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Estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura

02/04/2024
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Decreto 24/2024, de 19 de marzo, por el que se modifica el Decreto 231/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura (DOE de 1 de abril de 2024). Texto completo.

DECRETO 24/2024, DE 19 DE MARZO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 231/2023, DE 12 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL DE LA JUNTA DE EXTREMADURA.

Mediante Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio Vínculo a legislación, se modifican la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Por su parte, el Decreto 77/2023, de 21 de julio Vínculo a legislación, estableció la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, estableciendo, en el apartado segundo del artículo 2 que, en el ejercicio de sus competencias, la Presidencia contará con la asistencia técnica y administrativa de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social.

Con posterioridad, se aprobó el Decreto 231/2023, de 12 de septiembre Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, el cual ha sido modificado recientemente en virtud del Decreto 11/2024, de 20 de febrero, por el que se modifican el Decreto 77/2023, de 21 de julio Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Decreto 231/2023, de 12 de septiembre Vínculo a legislación, citado, y el Decreto 232/2023, de 12 de septiembre Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, con la finalidad de atribuir a esta última Consejería la competencia en materia de coordinación de procesos electorales.

A través del presente decreto se procede a la modificación del Decreto 231/2023, de 12 de septiembre Vínculo a legislación, con el objeto especificar, desde un punto de vista técnico, el ámbito al que se refiere la asistencia técnica y administrativa que la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social presta a la Presidencia de la Junta de Extremadura, en el ejercicio de las competencias propias atribuidas a ésta, de acuerdo con el precepto citado.

Por ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 23.ñ) Vínculo a legislación y 57.1 Vínculo a legislación de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a iniciativa del Consejero de Presidencia, Interior y Diálogo Social y a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su sesión de 19 de marzo de 2024,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación del Decreto 231/2023, de 12 de septiembre Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura.

El Decreto 231/2023, de 12 de septiembre Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura, queda modificado como sigue:

Único. El apartado 8 del artículo 2, queda redactado del siguiente modo:

8. Sin perjuicio de lo establecido en los apartados anteriores, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2 Vínculo a legislación del Decreto 77/2023, de 21 de julio, corresponde a esta Secretaría General la asistencia técnica y administrativa, incluyendo ésta, en su caso, la contable y presupuestaria, a la Presidencia de la Junta de Extremadura en el ejercicio de las competencias propias atribuidas a la misma.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

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