VIGO, 5 Jun. (EUROPA PRESS) -
En su resolución, del pasado 29 de mayo, el alto tribunal gallego expresa su desacuerdo con la sentencia del contencioso administrativo de Vigo, en lo referente a la continuidad y prolongación de la contaminación acústica soportada por esta vecina, o en la consideración de que los niveles de ruido no desbordaron los límites legales (o lo hicieron puntualmente).
"El ruido padecido por la apelante tuvo carácter persistente ya que su continuidad perduró (en los horarios permitidos) prácticamente dos meses", señala el TSXG, que añade que ese ruido fue "intenso".
Con todo, la estimación del recurso es parcial, ya que no abarca la cantidad total de la indemnización pretendida.