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Dos reyes para dos épocas; por Antonio Torres del Moral, catedrático de Derecho Constitucional

17/06/2024
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El día 17 de junio de 2024, se ha publicado, en el diario El Mundo, un artículo de Antonio Torres del Moral en el cual el autor opina que el derecho de mensaje no está expresamente atribuido al Rey, aunque lo ejerció Juan Carlos I y Felipe VI ha continuado con el precedente.

OS REYES PARA DOS ÉPOCAS

JUAN CARLOS DE BORBÓN Y EL CAMBIO SUSTANCIAL. Ha habido varios Juan Carlos de Borbón desde su llegada a España:

1. El niño tímido que viene a España cumpliendo un acuerdo de su padre con Franco Bahamonde y que comienza a estudiar muy protegido.

2. El estudiante semiuniversitario que, acaso más protegido aún, conoce, a medias, un ambiente diferente y traba algunas amistades recomendadas.

3. El soldado que hace el servicio militar, conoce la disciplina, se siente a gusto en tal ambiente y hace unas amistades que le durarán casi toda su vida.

4. El joven príncipe que vive en dos ambientes diferentes: comienza a tratar asiduamente a Franco Bahamonde, se codea con príncipes y princesas y a veces hace de las suyas.

5. El mismo joven príncipe que encuentra a la joven princesa a la que unirá su vida, todavía alegre y confiada, registrándose en los hoteles como Príncipe de Asturias, que es el título tradicional del sucesor, en lugar de Príncipe de España, que es el que Franco le otorgó cuando lo nombró sucesor.

6. El príncipe sucesor de Franco Bahamonde que soporta la incomprensión de su padre derivada de su falta de entendimiento de la evolución española.

7. El Príncipe de España, que todavía se ve obligado a pronunciar discursos franquistas en instituciones franquistas.

8. El Rey de España que pone en marcha un cambio político que no esperaban ni siquiera los más firmes opositores al franquismo.

9. El Rey de España que desactiva la operación conocida como el 23-F y goza de la admiración de los jefes de Estado de todo el mundo, así como de instituciones políticas y culturales, y recibe las distinciones más preciadas.

10. El Rey que se aburre de no hacer nada, o casi nada, y comienza a hacer de todo, o de casi todo, fuera lícito o ilícito, arruinando su merecida fama y buen nombre y poniendo además en posición difícil a los dirigentes políticos de su propio país.

Esos diez Juan Carlos l son 11, pues resta recordar, por si hiciera falta, al Rey ausente de España y con residencia en un país gobernado por una autocracia islámica cuyo índice de libertad arroja números negativos y desde el cual se desplaza intermitentemente a España para regatear o jugar al golf, dos actividades lícitas, desde luego, y muy apropiadas para quien no tiene nada que hacer y pueda permitírselo, que es justamente su caso. Hace tiempo dirigí un programa de doctorado en la UNED sobre la Monarquía, con cuya ocasión solicité una audiencia con el Rey Juan Carlos I. Me llamaron comunicándome que el Rey nos recibiría en tal fecha. Y allí que fuimos profesores y alumnos. Yo expliqué en qué consistía el curso, el Rey hizo unas preguntas y alguien mencionó el Tratado de Maastricht, que obligaba a modificar el artículo 13.2 de la Constitución para ampliar el derecho de sufragio de los extranjeros en las elecciones municipales. Tras un par de intervenciones, el Rey ordenó que trajeran un texto de la Constitución, me llamó a su lado, abrió el texto por dicho artículo, me lo enseñó y, señalándolo, me preguntó: “¿Qué dice aquí?”. Debajo del precepto había escrita con tinta roja una frase: “No tocar nada más”, que yo leí en voz alta. Eran tiempos en los que Juan Carlos I todavía seguía de cerca la realidad nacional.

Contó Sabino Fernández Campo en el prólogo a mi libro sobre el Príncipe de Asturias una conversación entre Juan Carlos I y Fidel Castro en un aparte del desarrollo de una Conferencia de los Jefes de Estado de los Estados hispanoamericanos. En su transcurso preguntó Castro con su desparpajo habitual: “Oye, tú: ese hijo tuyo tan alto y tan buen mozo, ¿qué es? ¿Un virrey?”. El Rey, con buen criterio, no contestó y la conversación siguió por otro camino hasta que fueron llamados todos para la continuación de la sesión.

Con ocasión de otra conferencia similar, reunidos en una mesa redonda todos los jefes de Estado (más el presidente del Gobierno español por la necesidad de refrendar la participación del Rey), tuvo lugar el conocido incidente entre el presidente de Venezuela, que no cedía la palabra, y el Rey. En esta ocasión, Juan Carlos I preguntó, o más bien censuró, algo airado ante la sorpresa general: “¿Por qué no te callas?”. La frase obtuvo la debida respuesta del interpelado. Y ahí terminó el incidente.

Por la noche me telefonearon de un programa de Radio Caracol, que se escucha en toda América Latina. Su conductor, hombre experimentado en esas lides, me preguntó qué opinaba de lo sucedido. Le di mi opinión sobre que el Rey no había medido bien sus palabras, aunque la respuesta del presidente venezolano fue un tanto airada. Entre jefes de Estado de países hermanos no caben esas intemperancias.

Me replicó un tanto sorprendido: “¡Pero un Rey es más que un presidente!”. Le expliqué que entre dos jefes de Estado no hay jerarquía jurídica; otra cosa es su respectiva importancia política en el concierto de las naciones. No se sintió satisfecho e insistió: “Todos los presidentes le ceden el paso y el Rey preside las reuniones”. Mi respuesta se alargó un tanto: “Las reuniones suelen ser presididas por el jefe del Estado anfitrión. Y si en otros momentos preside el Rey, se hace así por deferencia hacia él y hacia España, no en cumplimiento de una norma”. La conversación no continuó: el conductor del programa pasó a platicar con otro radioyente y yo quedé pensando en el hecho cierto de que nuestros paisanos hispanoamericanos son, por lo general y a partes iguales, muy sensibles y muy deferentes con España.

Felipe VI, un relevo esperado y difícil. El derecho de mensaje no está expresamente atribuido al Rey ni por el texto constitucional ni por una ley. Sin embargo, lo ejerció Juan Carlos I desde un principio y, una vez aprobada la Constitución, siguió con la misma práctica. Felipe VI ha continuado con el precedente y ni entonces ni ahora ha habido objeción jurídica, pero sí comentarios que arrojan dudas sobre su constitucionalidad dado el silencio de la Constitución.

La objeción no alude al Mensaje de Navidad, de tanta raigambre y seguido por millones de españoles como una escena-saludo más de esas fechas, ni a las palabras obligadas y alentadoras que pronunciaba Juan Carlos I, y continúa pronunciando Felipe VI, sino a discursos políticos muy sonados y políticamente importantes, respecto de los cuales siempre hay quien se siente preterido o incluso maltratado. Los ejemplos señalados de esta segunda modalidad son el pronunciado por Juan Carlos I el día siempre citado del 23-F, con ocasión del golpe de Estado en marcha; y el pronunciado por Felipe VI el día 3 de octubre de 2017, tras los sucesos ocurridos dos días antes con ocasión de la convocatoria de un ilegal referendo de autodeterminación de Cataluña.

Del primero se ha escrito mucho y queda poco por decir, salvo declaraciones y documentos emergentes que aporten revelaciones importantes. Del segundo se ha publicado mucho menos, aunque continúa siendo comentado en seminarios y tertulias. Aquí no voy a desvelar nada ni a resolver el problema jurídico. Lo hice en un breve artículo de urgencia publicado en este periódico dos días después de ser emitido el discurso. Pero sí llamé la atención sobre la inidoneidad de este tipo de mensajes regios para dirimir problemas políticos, salvo extrema necesidad, como sucedió en los dos casos comentados. En el segundo utilicé una imagen algo abstracta valorando su constitucionalidad: el mensaje quedó en el margen interior de la circunferencia que delimita la constitucionalidad de un acto regio. Dicho de otro modo: si por milésimas de milímetro no rozó la inconstitucionalidad, vale más no intentarlo de nuevo. Para eso está (y en aquella ocasión estaba) el presidente del Gobierno, que, sin embargo, se quitó de en medio haciendo un flaco servicio a la Monarquía.

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