Las BASES del galardón son las siguientes:
1. El Premio está destinado a galardonar los mejores trabajos que versen sobre Colegios profesionales y el ejercicio de las profesiones liberales, especialmente la abogacía, publicados en el territorio del Estado español y escritos en cualquiera de las lenguas oficiales del mismo entre el 1 de enero y el 2 de diciembre de 2024.
2. El Premio tiene dos modalidades:
Modalidad A
Premio al mejor artículo, serie de artículos o reportaje de carácter informativo o divulgativo publicado en prensa escrita o digital, en publicaciones periódicas y regulares, que trate sobre alguna de las materias indicadas en la base número 1.
Esta modalidad está dotada con 1.500 euros.
Podrán optar a esta modalidad del Premio los/las licenciadas y graduados/as en Derecho y los/las estudiantes de una Facultad de Derecho, los/las licenciados/das y graduados/das universitarios en general, así como los y las periodistas de prensa escrita o digital.
Modalidad B
Premio a la mejor monografía, ensayo o artículo doctrinal publicado que trate sobre alguna de las materias indicadas en la base número 1.
Esta modalidad está dotada con 3.000 euros.
Podrán optar a esta modalidad del Premio los/las licenciados/as y graduados/as en Derecho y los/las estudiantes de una Facultad de Derecho, así como los/las licenciados/das y graduados/das universitarios en general.
3. Los trabajos que opten al Premio, juntamente con la correspondiente solicitud normalizada, deberán presentarse en la Secretaría del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (calle Mallorca, 283, 08037 Barcelona) y la fecha límite de presentación será el 2 de diciembre de 2024. Para aquellos trabajos enviados por correo certificado, la fecha del matasellos determinará la aceptación o no del envío.
4. No podrá presentarse al Premio Memorial Degà Roda y Ventura el concursante que participe en otro Premio jurídico convocado por esta Corporación durante el 2024, así como tampoco los miembros de la Junta de Gobierno, trabajadores y colaboradores no docentes del ICAB.
5. El Jurado, presidido por el decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona y constituido por todos los decanos y decanas eméritos de la Corporación, se reserva el derecho de adjudicar el Premio a un trabajo publicado que se lo merezca, aunque no se haya presentado al Premio, siempre que se haya publicado en el periodo indicado en la base número 1, así como de hacer mención especial de alguno de los trabajos no premiados que, por su calidad e interés, se hagan dignos. Igualmente, el Jurado podrá declarar desierto el Premio.
6. La entrega del Premio se efectuará en un acto que se celebrará en la sede del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona.
7. Si no se presentara ninguna persona al concurso, o el Premio fuera declarado desierto, el importe del Premio se podrá añadir al del año siguiente o distribuirse en los años sucesivos.
8. Los trabajos no premiados podrán ser recuperados por sus autores en el plazo de tres meses a partir de la concesión del Premio. Los galardonados/das entregarán un ejemplar de la obra premiada publicada a la Biblioteca del ICAB.
9. El importe de los premios otorgados estará sujeto a las retenciones establecidas por la legislación vigente.
10. La participación en este Premio supone la plena aceptación de las presentes bases. La Junta de Gobierno resolverá cualquier aspecto no previsto que se pueda plantear.