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TSJIB

Confirman la multa de 100.000 euros por desoír los requerimientos para descontaminar la antigua fábrica de Majórica

13/02/2024
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El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha desestimado el recurso presentado por la empresa Anida Operaciones Singulares, confirmando así la sanción de 100.000 euros a la misma por infracción muy grave en materia de residuos en el solar de la antigua fábrica de Majórica en Manacor.

PALMA, 10 Feb. (EUROPA PRESS) -

En concreto, el fallo hace referencia a los "sucesivos incumplimientos" de los requerimientos que la administración realizó a la empresa para solucionar la "delicada situación para el medio ambiente" que comportaba el "inaceptable escenario en materia de residuos" en el solar.

Cabe recordar que en octubre de 2010, la Conselleria de Medio Ambiente declaró suelo contaminado el solar. Posteriormente, una vez aprobado el Plan de Saneamiento y adquirido el solar por la ahora demandante en enero de 2013, se descubrió la existencia de dos depósitos subterráneos justo en el subsuelo de las edificaciones que habían sido derribadas por la anterior propietaria del solar.

Ante esta circunstancia, Anida fue requerida en abril de 2016 para que en un plazo de 15 días retirara el depósito soterrado, los residuos del interior y el acopio de residuos de construcción y demolición depositados en este espacio.

Fueron presentadas alegaciones por Anida en octubre de ese mismo año, pero no cumplimentó el requerimiento. Y en octubre de 2017 se autorizó a la ahora demandante a la retirada de los residuos de construcción y demolición en un plazo no superior a 30 días.

Según refiere la sentencia, en enero de 2018 agentes de Medio Ambiente visitaron el solar y comprobaron que no se había iniciado ninguna tarea de retirada de los depósitos. Por ello, se levantó el acta correspondiente y se acordó el inicio del procedimiento sancionador en febrero de 2018 a la empresa, "por no atender los sucesivos requerimientos".

Cabe señalar que en la demanda se pretendía la anulación de la sanción o que se sancionara a la demandante por la comisión de un delito de infracción leve. En concreto, se aduce en la demanda que la sanción no se adecua a los principios de tipicidad, responsabilidad y proporcionalidad.

Sin embargo, el TSJIB indica que "no cabe duda que los hechos imputados son claros" y "se concretan en los sucesivos incumplimientos por la ahora demandante de los diversos requerimientos". De ahí que, incumplido esto, se incurriera por parte de esta empresa en la comisión de una infracción muy grave, añaden.

Además, el fallo señala que, partiendo que era "indudable" que fue Majórica la responsable de la contaminación, "tampoco había duda alguna que la aquí demandante --Anida-- quedó comprometida a través del Plan de Actuación a descontaminar el terreno".

Por todo ello, la Sala desestima el recurso. Contra esta sentencia cabe recurso de casación.

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