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TSXG

El TSXG impone 11 años y medio de cárcel a un hombre que agredió con navaja a su mujer y a su hijo, que intentó protegerla

30/08/2024
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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha impuesto penas que suman 11 años y medio de prisión para un hombre que atacó con una navaja a su mujer y que agredió también a un hijo de ambos, de 6 años de edad, que se interpuso entre ambos para defender a su madre.

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 29 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha impuesto penas que suman 11 años y medio de prisión para un hombre que atacó con una navaja a su mujer y que agredió también a un hijo de ambos, de 6 años de edad, que se interpuso entre ambos para defender a su madre.

Así, el alto tribunal gallego rebaja en cuatro meses una de las penas que le impuso la sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña. El tribunal provincial lo había condenado a 4 años y 4 meses por uno de los delitos que se le atribuyeron, el delito de lesiones cometido sobre su hijo, ya que tanto la Fiscalía como la acusación particular habían reclamado 4 años de cárcel por ese hecho.

La Audiencia lo consideró autor de un delito de lesiones con medio peligroso con las agravantes de parentesco y de género (por la agresión a su mujer), otro delito de lesiones con medio peligroso con la agravante de parentesco (por las lesiones causadas al menor), un delito de amenazas y otro de malos tratos.

Con respecto a las penas por los otros delitos, el TSXG las mantiene, al considerar que son "justas, respetuosas con el designio normativo y proporcionadas", por lo que "nada justifica una modificación de su alcance o extensión".

Por otra parte, el TSXG ha desestimado el recurso presentado por la Fiscalía, que pedía una condena por un delito de asesinato intentado con respecto a su pareja. Al respecto, el Tribunal Superior expone que "la pretensión reconstructiva del dolo homicida opera directamente en el vacío, por no tratarse de una polémica de infracción de ley pura, de un error de derecho, sino de algo diferente y perteneciente al campo de una nueva valoración de la prueba contra reo, prohibido por la ley".

HECHOS PROBADOS

Con todo, el TSXG ratifica el relato de los hechos considerados probados por la Audiencia Provincial de A Coruña. Según ese relato, el acusado y su pareja iniciaron la relación en 2014, cuando vivían en Cuba. Ambos tuvieron dos hijos y en enero de 2022 se trasladaron a vivir a España.

Un mes después, un día antes de que el hombre regresara a Cuba, abofeteó a su pareja y la tiró al suelo. Desde Cuba, el acusado realizó llamadas y envió mensajes amenazantes a su mujer y, a su regreso (en abril), la atacó en el domicilio familiar de Santiago de Compostela.

Ese día, armado con una navaja automática y en presencia de sus hijos, se abalanzó sobre la mujer y le clavó el arma en varios puntos de brazos y pecho. El niño, de 6 años, se interpuso entre ambos, mientras pedía a su padre que no matara a su madre, y al intentar proteger a su progenitora sufrió varios cortes en las manos (además de lesiones psicológicas).

Además de las penas de prisión, la Audiencia le impuso la prohibición de acercarse o comunicarse con la mujer y los niños por más de 25 años, además de la prohibición de tener o portar armas durante 3 años, y la inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad sobre los menores durante 2 años.

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