14, 117.3 Y 118 CE.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 3 de diciembre de 2024, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 6596-2024, planteada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en la ejecutoria 1-2022 (procedimiento abreviado 2-2019), en relación con los artículos 1, 3, 11 y disposición final segunda de la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio Vínculo a legislación, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña, por posible vulneración de los artículos 1.1, Vínculo a legislación 6 Vínculo a legislación, 9.1 Vínculo a legislación y 3 Vínculo a legislación, 14 Vínculo a legislación, 117.3 Vínculo a legislación y 118 Vínculo a legislación CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 Vínculo a legislación c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 Vínculo a legislación LOTC, quienes sean parte en la ejecutoria 1-2022, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana