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I Estrategia Andaluza para la Coordinación Sociosanitaria 2024-2027

07/05/2024
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Acuerdo de 30 de abril de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la I Estrategia Andaluza para la Coordinación Sociosanitaria 2024-2027 (BOJA de 6 de mayo de 2024). Texto completo.

ACUERDO DE 30 DE ABRIL DE 2024, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA LA I ESTRATEGIA ANDALUZA PARA LA COORDINACIÓN SOCIOSANITARIA 2024-2027.

El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 10.3.7.º, establece como uno de los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma el de la mejora de la calidad de vida de los andaluces y andaluzas. Por otra parte, su artículo 22.3 dispone que las personas que padezcan enfermedades crónicas y las que pertenezcan a grupos específicos reconocidos sanitariamente como de riesgo, tendrán derecho a actuaciones y programas sanitarios especiales y preferentes. Igualmente, el artículo 55.2, dispone que la Comunidad Autónoma de Andalucía tiene como competencias compartidas en materia de ordenación, planificación, determinación, regulación y ejecución de los servicios y prestaciones sanitarias, sociosanitarias y de salud mental de carácter público en todos los niveles y para toda la población, la ordenación y la ejecución de las medidas destinadas a preservar, proteger y promover la salud pública en todos los ámbitos. Por último, el artículo 61 declara que corresponde a Comunidad Autónoma de Andalucía la competencia exclusiva en materia de servicios sociales, de voluntariado, de protección de menores, de promoción de las familias y de la infancia.

Las competencias anteriormente citadas son gestionadas en la actualidad por la Consejería de Salud y Consumo, y por la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 1 Vínculo a legislación del Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, y el Decreto 161/2022, de 9 de agosto Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. Así pues, el artículo 6.b) Vínculo a legislación del Decreto 156/2022, de 9 de agosto, recoge, como una de las funciones de la Secretaría General de Humanización, Planificación, Atención Sociosanitaria y Consumo, la determinación de las estrategias de coordinación de servicios y organizaciones sociales en los diferentes niveles asistenciales, sin perjuicio de las competencias de la Consejería competente en materia de servicios sociales.

La salud es uno de los objetivos primordiales del Gobierno de Andalucía para esta legislatura, como se ha puesto de relieve mediante la firma del Pacto Social y Económico por el Impulso en Andalucía, firmado el 13 de marzo de 2023, entre la Presidencia de la Junta de Andalucía y los agentes sociales donde se establece un apartado específico dedicado a las líneas de mejora en la atención a la salud, servicios sociales y dependencia, dentro del cual, se incluye la medida de “conformar una mesa de diálogo que desarrolle la Estrategia Andaluza para la Coordinación Sociosanitaria 2023-2026, con la participación de los Agentes Económicos y Sociales firmantes del pacto”.

En el contexto global europeo, nacional y autonómico existe una preocupación extraordinaria y creciente por la gestión de la atención y los cuidados de las poblaciones especialmente vulnerables, en un entorno donde la salud y la dependencia de las personas serán el hecho dominante en la prestación de servicios personales públicos y privados.

El cambio en el perfil sociodemográfico, epidemiológico y cultural de la población de los últimos años está generando un aumento de la fragilidad y la dependencia, que precisa frecuentemente y de manera simultánea de atención sanitaria y social y no siempre la respuesta de los sistemas públicos sanitario y social se adecúa a las necesidades de la ciudadanía, siendo necesaria su adaptación, generando una mayor accesibilidad y calidad en los servicios de atención sociosanitaria, para potenciar la permanencia de las personas en el lugar donde viven, si así lo desean.

Los principales motivos del cambio sociodemográfico y epidemiológico son el envejecimiento de la población y el aumento de las enfermedades crónicas. De hecho, en Andalucía la esperanza de vida al nacer es una de las mayores del mundo, siendo en 2022, de 79 años en hombres y 84,4 años en mujeres, incrementándose de año a año, si bien con la pandemia ocasionada por el COVID-19 se ha sufrido un retroceso. La población de 65 años o más, en 2022 es del 17,98%, aumentando de manera constante cada año, mientras que el crecimiento continuo de las enfermedades crónicas genera un elevado coste de la asistencia sanitaria y un aumento de las personas con discapacidad y dependencia asociadas a ellas, que además se dan con mayor frecuencia en las personas mayores. Según datos del Servicio Andaluz de Salud, alrededor del 58% de la población andaluza tiene al menos una enfermedad crónica y el 34% tiene tres o más enfermedades crónicas. Además, alrededor del 40-45% de todas las altas hospitalarias se dan en personas mayores, las cuales presentan estancias más largas que el resto de la población y causan más de la mitad de todas las estancias hospitalarias. No obstante, la necesidad de coordinación sociosanitaria se puede dar a lo largo de todo el ciclo vital. De hecho, más del 7% de la población en situación de dependencia es menor de 18 años.

En este marco, es necesario generar sinergias entre los servicios sanitarios y sociales, de manera que se extremen la efectividad y eficiencia en la gestión de los recursos, a través de intervenciones conjuntas y complementarias de los dos sistemas con el objetivo compartido de ofrecer una atención integral centrada en las personas, conociendo que la dimensión sociosanitaria de la atención es compleja, al venir determinada por su naturaleza pluriinstitucional, multidisciplinar e integral en la respuesta a las personas, que requiere una respuesta de colaboración, corresponsabilidad, conectividad y coordinación de los servicios tanto sanitarios como sociales.

La atención sociosanitaria representa un reto para el Sistema Sanitario Público de Andalucía y para el Sistema de Servicios Sociales de la Administración de la Junta de Andalucía, ya que los avances alcanzados hasta la actualidad no han supuesto logros significativos, excepto algunas experiencias aisladas y desiguales a nivel local, mientras que esta modalidad de atención ha experimentado grandes avances en la mayoría de países de nuestro entorno.

Es por ello que ha sido necesario la articulación de una Estrategia Andaluza para la Coordinación Sociosanitaria, en adelante EACS, que respalde y armonice las actuaciones a realizar en este ámbito por parte de las Consejerías y organismos de la Administración de la Junta de Andalucía con competencia en materia de servicios sociales y sanitarios, y de manera específica, de las estrategias y programas desarrollados e implantados por la Consejería de Salud y Consumo, y por la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e igualdad, con la finalidad de lograr mayores cotas de salud y bienestar en la población andaluza, además de optimizar los recursos públicos.

En virtud de ello, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de marzo de 2021 se aprobó la formulación de la EACS. En cumplimiento de lo establecido en el apartado cuarto de la parte dispositiva del mismo, el proceso de elaboración de la Estrategia ha seguido los siguientes pasos:

a) Se constituyó un grupo de trabajo, compuesto por personal de ambas Consejerías, bajo la coordinación de la entonces Dirección General de Cuidados Sociosantarios, que elaboraron el primer borrador de la EACS.

b) Dicho borrador ha sido sometido a la consideración de otras Administraciones Públicas con competencias sociosanitarias, y los agentes económicos y sociales más representativos de la Comunidad Autónoma.

c) Igualmente, el mismo ha sido objeto del trámite de información pública, por un plazo de un mes, previo anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con fecha 8 de abril de 2022, de la Resolución de 30 de marzo de 2022, de la Dirección General de Cuidados Sociosanitarios, por la que se acuerda someter a información pública la propuesta de Estrategia Andaluza para la Coordinación Sociosanitaria, habiéndose recibido algunas aportaciones. También ha sido objeto de publicación en la sección de transparencia del Portal de la Junta de Andalucía y en la web de la Consejería de Salud y Consumo, y de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.

d) Asimismo, se han recabado los informes preceptivos exigidos por la normativa general de aplicación, en concreto de la Unidad de Igualdad de Género de la Consejería de Salud y Consumo, de la Dirección General de Presupuestos y de la Dirección General de Planificación, Política Económica y Financiera.

La EACS tiene por finalidad garantizar a colectivos especialmente vulnerables de la sociedad la atención, los cuidados y la prestación de servicios de naturaleza sanitaria y social a los que tengan derecho en virtud de la normativa en vigor y en las mejores condiciones para que reciban una atención de calidad y centrada en la persona, en el contexto de la coordinación entre el Sistema Social y el Sistema Sanitario en el territorio andaluz. La EACS se constituirá como el instrumento de colaboración y coordinación entre la Consejería competente en materia de salud y la Consejería competente en materia de servicios sociales.

Su ámbito temporal abarca desde el año 2024 hasta el 2027, ambos incluidos.

La EACS establece 8 objetivos estratégicos:

a) Garantizar la continuidad de los cuidados y la mejora de la calidad de la atención.

b) Garantizar un uso más racional de los recursos disponibles, evitando traslados, ingresos y estancias innecesarias y poco adecuadas a las características actuales de los hospitales.

c) Reforzar la atención preventiva que evite la aparición o el empeoramiento de situaciones de dependencia.

d) Mejorar la capacidad de respuesta de los dispositivos asistenciales, sanitarios y sociales, asignando el recurso que mejor responda a las necesidades de la persona.

e) Actuar como mecanismo de prevención ante reingresos.

f) Detectar de forma precoz la dependencia, de forma coordinada.

g) Mejorar la calidad de vida de las personas y sus familias y la convivencia familiar.

h) Reducir la posible brecha de género existente en la intervención sociosanitaria de forma transversal.

Alineadas con dichos objetivos estratégicos, se establecen las siguientes líneas estratégicas:

a) Implantar una estructura organizativa de coordinación sociosanitaria y un modelo de gobernanza.

b) Establecer una definición ajustada del perfil de la persona con necesidades de atención sociosanitaria.

c) Definir el contenido de la cartera y catálogo de servicios y las intervenciones sociosanitarias.

d) Definir la actuación de los servicios sociales y sanitarios en las unidades y centros de cuidados intermedios.

e) Integrar de manera operativa los sistemas de información de la atención sociosanitaria.

f) Elaborar el marco normativo y de financiación del modelo de la atención sociosanitaria.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 27.12 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Salud y Consumo, y de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 30 de abril de 2024, se adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. Aprobación

1. Aprobar la I Estrategia Andaluza para la Coordinación Sociosanitaria 2024-2027, en adelante EACS.

2. El texto de la EACS estará disponible en el Portal de la Junta de Andalucía, en la sección de transparencia relativa a planes y programas, a la que se puede acceder a través del siguiente enlace:

https://juntadeandalucia.es/organismos/saludyconsumo/consejeria/transparencia/planificacion-evaluacion-estadistica/planes/detalle/495652.html

Segundo. Desarrollo y ejecución.

Se faculta a la Comisión Autonómica para la Coordinación Sociosanitaria de Andalucía para establecer las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

Tercero. Efectos.

El presente acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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